Hace once años, el 26 de junio de 2013, era condenado a la pena de 35 años de prisión un sujeto conocido como el “Chacal de Cerro Corá”, tras ser hallado culpable de abusar sexualmente y en forma reiterada de sus tres hijas biológicas, su hijastra y una pequeña nieta de ocho años.
El imputado, de 57 años, llegó al banquillo de los acusados luego de ser denunciado en 2011 por las propias víctimas, quienes soportaron años antes de animarse a romper el silencio.
Durante el debate, que se llevó a cabo en el Tribunal Penal 1 de Posadas, trascendieron detalles terribles acerca de los tormentos que vivieron las menores a manos del depravado.
Una de las hijas biológicas del imputado contó que desde que tenía ocho años era abusada sexualmente por su propio progenitor, y que esta situación lamentablemente también se fue reiterando con sus otras dos hermanitas.
Los sometimientos sexuales continuaron hasta que eran adolescentes, pero nunca se animó a radicar
una denuncia porque tenía temor a ser agredida por su padre, ya que estaba bajo amenazas. Finalmente se decidió a romper el silencio cuando se enteró de que su hija menor (nieta del acusado) también había sido objeto de abuso sexual.
La pequeña a su vez relató en Cámara Gesell cómo era amenazada por su abuelo para no decir lo que estaba ocurriendo, y que los vejámenes eran perpetrados cuando lo iba a visitar a su vivienda en Cerro Corá y su madre no estaba.
Sin embargo, el acusado se declaró “inocente”, argumentando que “había cuidado a las menores durante años porque su madre las había abandonado”. De hecho, su defensa solicitó la absolución por el beneficio de la duda.
Otra víctima del “chacal” fue una hijastra suya, producto de una pareja que tuvo tras separarse de la madre de sus hijas.
De esta manera, se le sumaron cinco graves acusaciones, que finalmente derivaron en la pena de 35 años de cárcel, la misma que había solicitado la Fiscalía, en ese entonces a cargo de la recientemente fallecida Liliana Picazo, como responsable de “abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por el vínculo en perjuicio de dos de sus hijas biológicas y de su nieta, como así también del abuso sexual sin acceso carnal gravemente ultrajante con respecto a una de sus otras hijas biológicas y del abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por la situación de convivencia, en relación a su hijastra”.