Durante la madrugada de este viernes, la Cámara de Diputados de la Nación, tras meses de debate, aprobó la Ley Bases y el paquete fiscal. Cabe destacar que la aprobación de este último implica numerosos cambios al Régimen Simplicado del Monotributo. Cabe recordar que el Senado había aceptado de entrada el título de reforma del Monotributo, por lo que Diputados simplemente confirmó las modificaciones.
Entre dichas modificaciones se puede mencionar la suba de los montos de facturación de entre un 301% y un 401%, además de un alza en las cuotas, entre otros puntos los cuales fueron desglosados en seis claves por Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, y publicado por El Cronista.
• Unificación de las categorías para las actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios y venta de bienes: actualmente, los monotributistas que se dedican a actividades de obras, locaciones y prestaciones solo pueden entrar al Régimen hasta la categoría H, mientras que para venta de bienes se puede ingresar hasta la categoría K. El paquete fiscal elimina esta discriminación y, ahora, “todos los pequeños contribuyentes con actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios también podrán adherirse y/o mantenerse en el régimen si encuadran en los parámetros hasta la categoría K”.
• Aumentan los montos de facturación, precio unitario de venta y alquileres devengados: en base al paquete fiscal, los montos de facturación aumentarán entre un 301 y un 401%, según la categoría. Mientras tanto, “el monto de los alquileres devengados anuales aumentará del 211% al 309%”. Finalmente, “el precio máximo unitario de venta para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías”.
• Aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social: en línea con la suba de los parámetros para cada categoría, se ajustarán también las cuotas impositivas (entre un 278% y 510% más), la cuota de seguridad social (suba de entre un 212% y un 343%) y la cuota de obra social (entre un 212% y un 214% más) para el caso de obras locaciones y prestaciones de servicios. Así, la cuota total para quienes abonen los tres componentes será de entre un 219% y un 425%, mientras que en el caso de venta de bienes (cosas muebles), la cuota total si se pagan todos los puntos subirá entre un 219% y un 353%.
• Se elimina la exención de la cuota impositiva para determinados monotributistas de las categorías A y B: el paquete fiscal eliminará la exención que los monotributistas de las categorías A y B tienen sobre las cuotas impositivas. Este permiso, hoy aplica siempre que los monotributistas no obtengan ingresos por:
- Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros;
- Dirección, administración o conducción de sociedades;
- Locación de bienes muebles o inmuebles;
- Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades.
• Actualización de los montos de facturación, alquileres devengados, precio máximo unitario de venta y cuotas: el proyecto que aprobó Diputados dispone que, a partir del 2025, los montos de facturación, los alquileres devengados, el precio máximo unitario de venta y las cuotas se actualizarán semestralmente por inflación. También, por única vez, se faculta al Poder Ejecutivo a aumentar estos ítems en el período fiscal 2024, aunque “el aumento de las cuotas no podrá ser en un mayor porcentaje al aumento del monto de la facturación para la categoría que corresponda”, marcó Dominguez.
• Podrán reingresar al régimen los monotributistas excluidos de pleno derecho: “Los monotributistas que quedaron excluidos de pleno derecho desde el 1° de enero de 2024 por la aplicación de los parámetros vigentes antes de la modificación, van a poder volver a adherirse, por única vez, al régimen sin esperar los tres años que exige la Ley del Monotributo”, repasó el tributarista. Cabe señalar que esto “no aplica para aquel monotributista que, antes de superar los parámetros, se pasó al régimen general”.