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¿Por qué para el Tribunal Penal 1 no fue femicidio el crimen de Antonella Bernhardt?

Los fundamentos del fallo por el crimen de Antonella se conocieron ayer. Resumen poca confianza en los peritos que trabajaron en la autopsia y en las pericias mentales. PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso a la sentencia completa.

30 noviembre, 2023
POLÉMICO FALLO. Para los integrantes del TP-1 no existió violencia de género en el ataque a golpes y puñaladas.

POLÉMICO FALLO. Para los integrantes del TP-1 no existió violencia de género en el ataque a golpes y puñaladas.

Los fundamentos de la sentencia de veinte años de prisión para el fotógrafo Cristian Daniel Vargas por la muerte de Rocío Antonella Bernhardt fueron presentados ayer a las partes por los jueces integrantes del Tribunal Penal 1 de esta capital.

La sentencia (112 páginas) a la que PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso se basó sobre tres preguntas o cuestiones: ¿Están acreditados el hecho que se juzga y la autoría del imputado?, ¿Qué calificación legal corresponde aplicar y es responsable penalmente el imputado? y ¿Cuál es la pena a imponer y qué corresponde resolver en orden a la imposición de las costas procesales?

El primer voto correspondió a la presidenta del Tribunal, Viviana Gladis Cukla, y los vocales Gustavo Arnaldo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo adhirieron a la condena por el delito de “homicidio simple”, artículo 79 del Código Penal Argentino, con la diferencia que Cardozo solicitó el máximo previsto, 25 años de prisión, y los camaristas restantes acordaron veinte.

(Foto: gentileza M. Otaño -@mmo_marcos)

Cukla, entre sus fundamentos dio por acreditado que “Cristian Daniel Vargas el 4 de abril de 2019, aproximadamente las 9.30, arribó al domicilio de la víctima Rocío Antonella Bernhardt ubicado en Comandante Miño 980 1A de Posadas. Lugar en el que, luego de mantener una discusión, la agredió con golpes en el cuerpo, practicando maniobras de asfixia y sofocación y lesionándola mortalmente con un cuchillo tipo tramontina a la altura del cuello”.

Para el fiscal Martín Alejandro Rau se trató de un caso de “femicidio”, tal como llegó el expediente a debate pero lo amplió con el agravante de alevosía previsto en el inciso 2 del artículo 80 del CPA.

“Se ha logrado tener por certero que el acusado al finalizar la sesión fotográfica, ultimó a Rocío mediante lesiones con golpes en la cabeza -zona lateral izquierda- y luego, en su rostro, asimismo le practicó maniobras de asfixia, en razón a los traumas contusos en rostros, oreja y cuero cabelludo existentes del lado izquierdo del cuerpo, destacándose en tal sentido la lesión ubicada en la región parietal izquierda del cuero cabelludo, traumatismo contuso cortante provocado por mecanismo de contusión de la cabeza contra superficie con aristas o filo. Entiendo que dichos golpes que el autor proporcionó a la víctima fue lo que en definitiva llamó la atención de sus vecinas, quienes de inmediato acudieron al lugar y al no recibir respuesta solicitaron la ayuda a la dueña del inquilinato”, sostiene la jueza en un fragmento de sus fundamentos.

Viviana Gladis Cukla, presidenta del Tribunal Penal 1. (Foto: gentileza M. Otaño -@mmo_marcos)

La presidenta del TP-1 minimizó el aporte forense al expediente: “Considero que la testimonial brindada por la Dra. Lanzos resulta sumamente importante para comprender la gravedad de las lesiones que presentaba Rocío al momento del hecho, particularmente la que desencadenó en su muerte, es decir, la lesión que presentaba a la altura del cuello que fue ocasionada por el cuchillo posteriormente hallado en la bacha del baño del departamento de Rocío Antonella. No obstante ello, y sin desconocer lo valioso de la información técnica que la doctora pueda aportar para el entendimiento real de la presente causa, entiendo resulta insuficiente a los fines de establecer cómo fue el desarrollo del hecho por cuanto la misma se limitó al examen del cuerpo, no así de otros elementos necesarios para el análisis de la escena del hecho. Con ello, estoy diciendo que la información aportada por la médica por sí sola no alcanza para poder efectuar una reconstrucción histórica de cómo fue la pelea y posterior muerte de Rocío Antonella, particularmente si la víctima al momento de recibir la puñalada se encontraba de pie o yacía tendida en el suelo, lo cual fue sostenido por el Fiscal. Lo expresado por Lanzos es de una honestidad intelectual valorable (…) Pero al momento de determinar concluyentemente la misma afirmó que solo con el análisis del cuerpo no es suficiente, por ello considero que debería consultarse a criminalística (…) Estimo por no acreditado si la víctima al momento del hecho se hallaba de pie o yacía acostada sobre el costado de la cama, aunque puede afirmarse que el imputado previo a la lesión mortal, lesionó a la víctima con golpes de puño y con o contra un elemento con filo para luego ultimarla con el arma blanca”, afirmó la magistrada.

