La AFIP consiguió aplicar todo el peso de la legislación penal tributaria nacional en Misiones, al tener tras las rejas a los primeros dos comerciantes y un asesor de negocios, condenados por “asociación ilícita fiscal”.
Según pudo confirmar en exclusiva PRIMERA EDICIÓN, los detuvieron en la jornada del miércoles pasado, al haber quedado firme la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, dictada el 24 de mayo de 2021, por los magistrados Manuel Jesús Moreira (presidente); Fermín Ceroleni y Lucrecia Rojas de Badaró.
Es que la Corte Suprema (última instancia apelable) desestimó el martes 2 de julio de 2024 los recursos extraordinarios presentados por los acusados: el comerciante Luis Ramón Zayas (considerado el cabecilla de la asociación ilícita fiscal con seis años de prisión); el asesor de negocios Oscar Luis Ocampo (organizador de los hechos al que aplicaron la pena de cinco años); y el comerciante Ricardo Galarza (con cuatro años de cárcel al ser encontrado culpable de integrar el entramado evasor fiscal).
Este largo camino judicial, hizo historia esta semana al sentar el duro precedente penal. Pero habrá que volver a fines de agosto de 2009, cuando la por entonces jefa (interina) de la Sección Penal Tributaria de la Dirección Regional Posadas de AFIP-DGI, Dra. Rossana Beatriz Sienra, se presentó a la Fiscalía Federal para denunciar al mencionado trío y a un contador entrerriano que consiguió safar de la condena, bajo la absolución “in dubio pro reo” (la duda favorece la inocencia del encartado).
El escrito acusatorio fue patrocinado hace casi 15 años atrás por el Dr. Sebastián González Montenegro, revisor fiscal de dicha Sección Penal Tributaria.
Empresas “de cartón”
De la investigación, que determinó la culpabilidad de los tres misioneros, se reveló que las maniobras de evasión fiscal comenzaron al crear empresas falsas para facturar cifras millonarias.
Los mayores datos fueron aportados por dos conocidas de los condenados, que aparecieron en la constitución de Establecimiento Estanciera SA, una de las firmas “de cartón” creada en 2006 para operar en el mercado de yerba, a las que utilizaron sus datos personales para ponerlas como “socias” en el entramado ilegal.
Ante la sospecha de las maniobras, las mujeres fueron hasta la delegación de AFIP a conocer si efectivamente aparecían como titulares de emprendimientos y se llevaron una ingrata respuesta, por lo cual contaron todo lo que sabían sobre el manejo de Zayas, Ocampo y Galarza.
El exjuez federal, Ramón Claudio Chavez, ordenó en el inicio de la investigación 11 allanamientos, con el secuestro de documentaciones varias las firmas J&J Servicios SRL; Noor SA; Alimentos SA; Oberá Envases SRL; Establecimiento Estanciera SA; Molinos la Jangada SRL; Establecimiento San Juan SRL; Tranquera Abierta SRL; Exim Misiones SRL; Yerbatera Salto SRL; Posadas Conford SRL; Salvo Daniel Alberto; Reca Luis Jorge; Báez Alejandro Ramón; Junges José Alberto eran contribuyentes apócrifos.
Respaldo a AFIP en Casación
En noviembre de 2022, los tres condenados (Luis Ramón Zayas; Oscar Luis Ocampo y Ricardo Galarza) recurrieron en Casación, causa que recayó en la Sala 4 de la Cámara Federal de la Ciudad de Buenos Aires.
De manera contundente, los magistrados Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, sentenciaron que “la valoración de todos y cada uno de los elementos de juicio incorporados al legajo ha permitido acreditar, con el grado de convencimiento necesario para el dictado de un pronunciamiento condenatorio, la responsabilidad penal de Luis Ramón Zayas, Oscar Luis Ocampo y Ricardo Galarza en los
sucesos juzgados en las presentes actuaciones. Por lo tanto, corresponde desestimar la existencia de un estado de duda que deba ser resuelto en favor de los acusados”.
Pero hicieron reserva de caso federal, que les permitió a los condenados a recurrir a la Corte Suprema de Justicia que el martes pasado rechazó los planteos por “inadmisibles”.
Dos maniobras para la evasión
Según los datos recabados en la investigación penal tributaria iniciada por la AFIP en Posadas, que constan en el expediente al que accedió PRIMERA EDICIÓN y fueron parte del juicio oral y público de mayo de 2021, la operatoria de la organización condenada habría utilizado dos modalidades distintas.
En la mayoría de los casos pusieron en funcionamiento sociedades que se hallaban inactivas como fueron los casos de Noor SA; Tranquera Abierta SRL; Oberá Envases SRL; Establecimiento San Juan SRL; entre otros.
En otras empresas falsas, dieron el alta a nuevos contribuyentes, como ser: Establecimiento Estanciera SA; Luis Jorge Reca, Daniel Alberto Salvo y Luis Junges.
La primera modalidad relatada en el expediente, confirmó que permitió a los condenados “eludir determinados controles fiscales, toda vez que no estaban obligados a informar las ventas que efectúan a otros contribuyentes (información que registra el sistema informático denominado Citi-ventas); además les permitía solicitar la entrega de talonario ante el fisco, sin requisitos de justificación patrimonial; en cambio, para los casos de nuevas sociedades se requerían garantías, bienes o un monto determinado en la declaración jurada de Bienes Personales o Ganancia Mínima Presunta)”, se contó en el expediente judicial.
A su vez, con la reactivación de antiguas sociedades, “evitaban gastos de organización, inscripciones en organismos o registros. De esta manera, se reactivan las empresas mediante diversas cesiones, presentando las declaraciones juradas anteriores sin movimientos, a fin de que se autorice la impresión de nuevas facturas.
Con la segunda modalidad descripta y utilizada, se pretendía introducir nuevos contribuyentes sin capacidad económica ni financiera, pero revestidos de cierta apariencia que les permitía operar al menos por cierto tiempo en el circuito económico-financiero”.