A pocos días del inicio del calendario de pagos de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), el Gobierno informó que un grupo de beneficiarios de Pensiones no Contributivas (PnC) podría quedar excluido del cobro debido a un nuevo requisito de residencia.
La medida fue establecida a través de la Resolución 918/2024 y busca un mayor control sobre el uso de los fondos públicos. Según el documento, los titulares que permanezcan fuera del país por más de 90 días consecutivos perderán el derecho a la prestación. Para verificar este requisito, se utilizarán datos de la Dirección Nacional de Migraciones.
Suspensión del beneficio
En caso de que se detecte el incumplimiento del requisito de residencia, ANSeS suspenderá el pago de la pensión. Para recuperarla, el titular deberá solicitar la reactivación y demostrar que volvió a residir en Argentina.
Si la suspensión se convierte en una baja definitiva, el beneficiario podrá presentar un recurso de reconsideración ante la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Sin embargo, si la apelación es rechazada, no habrá otra instancia de reclamo.
¿Qué pensiones administra ANSES?
El organismo previsional gestiona diversas pensiones, entre ellas:
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)
- Pensión por Invalidez
- Pensiones no Contributivas para:
- Madres de 7 hijos o más
- Ex combatientes de Malvinas
- Presos políticos
- Beneficiarios de pensiones graciables, por vejez o especiales
Montos y calendario de pago de enero
Los pensionados recibirán sus haberes con un aumento del 2,4 % más un bono de $70.000, quedando los montos finales de la siguiente manera:
- PUAM: $282.725
- PnC por Invalidez y Vejez: $256.134
- Pensión Madre de 7 hijos: $335.907
El calendario de pagos de enero se distribuirá de acuerdo con la terminación del DNI:
- Pensiones No Contributivas:
- DNI terminados en 0 y 1: 9 de enero
- DNI terminados en 2 y 3: 10 de enero
- DNI terminados en 4 y 5: 13 de enero
- DNI terminados en 6 y 7: 14 de enero
- DNI terminados en 8 y 9: 15 de enero
- Jubilados con haberes mínimos: Desde el 9 hasta el 22 de enero
- Jubilados con haberes superiores: Desde el 23 hasta el 29 de enero
¿Qué ocurre con la pensión tras el fallecimiento del titular?
ANSES garantiza la continuidad de algunos beneficios en caso de fallecimiento del titular:
- Pensión Madre de 7 hijos: Puede ser cobrada por el viudo o conviviente incapacitado para trabajar.
- Pensión por Vejez: Puede ser otorgada al cónyuge no divorciado ni separado legalmente o a una concubina con al menos cinco años de convivencia declarada. En ambos casos, la persona debe ser mayor de 70 años, estar incapacitada para trabajar y haber estado a cargo del titular.