Según el artículo 80 del Código Penal Argentino, “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género (inciso 11). Con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso (inciso 2)”.
Para el Tribunal Penal 1 ayer, Irma Ferreyra Da Rocha no fue víctima de “femicidio” tal como calificó y amplio al solicitar condena el fiscal Martín Alejandro Rau. Para los camaristas Viviana Cukla, César Antonio Yaya y Ángel Dejesús Cardozo, la empleada doméstica de 47 años y doce hijos murió por “abuso sexual gravemente ultrajante seguido de muerte” (artículo 119 y 124 del CPA) y condenó a Alejandro Guillermo Esteche (34) a la pena de prisión perpetua.
El albañil fue hallado culpable por atacar a Da Rocha en el contexto de un baile en Garupá, en el predio del paseo de compras “La Saladita, La Economía”, frente a la autovía ruta nacional 12 en el barrio Villa Bonita.
Este lunes, durante cuatro horas (8.38 a 12.38), se desplegaron los alegatos y se oyó sentencia cinco años y ocho meses después del crimen, definido como uno de los más extremos de la historia judicial misionera. Martín Rau utilizó una hora y 19 minutos de la mañana para detallar su acusación formal.
Remarcó que a las 19.30 del viernes 16 de diciembre de 2016 se inició la fiesta abierta a los vecinos, que allí Irma Da Rocha conoció a Alejandro Esteche y a las 0.30 del sábado juntos fueron hacia el túnel que une las dos colectoras de la autovía, que allí mantuvieron relaciones sexuales consentidas pero fue atacada a golpes de puño por el joven albañil, entonces de 27 años. “La golpeó en la nariz, en los dos pómulos y en el mentón y quedó inconsciente”. Después la habría arrastrado hacia la calle 246 a pocos metros del túnel (entre calle 49 y colectora Roth) y entre malezas de baldío le introdujo una rama en el ano que atravesó los intestinos, abdomen y caja torácica, perforando un pulmón, el izquierdo, y frenando en la clavícula del mismo lado.
Remarcó que el desgarro de los órganos internos que desembocaron en un hemotórax y el shock hipovolémico, se concretó porque Irma no tuvo ningún reflejo defensivo porque estaba inconsciente y que despertó gimiendo de dolor. Todo fue apuntalado con el recuerdo de lo relatado por los testigos (fueron 32) que participaron de las siete audiencias de incorporación de prueba, iniciadas el 16 de agosto.
El fiscal, punto por punto del expediente y de lo aportado en debate, reconstruyó las últimas horas de Irma. Mostró imágenes de Esteche tomadas por su medio hermana y pareja de Facundo Uboldi. Fotografías en la que aparece Irma bailando con Uboldi (dueño del teléfono) y otras donde se lo ve a Esteche posar (tomándose los genitales) y queda registrada la ropa que llevaba puesta esa noche y que coincide con el relato de los tres testigos que lo vieron salir del baldío “asustado, con cara de loco” y comenzando a correr para escapar. Los mismos testigos, minutos después la oyeron gemir y gritar de dolor a Irma, tirada en entre yuyos y con pedazo de rama saliendo del ano.
“Me da consuelo saber que esa persona no va a volver a hacer daño a otra persona más, no va a ser libre para dañar a otra mujer, eso me pone contenta”, expresó a PRIMERA EDICIÓN la hija de Irma, a quien se la vio visiblemente emocionada y agradecida por el acompañamiento de los diferentes actores durante las ocho jornadas que duró el debate.
“No existe dudas del lugar del hecho, testigos y acusado lo ratificaron. Esteche nunca puso en duda el sitio pero mintió en sus tres declaraciones”. La más cercana a la verdad fue la primera, según el fiscal, en la que el acusado aseguró que mantuvo relaciones sexuales con Irma y que ella le pidió que le introdujera la rama. En la segunda negó la rama y aseguró que fue obligado a firmar una confesión. Que para ello fue víctima de apremios. Y que no tuvo relaciones sexuales, no pudo y que se levantó el pantalón y se fue. En la tercera, durante el debate, aseguró que se fue tambaleando y cayéndose del baldío porque estaba alcoholizado y que por eso se lastimó las manos. También aseguró que no mantuvo relaciones porque “no hubo emoción”.
Rau sostuvo al respecto: “Irma Da Rocha estaba desvanecida y los ruidos de sufrimiento los escuchan los testigos después que llegan a la vivienda lindante. Eran gritos de dolor provocados por el palo en estado de indefensión absoluta”. “Introdujo la rama en el recto de Irma, la pisó y cortó”.
“Alejandro Esteche empaló a Irma, una mujer de 64 kilos y 1,53 metros de alto, 50 centímetros de rama le introdujo en el cuerpo, hasta que hizo tope en la clavícula. ‘La dejé quieta’, dijo asustado y probablemente pensando que estaba muerta”.
“Preso por negligencia”
Para Edgardo Cabrera Germián, su defendido “lleva casi 6 años detenido por negligencia del Estado, de los agentes de la Policía de Misiones como auxiliares de instrucción de la Justicia y los médicos que prestaron asistencia a la víctima”.
“Alejandro Esteche estuvo en la fiesta y salió de ahí con ella (Irma) e intentaron tener relaciones sexuales pero no pudieron por la ingesta previa de bebidas alcohólicas. Él se retira del lugar dando tumbos y lastimándose las manos hasta la casa de su hermana”, resumió el defensor.
Intentó convencer al Tribunal de la inocencia de Esteche con la afirmación que los testigos transcurrieron “influenciados” por los medios de comunicación que habría difundido una investigación policial mal realizada, que no preservó la escena del crimen y que no respetaron el manual respectivo: “Violaron la intangibilidad del lugar del hecho, no guardaron rigor científico”.
La misma circunstancia se habría registrado en el Hospital Madariaga y no permitió que se obtenga un rastro del agresor del cuerpo de la víctima.
“Los médicos olvidaron el protocolo y realizaron operaciones sin saber con qué se estaban enfrentando”. Antes de solicitar la absolución del acusado por el beneficio de la duda, remarcó que los apremios a Esteche y la ausencia de “pruebas físicas” así lo determinan.
Los fundamentos del fallo (26-2022) del TP-1 serán leídos el lunes 12 de septiembre.