Federico Arnaldo Villalba tiene 49 años y poco más de 20 los transcurrió en ejecución penal por tres robos calificados, un caso de violencia de género y lesiones y dos condenas por violar la Ley 23.737, narcotráfico.
Es sanjuanino y albañil y ayer quedó al borde de volver a una celda de prisión. Fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas a cuatro años y seis meses de cárcel penalmente responsable como partícipe necesario del delito de “transporte de estupefacientes”.
El debate con tribunal unipersonal representado por el juez Fabián Gustavo Cardozo, el fiscal Pablo Ricardo Di Loreto y el defensor oficial Mariano Romero, se inició a las 8.30 y estaba pautado que también la encartada en la misma causa, por organizar envíos de marihuana en encomiendas desde Jardín América a la capital cuyana, Gisella Ruarte sea juzgada.
En el caso de Ruarte, se informó al inicio el debate que había aceptado firmar un acuerdo de juicio abreviado por la misma imputación que Villalba pero a tres años de prisión. La condena no había sido notificada aún a los integrantes del TOF-Posadas por lo que el juez Cardozo dispuso que se completará el abreviado o sería declarada en rebeldía la sanjuanina ya que a la hora agendada no se había presentado al juicio ni solicitado hacer vía remota desde su provincia.
Situación similar corrió para Villalba que, en los 30 minutos de cuarto intermedio que solicitó Cardozo, fue ubicado y se presentó ante las autoridades judiciales federal sanjuaninas y se conectó a la plataforma para debates a distancia.
Ruarte y Villalba fueron demorados por gendarmes en el estacionamiento de la terminal de colectivos de San Juan el 21 de mayo de 2015, luego que el colectivo que partió desde Puerto Iguazú llegara a este destino sin la encomienda que ellos esperaban y que ocultaba seis panes de marihuana prensada, envueltos en papel aluminio, cinta de embalaje y grasa mecánica.
El envío con un remitente con datos robados a un misionero, fue descubierto por los agentes de Gendarmería apostados en el control vial de la ruta nacional 105 en Fachinal próximo al cruce con la ruta nacional 14 en San José.
Desde el Juzgado Federal de Posadas se solicitó que en San Juan se esperara a que Gisella Ruarte se presentara a recoger la caja narco, ya que con su nombre y apellido figuraba como destinataria. Cuando apareció en la ventanilla de la empresa de transporte, los investigadores de Gendarmería no tardaron en demorarla, pero también a Villalba quien la esperaba sobre la motocicleta Yamaha 125 y que la condujo hasta ese punto.
Ambos fueron supeditados a la investigación iniciada en Posadas y continuaron en libertad.
Sin embargo los problemas de Villalba con la ley continuaron y volvió a prisión en 2018 por robo calificado y por lesiones en contexto de violencia de género.
En marzo de este año recuperó la libertad y se cumplieron los nueve años de la causa federal abierta en Misiones. Durante el transcurso del debate ayer, se remarcó que las distintas complicaciones para conformar el Tribunal Federal de Posadas desde el 2018. Cuando fue elevado a juicio el expediente, el posterior contexto de pandemia demoraron la resolución.
Para el defensor oficial Romero, en su alegato, los seis años de elevado el requerimiento de debate transcurridos “no constituyen un plazo razonable y solo muestra el desinterés del Estado”. Por este punto solicitó el sobreseimiento de Villalba. Pero también insistió en la absolución porque consideró que el delito no se concretó porque la droga no llegó a destino y tampoco, entendió, hay pruebas o indicios que involucren a Villalba. “Es incerteza, duda razonable, no se probó que Ruarte y Villalba hayan ido juntos a buscar la encomienda, no hay testigos, no hay videos (…) Los treinta segundos que Villalba se detuvo a saludar a Ruarte en la terminal no lo implican”.
El fiscal coadyuvante Di Loreto detalló el delito puntillosamente y a su turno de replicar el alegato de la defensa manifestó: “No existe un tiempo razonable fijado como exacto y corresponde a las situaciones y características de cada litigio, su complejidad. Y en este caso puntual no transcurrieron los 12 años que indica el Código Penal Argentino (artículo 62, inciso 2) (…) y los fallos citados de la jurisprudencia por la defensa son tres ejemplos de 17, 18 y 21 años”.
Los alegatos también colisionaron en la cantidad de THC (tetrahidrocannabinol) por gramo que contenían los 5,533 kilogramos de cannabis sativa escondidos en la encomienda. Para Romero no eran suficiente para generar las alteraciones de un narcótico. Para el informe de laboratorio del expediente un total de 169 gramos habrían permitido 48 mil dosis umbrales (“porros” para mayor claridad).
Villalba antes del cuarto intermedio del juez Cardozo para definir su fallo, instó por su inocencia: “Nadie puede decir que esa encomienda era para mí y sobre mi pasado no me pueden juzgar. Ya pagué en prisión”.
A las 15.43, se reanudó la audiencia y se leyó la sentencia de cuatro años y seis meses de cárcel a cumplirse una vez que la decisión quede firme y se le compute la reincidencia.