El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció hoy que a partir de mayo no pagarán el Impuestos a las Ganancias los trabajadores en relación de dependencia que ganen hasta $ 506.230 brutos. Actualmente, y desde enero de 2023, no pagan el impuesto a las ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $404.062, inclusive.
El aumento del piso está de acuerdo a la variación del RIPTE, el índice que mide la evolución de los salarios registrados, entre octubre de 2022 y febrero de 2023 (último dato publicado) que fue de 25,29%. El Poder Ejecutivo nacional tiene la facultad de incrementar el “piso” del impuesto a las Ganancias.
Por eso la decisión oficial es que a partir del mes próximo no corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta no supere los $506.230, inclusive. En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
La modificación propuesta permitirá una reducción de trabajadores que pagan impuesto a las ganancias. Se beneficiarán aproximadamente 250.000 empleados en relación de dependencia.
Según algunos tributaristas, la suba del piso debería haber sido aun más alta. “El ajuste que se efectuó en enero pasado fue de acuerdo a cómo establece la Ley de Impuesto a las Ganancias por la variación del Ripte de octubre de 2021 a octubre de 2022, que fue el 78,84%. La inflación de 2022 fue de 94,8% se perdió un 16% y la inflación del primer trimestre de este año fue superior al 20%”, estimó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
De esta forma, según el especialista, se perdió un 40% entre el año pasado más la inflación del trimestre. “Y aun falta considerar la inflación de abril. Si se toma la situación hasta marzo, el ajuste debería ser por lo menos del 40% y el piso debería ir a $565.000″, estimó Domínguez.
El Impuesto a las Ganancias se calcula al aplicar una tasa sobre la diferencia entre los ingresos y las deducciones permitidas. Los montos se van ajustando en función del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que es el promedio de variación salarial que elabora la Secretaría de Seguridad Social.
A los asalariados, el empleador les retiene el impuesto cuando superan el piso del mínimo no imponible establecido. Para las sumas más altas se computa una deducción especial incrementada, hasta un monto determinado (que hoy es $466.017 y pasará a $583.8519.
Fuente: Agencia de Noticias Télam e infobae.com