Una carga de cocaína oculta en los paneles de un vehículo, que luego resultó que no eran estupefacientes. Ese fue el resultado de un caso que comenzó con el secuestro de la presunta droga y la detención y la posterior liberación de una pareja. De ser sospechosos pasaron a quedar exentos de la imputación de narcotráfico. Todo en un lapso menor a tres meses y tras la prueba reactiva a lo secuestrado.
Todo comenzó el 19 de julio de 2024 en el puente internacional Tancredo Neves, entre Brasil y Argentina. Los protagonistas, un hombre de 32 años con domicilio en Mar del Plata y una mujer de 35 años que nació en Leandro N. Alem pero con residencia en Posadas.
Llegaron a la zona de control de Aduana de Puerto Iguazú a bordo de un Renault Sandero. Consulta de rutina, qué lleva y hacia dónde se dirige, fueron las preguntas del agente. Hacia Buenos Aires y no llevamos ninguna mercadería en especial, fue la respuesta.
El funcionario insistió y pidió revisar una valija que llevaban en la parte trasera. A la prueba con rayos X no había ninguna sustancia ilegal ni electrónica que hubieran querido ocultar allí. ¿Tenían un dato, o la práctica de auscultar tantos rostros cada día les decía que algo no estaba bien? El aduanero les sacó charla, más preguntas a lo que el hombre respondió de forma verborrágica. Sobreactuó la situación y enseguida afloraron las contradicciones.
Esos instantes fueron un punto de no retorno, porque al tocar el compartimiento de la guantera notaron que no abrió de forma suave como debería ser de fábrica. Algo rozaba. Con la luz de una linterna a través del ducto de ventilación vieron algo que estaba escondido. Comenzaron a retirar los paneles y encontraron envoltorios indudablemente sospechosos. El comportamiento del can detector de droga de Gendarmería indicó en base al entrenamiento que el contenido podría tratarse de estupefacientes.
El vehículo fue retirado de la fila y pasado por el scanner donde pudieron ver que en el torpedo se encontraban objetos puestos adrede allí. Tras desarmarlo retiraron 44 paquetes con la sustancia blanquecina que al test reactivo dio positivo para clorhidrato de cocaína. En total fueron 23,655 kilogramos los que intentaron ingresar a Argentina.
La pareja fue detenida, el vehículo incautado y la presunta droga secuestrada como elemento de prueba, todo bajo la imputación de “contrabando de importación de estupefacientes agravado en grado de tentativa”, causa que quedó bajo la jurisdicción del Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero.
El paso procesal siguiente fue la pericia química al contenido de todo lo secuestrado, el cual quedó a cargo de una perito del Grupo de Criminalística y Estudios Forenses perteneciente al Escuadrón 10 “Eldorado”.
Ocurrió un inconveniente puesto que los dos sobres de muestra enviadas eran muy escasos y no representaban el total incautado para hacer la pericia, tal como lo establece el “Manual para Uso de Laboratorios Nacionales de Estupefacientes, de la División de Estupefacientes de Naciones Unidas”.
Sugirió un nuevo muestreo con la cantidad mínima para poder establecer con certeza el tipo de sustancia. Esta fue remitida y la conclusión de la pericias fue la siguiente: “…las muestras analizadas arrojaron resultado negativo para cocaína…se detectó xilocaína en las muestras analizadas en este laboratorio…”.
Con el resultado de esta prueba, en los considerandos del fallo, el juez dictaminó que “en función de lo hasta aquí expuesto y teniendo en cuenta que los paquetes que tenían bajo su poder no contienen una sustancia estupefaciente o precursor químico -sí una más que habitual sustancia de corte empleada en la elaboración del clorhidrato de cocaína- por ende no se trata de una sustancia prohibida o controlada”.
Al haber intentado ingresar al país una sustancia que no se encuentra prohibida, el magistrado desestimó una causa penal contra la pareja, pero sin dejar de lado que el entorpecimiento del procedimiento pueda caber algún tipo de sanción.
Por ello dictó el sobreseimiento “total y definitivo” en orden a la acusación inicial. Ordenó la inmediata liberación de ambos, la devolución de sus pertenencias y la restitución del Renault Sandero al legítimo propietario.