“La idea es regular la actividad de los influencers en cuanto a servicios publicitarios digitales y principalmente blanquear su situación laboral”. Ése es el objetivo inmediato del proyecto de ley presentado por la senadora Cristina Del Carmen López Valverde (FpV), según ella misma señaló a PRIMERA EDICIÓN.
A principios de julio, López Valverde presentó la iniciativa que busca que los influencers remunerados por los servicios de publicidad digital se inscriban en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como trabajadores autónomos en condición de monotributistas o de responsables inscriptos, y los obliga a identificar los contenidos que son patrocinados.
En caso de no cumplir, podrán ser sancionados e incluso recibir multas que superarían los 16 millones de pesos. Pero aclaró la senadora: “No se les impone impuestos, como algunos piensan. Significa estar en blanco, aportar y tener obra social”.
“La intención es proteger al consumidor con publicidades transparentes y lo más claras posible”, remarcó López Valverde .
Un régimen legal
“Regular no significa perseguir”, definió la legisladora sanjuanina a este medio, aclarando que “las redes sociales son un mundo sin regulaciones, por lo que existe un gran vacío legal. En buena hora se está hablando del tema, el cual busca que la calidad de la publicidad respete ciertos criterios como la no discriminación”.
Su proyecto se llama “Régimen legal para influencers” y considerará como publicidad digital a las publicaciones de sorteos, fotos y videos etiquetando a las marcas y unboxings, que es cuando los influencers se muestran abriendo paquetes de productos y servicios de un anunciante o marca. También “toda otra forma de anuncio o promoción viabilizada a través de redes sociales que en el futuro pueda crearse, siempre que para su ejecución exista una contraprestación entre el influenciador y el anunciante”.
Si esto ocurre y el anuncio es pago, los influencers deberán especificarlo con el hashtag #PublicaciónPaga.
Además, “debe mencionar al anunciante o beneficiario de la publicidad digital e identificar de manera clara todas las comunicaciones publicitarias digitales de productos que sean inconvenientes para niños, niñas y adolescentes”.
En caso de que la publicidad sea ilícita, es decir, “asuma la modalidad de abusiva y engañosa, ofenda, discrimine, induzca a actividades antisociales, criminales, ilegales o incita a la violencia y atente contra la dignidad de las personas”, los influencers podrán ser sancionados con un apercibimiento, un retiro del anuncio, la rectificación de las informaciones o multas de entre 10 y 1.000 salarios mínimos vitales y móviles. Es decir, que -a valores actuales- deberían abonar entre $168.750 y $16.875.000.
Ese dinero se destinaría a la implementación de campañas de prevención de la automedicación, según señala el mismo proyecto, el cual no establece una autoridad de aplicación y lo deja librado a lo que determine el Poder Ejecutivo.
En otros países
Entre los fundamentos del proyecto se menciona a España, Reino Unido y Colombia como pioneros en este tipo de propuesta.
Por otro lado, la Cámara Argentina de Anunciantes (CAA) ofrece una clasificación de influencers en función del número de seguidores: los “Nano Influencers” suman entre 3.286 y 8.611 seguidores; los “Micro Influencers” entre 8.611 y 96.111; los Influencers entre 96.111 y 575 mil; y finalmente se encuentran las celebrities, para lo cual es necesario contar con más de 575 mil seguidores en las redes sociales.
Los principios
El artículo 6 del proyecto establece los principios a los que deberá atenerse toda publicidad digital realizada por influenciadores o influencers en las redes sociales: “El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, genero, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social”.
Pero, además, se busca la protección de la juventud y de la infancia, así como la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual y todo otro derecho protegido por las leyes nacionales en la materia.