El Poder Ejecutivo envió al Congreso una reforma integral de la Ley Nacional de Salud Mental que introduce cambios de fondo en el sistema vigente desde 2010. El proyecto no solo amplía el alcance de la norma, sino que redefine criterios centrales como el riesgo, las internaciones involuntarias y el rol de los profesionales, marcando un giro hacia un enfoque más médico en detrimento del paradigma centrado en derechos.
Uno de los cambios más significativos es la modificación del concepto de riesgo. La legislación actual permite internaciones involuntarias únicamente ante un “riesgo cierto e inminente”, un criterio restrictivo que prioriza la autonomía del paciente. La nueva propuesta lo reemplaza por el de “riesgo grave de daño para la vida o la integridad física”, una formulación más amplia que habilita intervenciones en etapas previas y busca evitar situaciones límite.
En esa línea, el proyecto también introduce un criterio “situacional” para las internaciones involuntarias, permitiendo considerar antecedentes, hechos previos y la evolución probable del paciente sin tratamiento. Aunque se mantienen como un recurso excepcional, se amplían los supuestos en los que pueden aplicarse.
Otro punto clave es el refuerzo del rol de la psiquiatría dentro del sistema. Mientras que la ley vigente establece equipos interdisciplinarios sin jerarquías explícitas, la iniciativa del Ejecutivo exige la participación obligatoria de al menos un médico psiquiatra en instancias críticas como evaluaciones, dictámenes e inspecciones. Esto consolida un corrimiento hacia un enfoque técnico-médico con mayor peso de esa especialidad.
El proyecto también modifica los requisitos formales para las internaciones. Se establece que deberán contar con el dictamen de dos profesionales de distintas disciplinas, uno de ellos psiquiatra. En casos excepcionales, se habilita que un solo médico disponga la internación, siempre que sea revalidada dentro de las 24 horas.
En paralelo, se refuerza la intervención judicial. Los jueces deberán ser notificados en un plazo máximo de 24 horas y contarán con tres días para autorizar, requerir información adicional o rechazar la medida. Incluso podrán ordenar una internación involuntaria si consideran que se cumplen los requisitos y el sistema de salud se niega a aplicarla.
Otro cambio relevante es el reconocimiento explícito de hospitales psiquiátricos y clínicas privadas como parte de la red de atención, en contraste con la orientación de la ley vigente hacia la desmanicomialización y el fortalecimiento de hospitales generales.
En cuanto a las altas y externaciones, el nuevo esquema otorga mayor autonomía a los equipos de salud, que podrán definirlas sin necesidad de autorización judicial. Además, se habilitan medidas de seguimiento y protección por hasta seis meses después del alta.
El proyecto también incorpora de manera más explícita el abordaje de las adicciones dentro de la salud mental, con la posibilidad de implementar dispositivos específicos, tanto ambulatorios como de internación, definidos por la autoridad de aplicación.
En términos generales, la iniciativa amplía el objeto de la ley, sumando a la protección de derechos aspectos como la prevención, el tratamiento, la rehabilitación y la inclusión comunitaria. Sin embargo, el cambio más profundo es conceptual: mientras la normativa vigente prioriza la desinstitucionalización y el control externo del poder médico, la reforma propone un sistema con mayor capacidad de intervención sanitaria y un rol central para la psiquiatría.
Ese corrimiento reabre un debate de fondo en el campo de la salud mental: el equilibrio entre la protección de derechos individuales y la necesidad de intervenir de manera temprana ante situaciones de riesgo. El tratamiento del proyecto en el Congreso será el escenario donde esas tensiones vuelvan a ponerse en discusión.
A continuación, las principales diferencias entre la normativa actual y la propuesta oficial.
✔ Objeto de la ley
- Ley vigente: Enfoque centrado en la protección de derechos y enfoque comunitario de la salud mental, con eje en la desmanicomialización y abordajes comunitarios.
- Proyecto de reforma: Se amplía el alcance e incorpora prevención, promoción, tratamiento, rehabilitación, recuperación e inclusión comunitaria. Refuerza la noción de intervención sanitaria activa, no solo de protección de derechos.
