Aunque en los hechos, taxativamente, los tomadores de créditos UVA no tienen sentencia firme sobre la demanda que llevan adelante (cada cual en su caso particular) contra los bancos Nación, Santander y Macro, por lo menos algunos de ellos tendrán motivos para sentir algo de alivio en estas fiestas de Fin de Año e inclusive soñar con un milagro navideño.
Se trata de los deudores hipotecarios que impulsan la demanda contra el Banco Nación, porque el juez federal José Luis Casals hace lugar, anula el sistema UVA y aplica la fórmula “Casa propia”, que se calcula en base al indicador más bajo entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación durante el mismo período.
“El juez otorgó el resguardo del artículo 14 bis de la Carta Magna y de los pactos internacionales que protegen la vivienda como derecho humano, además otorga la tutela establecida en el artículo 42 de la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor, aplica la teoría del esfuerzo compartido establecida por la Corte Suprema de Justicia y la ley 27.541 y al mismo tiempo reemplaza el sistema UVA por la fórmula casa propia”, celebró el abogado José Díaz, representante legal de distintos grupos de tomadores de crédito del Banco Nación, Santander y Macro.
En ese sentido, Díaz resaltó que aunque es probable una apelación del Banco Nación, el fallo de Casals sienta un precedente importante en el país.
“Casals establece que existe un desequilibrio contractual entre la partes, donde los más débiles son los tomadores de crédito y los más fuertes, los bancos, de manera objetiva, sin considerar la relación cuota-ingreso y por lo tanto falla que los efectos nocivos de la inflación deben distribuirse equitativamente entre las partes, pero a la vez establece la nulidad del sistema UVA, de manera retroactiva a la época de celebración del contrato y lo reemplaza por la fórmula casa propia”, destacó Díaz en diálogo con PRIMERA EDICIÓN.
Grieta
Pero no todo es motivo de festejo, porque así como se trata de un fallo favorable en la demanda contra el Nación, hubo un revés para deudores UVA del Banco Macro.
Lo llamativo de ambas causas es que se trata de la misma demanda. Fue armada por el mismo abogado, José Díaz, con las mismas pruebas, pero “las miradas de los jueces son diferentes: por un lado, el de la jueza provincial Carmen Helena Carbone (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 de Posadas), quien en su momento fue pionera al otorgar las medidas cautelares (que puso tope de 25% cuota-ingreso, “ahora, que dicta sentencia de fondo, cambia el criterio, establece relación cuota-ingreso que pasa a ser 35%, pero contradictoriamente mantiene las cautelares del 25% y les rechaza la demanda porque no llegan a un 35%, además dice que no se dan los presupuestos para cambiar el sistema UVA”, acotó el letrado.
“Por el contrario, en el caso del juez federal José Luis Casals, cuando toma el juicio y pasa sentencia, sintéticamente lo que establece es que no importa la relación cuota-ingreso de los tomadores, porque si no tendríamos que ver la capacidad económica del banco. Para él lo que importa es analizar objetivamente el sistema UVA en el contexto inflacionario de hoy”, dijo.
Por su parte, las familias que tienen demanda con el banco Santander deberán esperar a febrero o marzo, fecha probable en que se emitiría la sentencia.
“Inconcebible jurídicamente”
Cuando la jueza provincial Carmen Carbone se convirtió en pionera al establecer las cautelares para los deudores UVA, que si bien son una medida provisoria que dice hasta tanto llegue la sentencia, se da una mano a una de las partes, en este caso los clientes de los bancos y estableció que la cuota mensual no podía superar el 25% de salario. Por cierto, ¿qué hace cuando dicta sentencia? que para hacer lugar a la demanda, la relación cuota-ingreso ya no va a ser el 25% sino del 35%, pero al mismo tiempo mantiene la cautelar en un 25%.
“Inconcebible jurídicamente, una contradicción en todo sentido. Represento a seis demandantes en el mismo expediente, todos tienen la cautelar en un 25% y a todos les rechazó la demanda, porque no no llegaban al 35%, y peor todavía de seis actores uno paga 35,08% el otro 35,40%, que es lo ella está diciendo que tienen que llegar, pero igual les rechazó la demanda, lo mismo a otros dos que pagan 30%”, enfatizó el defensor.
“Para llegar a ese 35% ella aplica un decreto que no existe jurídicamente que no tiene vigencia ya que se dictó en pandemia y ella misma lo dice, pero afirma que le sirve como pauta. Lo más dramático es que a lo largo de la vida del crédito todos los demandantes en algún momento destinaron el 50% de sus ingresos para pagar la casa. Una locura”