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El SPP opinó dos veces que Bourscheid puede cumplir prisión perpetua en una celda común

Francisco Bourscheid fue condenado por el femicidio de Angélica Ramírez (14) en noviembre de 2014. Los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Cardozo le otorgaron el beneficio, hace dos meses, de cumplir la pena en la casa de un familiar por problemas en un riñón y en una rodilla.

5 enero, 2024
IMÁGENES 2023. Francisco Bourscheid durante sus últimos días alojado en la Unidad Penal III del Servicio Penitenciario Provincial en Eldorado.

IMÁGENES 2023. Francisco Bourscheid durante sus últimos días alojado en la Unidad Penal III del Servicio Penitenciario Provincial en Eldorado.

La pregunta es libre: ¿Derecho o privilegio?, la respuesta también. Ademar Francisco Bourscheid fue beneficiado con prisión domiciliaria hasta el 10 de octubre de 2047, fecha en que finalizará su sentencia firmada en noviembre de 2014.

El distribuidor de pan, que fue hallado culpable de matar a garrotazos y asfixiar aprisionándole la boca contra la tierra colorada de una cuneta en Puerto Rico a una adolescente de 14 años, ahora podrá cumplir la ejecución penal en la vivienda de un hermano.

Los jueces, actuales integrantes del Tribunal Penal 1 de la Primera Circunscripción Judicial, Viviana Gladis Cukla, Gustavo Arnaldo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo, lo decidieron en noviembre pasado y sin solicitar la opinión del fiscal Martín Alejandro Rau, quien en 2022 había opinado en sentido contrario a la misma solicitud del interno de 62 años de la unidad penal III de Eldorado. Tal como lo adelantó ayer PRIMERA EDICIÓN, las dolencias en la salud de Bourscheid que fueron aportadas como fundamentos para pedir el beneficio son: un problema en un riñón, hipertensión y artrosis en una rodilla.

De acuerdo a la ley 24.660, la prisión domiciliaria corresponde a mayores de 70 años y con una patología grave o terminal que requiera cuidados específicos y directos de terceras personas. Pero también sostiene que las conclusiones médicas las deben tomar e informar profesionales de la salud de la fuerza de seguridad respectiva. En este caso, el Servicio Penitenciario Provincial.

En cuanto a los estudios que se le practicaron a Bourscheid, se remarcó que fue atendido por un médico urólogo por presentar un cuadro compatible con “nefropatía a consecuencia de lito (cálculo de riñón), estudiado a través de ecografía y detectando en el riñón izquierdo litiasis y disminución de su función”.

Se le practicaron análisis más especializados como una centellografía y diagnosticaron que el mismo riñón tenía una capacidad del 11 por ciento. El riñón derecho: “Estado normal”. El cálculo renal le fue extirpado y se completó que la hipertensión arterial estaba controlada por el programa de enfermedades crónicas y el servicio de enfermería de la UP-III que le suministraba los medicamentos Enalapril e hidroclorotiazida a diario. También recibía una dieta baja en sodio indicada por un licenciado en nutrición del SPP.

Respecto a la artrosis, estaba en la prisión eldoradense bajo tratamiento medicado con analgésicos.

Sobre su salud mental, el SPP informó al Tribunal Penal 1: “El interno es un adulto mayor se presentó a la entrevista solicitada con buen aspecto personal, tanto de sus vestimentas como de sí mismo. Al momento de la presente el interno se encontraba orientado en tiempo y espacio en el que se encuentra. Por su discurso y su actitud no se observan alteraciones en lo anímico no en el curso de pensamiento, memoria y estado anímico en general (…) En cuanto al delito por el que está detenido, no asume la responsabilidad y expresó que se encuentra cumpliendo una condena sin ser el responsable de lo ocurrido”.

Pero es aún más directa la postura: “El interno no reuniría las condiciones previstas en la ley 24.660 de tener una enfermedad terminal o poseer más de 70 años de edad, aunque sí presenta otras enfermedades que requieren tratamiento y que se realizan de acuerdo a las posibilidades de este complejo. Se considera que el interno no reuniría las condiciones para acceder al beneficio solicitado”.

Sin embargo, el beneficio fue concedido y tal vez valga la pena sopesar un dato más y que surge del expediente y debatido en juicio entre octubre y noviembre de 2014.

Una licenciada en psicología que cumplía su labor en la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (SAIC) del STJ analizó a Bourscheid y concluyó: “Tiende a manejar o a forzar la realidad de acuerdo a sus expectativas y necesidades (…) No puede apoderarse de sus impulsos, y su presentación es la de una persona buena pero que no puede visualizar sus impulsos agresivos”.

“Dentro de los impulsos autolesivos habría encontrado en su adicción al alcohol uno de sus emergentes, pero en las acciones heterolesivas, hacia los demás, podría reaccionar con violencia, con mayor posibilidad cuando se encontraba en abstinencia. Los impulsos que podía controlar con el alcohol, los puede desviar cuando no toma”.

 

Domiciliaria: qué dice la ley 24.660

De acuerdo a la ley nacional 24.660, las alternativas para situaciones especiales como la prisión domiciliaria de un condenado, están comprendidas en el artículo 32: “A) Al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario; B) Al interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal; C) Al interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel; D) Al interno mayor de setenta (70) años; e) A la mujer embarazada; F) A la madre de un niño menor de cinco (5) años o de una persona con discapacidad, a su cargo”. En el artículo 33 aclara que “en los supuestos a), b) y c) del artículo 32, la decisión deberá fundarse en informes médico, psicológico y social”.

El mismo artículo resalta que “al implementar la prisión domiciliaria se exigirá un dispositivo electrónico de control(…) previo informe favorable de los órganos de control y del equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución”.

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Tags: Angélica RamírezFemicidioFrancisco BourscheidMisionesViolencia
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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