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Modificación a la Ley de Defensa del Consumidor no elimina compensaciones a consumidores

El director de Defensa del Consumidor de Misiones, Alejandro Garzón Maceda, explicó que el nuevo decreto nacional no modifica derechos de usuarios sino el mecanismo sancionatorio para empresas.

22 mayo, 2026

La reciente modificación introducida por el Gobierno nacional en la Ley de Defensa del Consumidor generó dudas y confusiones sobre un supuesto recorte de derechos para usuarios y consumidores. Sin embargo, desde la Dirección de Defensa del Consumidor de Misiones aclararon que el cambio no altera el contenido de la ley ni elimina mecanismos de reparación para quienes sufran perjuicios.

En diálogo con FM 89.3 Santa María de las Misiones, el director del área, Alejandro Garzón Maceda, explicó que la medida impulsada por Nación no modifica la Ley 24.240 sino un decreto reglamentario vinculado exclusivamente al sistema de multas y sanciones. “La ley solamente puede ser modificada por otra ley”, remarcó.

Según explicó, el Decreto 377 del Poder Ejecutivo nacional incorpora cambios sobre el artículo 45 de la reglamentación vigente desde 1994 y establece que las empresas sancionadas podrán cancelar una multa pagando el 50% del monto, siempre que acepten la sanción y no presenten apelaciones judiciales.

“Lo único que hace este decreto es facultar a las empresas sancionadas a pagar la mitad de la multa si no apelan”, señaló.

Garzón Maceda aclaró que el cambio no toca derechos sustanciales de consumidores ni modifica las obligaciones de las empresas frente a daños ocasionados a usuarios. “Esto no mejora ni empeora derechos del consumidor. Tiene que ver solamente con el procedimiento sancionatorio”, sostuvo.

Además, el funcionario explicó que existe una diferencia clave entre una multa aplicada por el Estado y la reparación económica que eventualmente corresponde a un consumidor afectado. “La multa es una sanción que el Estado le aplica a la empresa por incumplir la ley. Pero si además hubo un daño directo al consumidor, eso igualmente tiene que ser reparado”, detalló.

Y ejemplificó: “Si a una persona le cobraron 100 pesos de más, ese dinero se le tiene que devolver independientemente de que la empresa pague o no el 50% de la multa”.

Según indicó, el nuevo esquema busca reducir litigiosidad y evitar largos procesos de apelación judicial que muchas veces demoran el cierre de expedientes administrativos. “Nunca una Cámara puede aumentar una multa cuando se apela. Solamente puede mantenerla, reducirla o dejarla sin efecto”, explicó.

En ese contexto, sostuvo que muchas empresas podrían optar por pagar rápidamente la mitad de la sanción antes que iniciar procesos judiciales extensos. De todos modos, señaló que el cambio podría generar indirectamente una resolución más rápida para consumidores afectados.

“Si la empresa no apela, el expediente termina antes y el consumidor obtiene una respuesta más inmediata”, indicó.

Durante la entrevista, Garzón Maceda también se refirió a los reclamos existentes en Posadas vinculados a las facturas de SAMSA y aprovechó para aclarar cuáles son los límites legales de actuación de Defensa del Consumidor. “La tarifa no es revisada por Defensa del Consumidor”, afirmó.

En ese sentido, explicó que las tarifas forman parte del contrato de concesión del servicio y constituyen una cuestión que excede las facultades del organismo administrativo. “Nosotros aplicamos la Ley 24.240 y verificamos si la relación de consumo se cumple correctamente, pero no podemos modificar tarifas ni interpretar leyes”, sostuvo.

Garzón Maceda insistió en que muchas veces existen expectativas equivocadas sobre las competencias reales de Defensa del Consumidor. “Nosotros aplicamos la ley, no la interpretamos ni la modificamos”, enfatizó y agregó que cualquier discusión vinculada a la legalidad o constitucionalidad de tarifas debe resolverse en otros ámbitos institucionales.

“Si alguien considera que una tarifa es abusiva o está mal fijada, debe recurrir al Poder Judicial o impulsar modificaciones legislativas”, explicó.

FInalmente confirmó que continúan tramitándose reclamos vinculados a facturación y aumentos de servicios, incluso algunos iniciados antes de que el tema tomara relevancia mediática. “Nosotros seguimos trabajando sobre las denuncias y verificando el cumplimiento de las obligaciones dentro de la relación de consumo”, concluyó.

Tags: Alejandro Garzón MacedaConsumidoresDecreto 377Defensa del ConsumidorFM 89.3Ley 24.240MisionesMultasRelaciones De ConsumoSAMSAusuarios
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