
“Trabajamos mucho y al diálogo no nos negamos, podían haberse acercado o moderado algún tipo de contacto más directo para que les expliquemos las condiciones de nuestra función y los escollos o dificultades que tienen los defensores oficiales para acelerar su labor”.
La respuesta corresponde a un defensor oficial del fuero penal ante la inquietud por el presunto malestar que despertó un escrito de la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura al procurador general Miguel Ángel Piñero en la que utilizaron términos como “exhortar o intimar” a los defensores y a los camaristas penales para que aceleren trámites y se morigeren las detenciones o se otorguen libertades a encartados y condenados en prisiones misioneras.
PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso a la misiva enviada por el órgano perteneciente a la Cámara de Representantes de Misiones a la Procuración General de la Provincia, y en ella el presidente Eduardo Magno Scherer y el vicepresidente de la CPPT, Rubén Fernando Genesini, solicitaron que ante el contexto de pandemia o crisis mundial sanitaria por el coronavirus se adecuen las decisiones con premura en dirección a aliviar la población carcelaria con libertades morigeradas (detenciones domiciliarias y pulseras electrónicas, por ejemplo) o se adelanten los plazos de los condenados cuyas penas están próximas a cumplirse u aquellos que gozaban del régimen de salidas transitorias, vuelvan a sus casas y continúen detenidos allí hasta que el panorama de salud mejore.
La CPPT pide que rija la resolución de la Comisión Internacional de Derechos Humanos y la sugerencia de la Organización Mundial de la Salud de que el porcentaje de detenidos y condenados disminuya al 70 por ciento de la capacidad de alojamiento, y que esto se debería lograr con arrestos domiciliarios y las libertades, según el caso puntual.
Fuentes del fuero penal remarcaron que el pedido de la CPPT no cayó “agradable” para los camaristas o integrantes de los tribunales penales, como tampoco entre los defensores oficiales. “En promedio, cada defensor oficial tienen diez detenidos encausados con más de dos años de prisión preventiva por tribunal”, dijo un vocero que remarcó que se violaría la ley 24.390 (promulgada en 1994) y que fija en un plazo máximo de dos años la duración del arresto o detención sin sentencia. Pero aclaró que esta demora no correspondería a las vicisitudes o falta de trabajo de los defensores sino a los escollos y circunstancias propios de cada tribunal.
En el pantallazo que realizó este Diario por los protagonistas aludidos por la CPPT, los más duros calificaron al escrito como “una intromisión” o como un “intento de apurar poco prudente”.
El pedido de la CPPT al procurador Piñero, resume sus exigencias en seis puntos. Libertad o prisión domiciliaria para la “población de riesgo con enfermedades preexistentes, personas a término de obtener su libertad, personas que ya tenían otorgadas sus salidas transitorias y cuya conducta y concepto siguen siendo ‘buena o muy buena’, personas con condenas menores a los tres años o que hayan superado los dos años de prisión preventiva, mujeres embarazadas o con hijos menores como lo establece la ley 24.660 (aplicación supletoria) y el ‘Pacto de San José de Costa Rica’ y ‘Convención de Belem Do Pará’ ley 24.632 y convención internacional de los Derechos del Niño (ley 24.849)”.
El planteo fue enviado el 29 de abril al Procurador y la semana pasada los defensores oficiales respondieron a estos planteos, “exhortos o intimaciones”.
La presentación también resaltaba que el Servicio Penitenciario Provincial debía poner a disposición de los defensores toda la predisposición para allanar la forma de entrevista que por seguridad necesita cada defendido, de manera presencial o por videoconferencia.