Un hombre que estaba acusado de abusar sexualmente de la hija de su concubina, fue sentenciado a una pena de prisión en suspenso, puesto que no pudo comprobarse que la haya accedido carnalmente. Sí que la menor fue sometida a manoseos y que fue obligada a dar una versión más grave en contra del acusado.
El caso ocurrió en la localidad de Leandro Alem en el año 2021 y el juicio se llevó a cabo este último viernes en el Tribunal Penal de Oberá.
El hombre llegó a debate en calidad de detenido, luego que avanzara la denuncia radicada originalmente por el tío de la menor, con domicilio en Leandro Alem.
La víctima vivía con su madre y la pareja de ella en una picada en las afueras de Alem, que se omite mencionar el nombre para evitar exponer a la menor.
Los abusos fueron cometidos desde que la niña tenía seis años y prosiguieron hasta los trece. Cierta oportunidad, la víctima fue a visitar a su padre y en la misma casa vivía su tío. Al tener confianza con él y no querer que su padre se enterara, le contó que ya no quería vivir más con su madre, puesto que el concubino de ella la manoseaba y le decía que tenía un lindo cuerpo.
Ante este relato, el tío instruyó a la niña acerca de lo que tenía que decir si alguien se lo preguntaba. Acto seguido fue a denunciar al hombre.
El sospechoso identificado como Hugo Da Silva, fue detenido y se instruyó contra él una causa por abuso sexual con acceso carnal y sin acceso, agravado por la convivencia, por el vínculo, por corrupción de menores y exhibición de material de pornografía.
En las pericias de Cámara Gesell la víctima brindó el relato que su tío le había dicho que contara. Que la llevaba a pasear en motocicleta o en automóvil, que la exhibía pornografía que tenía en el teléfono, que él se tocaba delante de ella y que la sometía sexualmente.
Sin embargo, cuando declaró la madre en el debate, negó que todo eso hubiera pasado, que todo era mentira, apuntó al tío de la menor y argumentó que lo que buscaba el hombre era que ella se fuera a vivir por decisión de la justicia junto a su padre y su tío, para que así este último pudiera abusar de ella.
La denuncia del tío contra Da Silva ocurrió tres meses antes que él mismo fuera denunciado por delitos de la misma índole en contra de su hijastra, y por el cual actualmente está procesado.
En base a las testimoniales de la madre, el padre, la tía de la víctima y el mismo denunciante, sumado a las pericias médicas, para la fiscal subrogante María Gisela Casafus de Castro no había ocurrido los abusos con acceso ni la exhibición de material pornográfico a la menor, pero sí habían ocurrido episodios de manoseos durante varios años. En su alegato pidió cinco años de prisión para Da Silva.
Por su parte, el defensor particular del acusado pidió la absolución de todos los delitos que se le imputaban.
Finalmente, el Tribunal conformado por los magistrados Horacio Paniagua, Francisco Clavelino Aguirre y el subrogante Amado Dante Carvallo, sentenciaron a Hugo Da Silva a la pena de tres años de prisión en suspendo, por el delito de abuso simple, absolviéndolo del resto de las imputaciones. Al haber estado tres años detenido, recuperó la libertad en el acto, supeditado a ciertas obligaciones.