Nuevamente las asociaciones de productores yerbateros de Misiones consiguieron que la Justicia admita sus peticiones de recursos de amparo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 del presidente Javier Milei, que desreguló el mercado yerbatero y quitó las facultades de control al Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).
Esta vez, fue el juez Civil y Comercial 5, Fernando Escalante, quien falló a favor de Marcelo Hacklander (Unión de Agricultores de Misiones – UDAM), además director por la Producción en el Instituto, patrocinado por el abogado Pedro Armando Duarte.
En la resolución a la que accedió PRIMERA EDICIÓN, se pudo saber que la demanda fue ingresada el 13 de mayo pasado. Se apuntó a la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de los artículos 164 al 168 del DNU de Milei que “podaron” las facultades del INYM. Por esta razón, además del análisis constitucional, pidieron al juez Escalante que admita un amparo “con el fin de garantizar el efectivo derecho a la salud de los consumidores del producto a vender a futuro, y en resguardo de la economía familiar integral del grupo vulnerable constituido por los pequeños productores yerbateros de la provincia de Misiones, que, acatando a las normativas nacionales, apostaron al trabajo del suelo argentino”.
Paralelamente, la presentación judicial solicitó al mencionado magistrado que “se suspenda -en lo que a importación de yerba mate se refiere- la aplicación de toda disposición reciente que la Secretaría de Comercio Nacional que posibilite la importación de yerba mate canchada de Paraguay y/o Brasil ingrese al país con mayor facilidad, obviando las normativas del INYM, el Código Alimentario Nacional y el Reglamento Técnico Mercosur, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”.
Es que el productor denunció que “lamentablemente, aprovechando de la política macroeconómica, distintos importadores impulsados por un afán de lucro desmedido, compran yerba mate en Paraguay y Brasil, evitando los controles sanitarios previamente citados, poniendo en riesgo la salud de miles de consumidores y también de los mercados internacionales, ya que se exporta esta yerba como si fuera argentina, aprovechando el prestigio que tiene la misma y su calidad”.
El planteo contra el DNU
En los argumentos, Hacklander explicó que “el mercado yerbatero es imperfecto (configurado en un extremo por 15.000 familias de cosecheros, 13.500 productores, 200 secaderos y 100 molinos) necesitando la intervención del Estado, por cuanto pocos compradores pueden determinar el precio de compra de materia prima y además determinar el precio de la venta al público, es decir compran barato y venden caro maximizando ganancias”. Alegó que “…por las características de este sistema, no puede aplicarse lisa y llanamente las reglas de la oferta y la demanda”.
Recordó el dirigente yerbatero que “… recientemente y como consecuencia de la desregulación decretada por la Secretaría de Comercio de la Nación, incorporó a la yerba mate en el listado de artículos alcanzados con facilidades para ser importación, razón por la cual, varios molinos e importadores industriales comenzaron a importar de países limítrofes dicho producto, bajo la forma canchada fina”.
Hacklander denunció que “Ello hace que, el producto se disfrace de alimento, y por lo tanto evada los controles ordinarios que se hacían de la hoja canchada normal, obviando de esta manera, las normativas del INYM, el Código Alimentario Nacional (art. 1193 y ss.) y la Resolución 12/11 Reglamento 3 Técnico para el Mercosur – de metales pesados”.
Hizo saber que ello “afecta a pequeños, medianos y grandes productores de esta economía regional, como ser: estándar de calidad, salubridad, stock, riesgo de pérdida de mercados internacionales, prestigio de nuestro suelo y equilibrio de mercado”. Y sostuvo que “… uno de los principales motivos es la importación de materia prima proveniente de países limítrofes, ya que sus estándares de producción difieren de los establecidos en nuestro país y, por ende, el producto final no responde a la calidad esperada. Ello se debe principalmente a la presencia de metales pesados en el suelo que, según el estudio de riesgo que se hizo desde INYM, demuestra que la yerba que proviene de Brasil y Paraguay contiene altos niveles de metales pesados que superan los límites internacionales para la exportación”.
En el escrito judicial, además de repasar los estándares de calidad que se exigían mientras el INYM pudo controlar el ingreso de yerba extranjera, Marcelo Hacklander advirtió que “aparece el cierto y vigente riesgo de importar esa yerba de Brasil y de Paraguay, para ponerla en los paquetes nacionales y que sean exportados o consumidos en el mercado local”; y “además, rompe el equilibrio de nuestro mercado, teniendo en cuenta que la yerba mate es un producto que se tiene que estacionar durante un año”.
El fallo de Escalante
El titular del Juzgado Civil y Comercial 5 de Posadas, admitió los planteos para resolver ayer 16 de mayo la cautelar a favor de Hacklander, mientras se aboca al pedido de inconstitucionalidad.
Entonces, ordenó la “suspensión inmediata de todos los efectos los artículos 164 al 168 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 y corolario de todas aquellas normas, actos y/o disposiciones administrativas nacionales dictadas en su consecuencia, que tengan por objeto desregular la comercialización de la yerba mate, liberar las importaciones del producto o materia prima del mismo y altera la estructura, funciones y atribuciones conferidas oportunamente al INYM, de conformidad con su texto original de la Ley 25.564”.
En segundo lugar, suspendió “los efectos de las normas y/o disposiciones y/o actos administrativos dictados que autoricen la importación de materia prima de yerba mate, entendida como tal a la hoja verde de yerba mate y/o yerba canchada, que no cumplimente con los controles de calidad establecidos por la normativa dictada oportunamente por el INYM, Código Alimentario Nacional y Reglamento Técnico del Mercosur, debiendo oficiarse al Estado nacional, para que por su intermedio se comunique a los organismos dependientes del mismo que intervenga en esta actividad, especialmente a la secretaría de Comercio, a la AFIP-DGA, Senasa y todo otro organismo que interviniera o tuviera injerencia en la importación de yerba”, a fin de cumplir su resolución.