Por lo pronto, silencio. El contador de 36 años fue notificado ayer del motivo de su detención hace cinco días en Posadas y de la imputación provisoria por los delitos contra la integridad: “grooming y corrupción de menores”.
El sospechoso fue denunciado por el rector de un colegio técnico de Posadas y por los padres del alumno y víctima del acoso a través de redes sociales y mensajería de texto por celular que habría sido cometido por el también asesor en la Asociación Posadeña de Estudiantes Secundarios (APES) en representación de otro establecimiento educativo que participa en la “Estudiantina”.

Ayer por consejo de su abogado optó por su derecho de no declarar en su contra y no responder en la indagatoria solicitada por el juez de Instrucción 6, Ricardo Walter Balor. La medida siguiente correspondió a la notificación de la imputación mencionada y comunicarle que continuará detenido mientras el sumario se amplía con los avances de la Dirección Cibercrimen que analiza una notebook y el teléfono celular del sospechoso.
De acuerdo a fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN, el asesor estudiantil podría entorpecer en libertad, en este período, la investigación o instrucción del expediente, principalmente si se confirman las sospechas de más víctimas de grooming.
De manera paralela, resta la ratificación de la denuncia de los progenitores o tutores de la víctima de 16 años y del directivo del colegio secundario que encabezó la presentación, tal como lo adelantó este Diario el domingo pasado.
El caso de “grooming” derivó en un allanamiento en el barrio San Alberto, jurisdicción de la comisaría Decimoséptima de la Unidad Regional I de Posadas, el viernes por la noche (pasadas las 22) y además de la intervención de Cibercrimen de la Policía, el juez Balor solicitó la intervención de la Dirección Drogas Peligrosas porque en el inmueble del acusado fueron hallados 64 gramos de cogollos de marihuana, valuados en 14 mil pesos. En el procedimiento, los efectivos policiales secuestraron el celular y una notebook del sospechoso.
Estos dispositivos aportaron los primeros datos que agravaron la situación del detenido, con información relevante, que este Diario se reserva su divulgación, pero que corren en la dirección a la acusación expuesta en la denuncia de los progenitores y en el delito sumado a la sospecha: “corrupción de menores”.
Encuedre legal
De acuerdo al artículo 131 del CPA “será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”. En el 125 destaca que al “que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima, será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años”.