“Los alegatos no suplen la falta de prueba suficiente que respalde sus conclusiones. En razón de ello, arribo a la conclusión de que la mecánica expuesta en el alegato final del Ministerio Público, ha quedado en grado de posibilidad, sin arribar a la probabilidad suficiente como para tener por acreditado un hecho en esta instancia del proceso. Máxime cuando la declaración de la médica encargada de realizar la autopsia no posee el potencial crediticio suficiente para poder por sí solo determinar cómo se encontraba la víctima al momento de ser apuñalada, sin tener presente que se trata de un hecho de una contienda dinámica, violenta y momentánea, según se ha podido verificar”.

También le bajó el valor a otros puntos aseverados por peritos durante el debate y que el fiscal destacó. Cukla sostuvo, por ejemplo: “Se limitó a describir las circunstancias que consideró relevantes para demostrar que existió violencia de género. Entre las cuales hizo énfasis en las conclusiones de la Licenciada Florencia Del Piano, quien había practicado la pericia psicológica del imputado Vargas. Expresó que se le hacen varios tests y que su relato se centró en la relación de pareja con Adriana Gissel Alfonso. Las conclusiones de la psicóloga serían concordantes con el examen mental y que surge de allí que el imputado lloró cuando tenía que contar su situación marital, que su pareja era su todo, observándose que el control y los celos los naturaliza como amor y confianza. Además, agregó la parte acusadora, que Vargas definió a su esposa como una persona que le pide permiso hasta para ir al baño, que fue eso lo que lo enamoró de ella, el estar sometida absolutamente”.

“El fiscal indicó que las razones de la conducta homicida de Vargas fueron: 1) La extorsión, 2) El riesgo de perder a su mujer. Así pues, consideró que se encontraba probada la violencia de género y también el estado de inconsciencia de Rocío Antonella Bernhardt. Por lo que cerró su alegato peticionando se condene a Vargas por el delito de homicidio calificado por alevosía (art. 80 inc. 2 CP) y por femicidio (art. 80 inc. 11 CP).

 

Pero para el Tribunal “es dable destacar que no toda muerte violenta de una mujer ni toda violencia de género es femicidio. Para ello es necesario que la muerte violenta de la mujer se haya llevado a cabo a través de una violencia particular dentro de la violencia de género, que es aquella que un varón dirige contra una mujer en un contexto de discriminación y desigualdad estructural de poder”.

 

Fiscal Martín Rau. (Foto: gentileza M. Otaño -@mmo_marcos)

“Debemos admitir que no tienen el peso probatorio para determinar con un alto grado de probabilidad, que la muerte violenta de Rocío Antonella se produjo mediando violencia de género. El fiscal consideró que había violencia de género al describir el hecho que se le imputa a Vargas. Concretamente, en la ampliación que realizó le imputó a Vargas haber mantenido una discusión, tras la cual, mediando violencia de género y aprovechando el estado de vulnerabilidad de Rocío Antonella Bernhardt en cuanto a la necesidad de conseguir trabajo situación que era conocida por los chat con el imputado, la comenzó a agredir con golpes en el cuerpo, en la boca, cuero cabelludo, practicándole maniobras de asfixia y sofocación…”.

“Entonces, con sano criterio debemos interpretar que la figura agravada (art. 80 inc. 11), exige en el plano de la valoración probatoria para su perfeccionamiento, que ese extremo sea corroborado en las constancias de circunstancias empíricas comprobadas de la causa”.

“Al contrario, la lógica me indica que si Rocío Antonella Bernhardt no se sometió – lo cual no sabemos si fue lo que ocurrió o no – entonces no era una persona vulnerable, fácil de doblegar. Es indiscutible que un hecho como el presente causó una enorme conmoción y repudio social. No obstante, la existencia de un contexto de violencia de género no puede construirse a partir de conjeturas que hagamos cualquiera de nosotros (la vecina, la amiga, la familia, los medios de prensa, etc)”.

Resumió la jueza además: “La verdad es que existe un manto de duda sobre los detalles de la mecánica y de las razones de cómo y por qué se produjo el hecho como para considerar a esta circunstancia como un elemento que configure la violencia de género (…) Entiendo que no es suficiente establecer que existe femicidio cuando un hombre mata violentamente a una mujer, entre los cuales había diferencias de fuerza y tamaño. Sino, de lo contrario, no podríamos hablar de femicidio cuando un hombre pequeño mata a una mujer más grande corporalmente”.

“Por lo tanto, atento a la instancia procesal en la que nos encontramos, debo decir que no cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen que la muerte de Antonella se dio en este contexto”.

También cuestionó en su voto: “Vimos durante el alegato del fiscal una exposición de imágenes muy sensibles, impactantes para cualquier persona que las mire. Probablemente ese fue el objetivo con la exposición de las mismas, más allá del peso probatorio que puedan representar para definir el elemento en conflicto. Quiero dejar a salvo mi criterio en cuanto que las reglas de valoración de las pruebas, no puede ceder ante la presión social o mediática, sino que debe estar ceñido a las reglas que rigen a un razonamiento objetivo de la prueba”.

