
“Vamos a mantener la huelga de hambre, seguimos firmes los catorce, porque durante seis días sólo nos demostraron que en Misiones las leyes no son respetadas por los magistrados, y tampoco parece que importa la vida y la salud”.
Rafael tiene 40 años y lleva siete meses con el plazo de prisión preventiva vencido, ayer insistió que la medida de fuerza en la Unidad Penitenciaria VII en Puerto Rico continuará: “La presidenta del Superior Tribunal de Justicia no respondió a nuestro pedido urgente. Necesitamos que los juzgados y tribunales aceleren los expedientes y resuelvan las causas, no podemos estar sin saber nada, sin condena o con la preventiva vencida, necesitamos que nos escuchen y la única manera es con esta medida pacífica pero extrema, no vamos a renunciar, somo catorce en total, once en dos pabellones y tres compañeros aislados”.
El interno que dialogó con PRIMERA EDICIÓN resaltó que desde la entrevista con los delegados de la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura el miércoles “no se escuchó, formal o informalmente nada. Pedimos que la presidenta del STJ (Rosanna Pía Venchiarutti) venga y dialogue con nosotros o nos envíe una respuesta, pero hoy (por ayer) se cumple el sexto día de huelga de hambre y no nos mandaron ni un escrito o mensaje sobre el petitorio”.
Los reclamos de los internos apuntan a jueces, fiscales y defensores oficiales, ya que sostienen que sus causas están aletargadas o paralizadas en el fuero penal provincial. Tal como publicó este Diario, de los catorce en huelga, nueve tienen sus expedientes en trámite de debate oral en los tribunales de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial.
En el caso de Posadas tres acusados aguardan ser enjuiciados en el Tribunal Penal 1 y dos en el TP-2. En cuanto a la jurisdicción de Oberá, son tres las causas que aguardan por resolverse en debate, entre ellas el juicio a un integrante de una comunidad mbya guaraní.
De los catorce detenidos que aseguran “protestan de manera pacífica”, tres poseen imputaciones y prisión preventiva en el Juzgado de Instrucción 1 de la capital provincial. En la misma etapa pero en San Vicente, son cuatro los internos que reclaman, mientras que en el Tribunal Penal de Eldorado son dos los detenidos en huelga.
También se resaltó que pese a registrarse sobrepoblación en la UP-VII, tiene capacidad habilitada para 112 presos y actualmente son 177 los alojados, la protesta no se dirige a las condiciones de encierro sino a lo que consideran “lentitud” judicial. Todos los planteos fueron colectados el equipo enviado por la CPPT, quienes notificaron el jueves a cada juzgado y tribunal el respectivo reclamo y extendieron el informe a los nueve ministros del Superior Tribunal de Justicia de Misiones.
La protesta se inició el lunes con cuarenta detenidos declarados en huelga de hambre. Pocas horas después la cantidad descendió a 14 con las entrevistas telefónicas que se entablaron con los juzgados y tribunales respectivos.
“Se necesita una discusión judicial”
Por Eduardo paredes
Abogado y docente
“Lo que ocurre en la cárcel de Puerto Rico es un problema general que alcanza no sólo a Misiones sino a América Latina, comprendido por la prisión preventiva excesiva. En 1984 la ONU indicó que había entre un 50 y 60 por ciento de detenidos sin condena en el país. En Paraguay llegó al 97 por ciento”.
“Con las reformas que se sucedieron se buscó reducir estos porcentajes que violan el artículo 18 de la Constitución, el principio de inocencia, entre otros. En 1994 Argentina incorporó el Pacto de San José de Costa Rica a la Constitución y el concepto de la prisión preventiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos recomendó que debe ser la última razón para aplicarse”.
“En 2016 la Corte Interamericana volvió a decir que deben bajar la cantidad de prisiones preventivas porque en el país ronda entre el 40 y 50 por ciento. En Buenos Aires llegó al 70 por ciento. En Misiones la mitad de la población carcelaria no tiene condena y no se respetan los dos años más uno del tiempo máximo de la prisión preventiva”.
“En 2020, Argentina fue condenada por la Corte Interamericana con dos fallos (casos Jenkins y Romero Feris) por el uso discrecional o excesivo de la preventiva. Dijo que sólo debe ser aplicada cuando existe riesgo procesal pero debe indicarse el tiempo que debe cumplir el detenido. Se fijo doctrina obligatoria para no mantener personas encerradas sin condena”. “Los nuevos códigos se están adecuando a esto. Por ejemplo, que el juez pueda fijar por una vez el plazo de prisión preventiva y es el único plazo que debe cumplir, después se debe utilizar una medida menos gravosa como la detención domiciliaria. En Neuquén se aplica y bajaron a 7% las prisiones sin condena”.
“Misiones necesita una larga discusión judicial porque el que debe controlar esto es el Superior Tribunal de Justicia estableciendo una política de limitación, marcarle un horizonte a la Cámara de Apelaciones hacia donde avanzar. Las cárceles deben estar ocupadas por condenados”.