El Ministerio de Justicia de la Nación, a través de la Resolución 515/2026 publicada en el Boletín Oficial de hoy, dispuso la creación de la “Comisión para la Modernización y Actualización del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.
El objetivo central de este cuerpo de especialistas será la elaboración de un anteproyecto de ley para encarar una reforma integral del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), ordenamiento que rige desde 1967 (Ley 17.454) y cuyo último texto ordenado databa de 1981.
Entre los fundamentos de la medida, el Poder Ejecutivo destaca la necesidad insoslayable de armonizar el régimen procesal nacional con el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN), vigente desde agosto de 2015.
Tras más de una década de vigencia del derecho de fondo, la persistencia de normas de forma desactualizadas ha generado asimetrías operativas respecto a diversas jurisdicciones provinciales que ya modernizaron sus ordenamientos procesales.
De acuerdo con el artículo 9° de la norma, el anteproyecto deberá encuadrarse en cuatro lineamientos rectores:
- Instauración del sistema de oralidad: sustituir la preponderancia del trámite escrito por procesos basados en audiencias orales, públicas y con la presencia directa e inmediación del juez.
- Garantía del debido proceso: asegurar la tutela judicial efectiva y el respeto riguroso de las garantías constitucionales y convencionales.
- Modernización y gestión tecnológica: incorporar herramientas digitales, expedientes electrónicos e instancias virtuales aplicadas a la tramitación judicial.
- Simplificación y solución de conflictos: descomprimir el litigio tradicional mediante la optimización de plazos y el estímulo a mecanismos alternativos de resolución de controversias.
Estructura de trabajo y plazos
La resolución prevé la conformación de dos estructuras internas operativas:
- Subcomisión Redactora: integrada por los doctores Martín Cardone, Osvaldo Alfredo Gozaíni y Juan Manuel Converset, quienes estarán a cargo de la redacción del articulado, el índice y la fundamentación del anteproyecto.
- Subcomisión Revisora: encargada de auditar y efectuar la revisión técnica del texto final elaborado.
Los miembros designados desempeñarán sus funciones con carácter ad honorem. Asimismo, la Comisión contará con un plazo máximo de 60 días corridos (contados desde su primera reunión formal) para expedirse y aprobar el texto definitivo, el cual será elevado a la Secretaría de Justicia para su posterior tratamiento legislativo.
Impacto en la práctica profesional
Para los profesionales que actúan en el fuero civil y comercial de la Capital Federal y de la Justicia Nacional, esta medida señala el inicio de una transformación de envergadura en la dinámica del litigio.
La migración definitiva hacia un esquema procesal oral e informatizado demandará una rápida adaptación en el diseño de estrategias procesales, el ofrecimiento de prueba y la gestión de audiencias, con el objetivo de dotar de mayor celeridad, eficacia y transparencia a los procesos judiciales.
Fuente: Errepar.






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