El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor y estableció un nuevo mecanismo que permitirá a empresas y proveedores pagar solo la mitad de las multas impuestas por infracciones, siempre que acepten la sanción y no presenten apelaciones judiciales. La medida fue oficializada este viernes mediante el Decreto 377/2026, publicado en el Boletín Oficial.
El nuevo esquema incorpora la figura del “pago voluntario” dentro del procedimiento sancionatorio previsto por la Ley 24.240. Según el texto oficial, las empresas infractoras podrán cancelar el 50% de la multa si consienten la resolución y realizan el pago dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación.
El beneficio quedará automáticamente sin efecto si la firma sancionada decide apelar la medida ante la Justicia o recurrir administrativamente la resolución.

El decreto aclara además que la reducción no podrá llevar el monto final por debajo del mínimo legal establecido en la normativa vigente.
En los fundamentos de la medida, el Ejecutivo sostuvo que el actual sistema genera altos niveles de litigiosidad administrativa y judicial, lo que implica mayores costos tanto para el Estado como para las empresas. En ese sentido, argumentó que el nuevo mecanismo apunta a agilizar expedientes, facilitar el cobro de multas y reducir costos de transacción dentro del mercado.
“El presente contexto de reordenamiento macroeconómico general” exige, según el texto oficial, “generar incentivos” para disminuir conflictos administrativos y lograr una gestión pública “ágil y eficaz”.
La modificación introduce un esquema similar al que ya existe en algunos regímenes provinciales y en otras normas vinculadas al comercio interior, donde se premia el pago rápido y el reconocimiento de la infracción para evitar procesos prolongados.






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