✔ Enfoque general
- Ley vigente: Predominio de un enfoque interdisciplinario con fuerte perspectiva social y de derechos humanos. La psiquiatría es una disciplina más dentro del equipo.
- p`royecto de reforma: Se refuerza el enfoque técnico-médico, con mayor peso de la intervención sanitaria. La psiquiatría pasa a ocupar un rol central en evaluación, diagnóstico e internaciones.
✔ Equipos interdisciplinarios
- Ley vigente: Equipos interdisciplinarios sin jerarquía explícita entre disciplinas. No exige obligatoriamente psiquiatras en todas las instancias.
- Proyecto de reforma: Obligatoriedad de que los equipos incluyan al menos un médico psiquiatra. Requisito reiterado para evaluación, dictámenes de internación, inspecciones y conducción.
✔ Adicciones
- Ley vigente: Consideradas parte de la salud mental, con énfasis en abordajes comunitarios y sociales.
- Proyecto de reforma: Mantiene la integración, pero refuerza el abordaje clínico. Habilita dispositivos específicos definidos por la autoridad de aplicación, incluidos internaciones.
✔ Concepto de riesgo
- Ley vigente: Internación involuntaria solo ante “riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”. Interpretación restrictiva del riesgo.
- Proyecto de reforma: Sustituye el concepto por “riesgo grave de daño para la vida o la integridad física”.Formulación más amplia y flexible, menos acotada al momento inmediato.
✔ Internaciones involuntarias
- Ley vigente: Consideradas recurso absolutamente excepcional. Criterios estrictos y alta carga probatoria. Tendencia a privilegiar el abordaje ambulatorio aun frente a cuadros complejos.
- Proyecto de reforma: Se mantienen como excepcionales, pero se amplían los supuestos de procedencia. Se habilita considerar antecedentes, hechos previos y evolución previsible sin tratamiento. Se introduce un criterio “situacional”.
✔ Firma y validación de internaciones
- Ley vigente: Requiere evaluación interdisciplinaria, sin exigencias rígidas sobre especialidades.
- Proyecto de reforma: Exige dos profesionales de distintas disciplinas, uno psiquiatra. Habilita internación decidida por un único médico en casos excepcionales, con revalidación en 24 horas.
✔ Control judicial
- Ley vigente: El juez controla, pero el sistema prioriza la intervención de órganos de revisión. El margen judicial para ordenar internaciones es acotado.
- Proyecto de reforma: Refuerza la intervención judicial. El juez puede ordenar una internación involuntaria si el sistema de salud se niega pese a cumplirse los requisitos.
✔ Altas y externaciones
- Ley vigente: Fuerte tutela externa para evitar prolongaciones indebidas. Tendencia a judicializar decisiones sensibles.
- Proyecto de reforma: El alta y la externación son facultad del equipo de salud. Se habilitan medidas protectorias post-alta por hasta seis meses.
✔ Hospitales psiquiátricos
- Ley vigente: Orientación a cerrar o reconvertir hospitales monovalentes. Prioridad absoluta de hospitales generales.
- Proyecto de reforma: Reconoce expresamente hospitales especializados en psiquiatría y clínicas privadas. Los incorpora formalmente a la red sanitaria.
✔ Inspecciones y derechos humanos
- Ley vigente: Inspecciones amplias del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Participación diversa sin especialización obligatoria.
- Proyecto de reforma: Inspecciones en ámbitos de salud mental solo por equipos interdisciplinarios con psiquiatra obligatorio. Cambia el perfil del control externo.
✔ Código Civil y Comercial
- Ley vigente: Mantiene coherencia con el concepto restrictivo de internación involuntaria.
- Proyecto de reforma: Modifica artículos clave para alinearlos con el nuevo concepto de riesgo grave. Amplía excepciones al consentimiento informado en emergencias.
✔ Clivaje central
- Antes: predominio de la lógica de derechos, desinstitucionalización y control externo del poder médico.
- Ahora: fortalecimiento del poder sanitario, del criterio médico-psiquiátrico y de la capacidad de internar ante situaciones de riesgo ampliadas.
Fuente: parlamentario.com