 

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Tags: Antonella BernhardtCristian VargasFalloFundamentosMartín RauMisiones
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Con la llegada del verano y el incremento del movimiento turístico, el Registro Provincial de las Personas de Misiones mantendrá la atención al público durante los meses de enero y febrero, aunque con horario reducido. Así lo confirmó su directora, Paula Echeverría, quien brindó detalles sobre cómo funcionarán las oficinas y cuáles son los trámites más solicitados en esta época del año.“Durante todo enero y febrero, que suele ser la feria administrativa, trabajamos normalmente para que la gente pueda acercarse a cualquier oficina del Registro”, explicó Echeverría. No obstante, aclaró que la atención será de lunes a viernes de 7 a 12, sin necesidad de solicitar turno previo. “Seguimos trabajando sin turno, como siempre, lo único que cambia es la reducción horaria”, remarcó.
A días de finalizar el 2025, la delegada regional de la CGT Misiones, Mirta Chemes, realizó un duro balance del año y advirtió sobre un panorama social, laboral y educativo “muy complicado” tanto a nivel nacional como provincial. En diálogo con El Aire de las Misiones, aseguró que el año que termina “deja muchas huellas y mucho daño a la familia trabajadora”.“Hace bastante que venimos en picada y este año es tremendo. El balance es totalmente negativo para los trabajadores y para quienes hoy dejaron de tener su fuente laboral y no tienen cómo llevar el sustento a sus casas”, afirmó Chemes. En ese sentido, sostuvo que el 2025 fue “un año nefasto que termina con trabajadores en situación de calle”.
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El último relevamiento del Índice de Larvas de Aedes aegypti (LIRAa) realizado en Posadas arrojó que en 12 de cada 100 casas visitadas se encontraron criaderos de mosquitos, con un promedio de 17 criaderos por vivienda positiva. Así lo informó Fabricio Tejerina, director de Vigilancia y Control de Vectores de la Municipalidad de Posadas, al dar a conocer los resultados preliminares del estudio.“Cada 100 casas que nosotros ingresamos y recorremos, en 12 encontramos criaderos de mosquitos, y en esas viviendas el promedio fue de 17 criaderos”, detalló el funcionario. Si bien aclaró que se trata de datos aún preliminares, remarcó que el panorama debe generar preocupación y, sobre todo, ocupación por parte de toda la comunidad.
El Aire De Las Misiones | FM 89.3 🎙️🌅 ¡Arrancá la mañana con pura energía en "El Aire de las Misiones"! 🎙️ Disfrutá de la mejor combinación de noticias, buena música y la onda positiva que necesitás para empezar el día.
El consumo problemático de sustancias continúa siendo una de las principales preocupaciones en Eldorado y en el interior de Misiones. Así lo advirtió el licenciado Víctor Hugo Dornelles, coordinador operativo general del Dispositivo Territorial Comunitario (DTC) de Sedronar en Eldorado, quien realizó un balance de un año “muy intenso” y alertó sobre un escenario cada vez más complejo.“Si nos guiamos por la estadística del Observatorio de Drogas de la provincia, estamos en una zona más que roja, ya pintados de lila en cuanto al consumo de estupefacientes”, sostuvo Dornelles, al describir la magnitud de la problemática. Según explicó, no se trata solo de grandes ciudades, sino que “los pequeños pueblos también están atravesados por esta realidad”.
En el cierre del año, el recientemente designado ministro coordinador de Gabinete de Misiones, Carlos “Kako” Sartori, realizó un balance de sus primeros días en funciones y delineó los principales ejes de su gestión, marcada —según afirmó— por la cercanía con los municipios, el trabajo articulado y la búsqueda de soluciones concretas en un contexto económico complejo.“La idea es gestionar mucho, estar muy cerca en todos los sentidos”, expresó Sartori, quien hasta hace poco se desempeñaba como intendente de Campo Grande y hoy ocupa un rol estratégico dentro del Ejecutivo provincial. En ese sentido, remarcó que su perfil estará centrado en la gestión y en la articulación permanente con intendentes, asociaciones e instituciones de toda la provincia.
Las intensas precipitaciones que azotan a Corrientes en los últimos días provocaron un fuerte aumento del número de evacuados y un escenario crítico tanto en zonas urbanas como rurales. Según datos oficiales de Defensa Civil y la Municipalidad, alrededor de 400 personas permanecen alojadas en centros de evacuados, mientras que muchas otras debieron autoevacuarse ante el avance del agua.El l periodista correntino Juan Martínez describió la magnitud del fenómeno y remarcó que se trata de una situación inédita para la provincia. “En los últimos días estamos por encima de casi 500 milímetros y el acumulado ya supera los 1.800 milímetros. Hubo jornadas donde la lluvia fue una explosión que no terminaba más”, explicó.
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