En la última etapa de desregulación, durante los años 90, la hoja verde de yerba mate que los productores cosechan y venden a los secaderos y molinos perdió cinco veces su valor, provocando un deterioro económico de los agricultores que terminó en el tractorazo de casi 50 días de protesta, en 2001, y la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).
De acuerdo a un reciente informe del Centro de Economía y Política Argentina (CEPA) la canchada perdió tres veces su valor en el mismo período, con lo cual los pequeños secaderos, que son el eslabón del medio, también resultaron deteriorados en ese período.
Los únicos que mantuvieron su rentabilidad y concentración fueron los grandes molinos, que sostuvieron su precio en góndola durante toda la década, acrecentando sus ganancias.
Este es el panorama que se prevé, y que temen los productores, ahora que se abre una nueva etapa de desregulación del mercado yerbatero, siempre y cuando el Congreso y la Justicia avalen el DNU N° 70 (Decreto de Necesidad y Urgencia) del presidente Javier Milei. Ese decreto fue rechazado por los senadores pero sigue vigente hasta tanto sea tratado por los diputados. Para que caiga definitivamente debe ser rechazado por las dos Cámaras.
Puntualmente, el CEPA sostuvo que “en los noventa se desreguló el mercado, eliminándose la Comisión Reguladora de la Yerba Mate (CRYM) y el Mercado Consignatario Nacional de la Yerba Mate Canchada”.
En la actualidad, el DNU pareciera seguir esta misma lógica con la llamada “modernización” que se propone para el INYM, dentro del paquete de “desregulación” de la economía.
En el gráfico que se observa, el valor de la yerba canchada por tonelada, así como de la yerba verde, caen sostenidamente a lo largo de la década de los 90 a un tercio y a un quinto de su valor, respectivamente. El Centro de Estudios recuerda que “en el caso de la yerba canchada, el valor se ubicaba en $930 pesos/dólares en 1990, lo que equivalía a 1 dólar el kilo y se desploma a $349 pesos/dólares en 2001, equivaliendo a solo 35 centavos de dólar el kilo de yerba”.
A la vez sostiene que “la hoja verde también sufre una caída en su valor por tonelada, desde $202 pesos/dólares en 1990, a $42 pesos/dólares en el año 2001. En paralelo, el precio en góndola de la yerba se mantuvo estable en toda la década. La desregulación sectorial en la década de los 90 significó un claro perjuicio a los productores yerbateros”.
Como contracara, desde 2001, con la creación del INYM el comportamiento del precio al productor en términos reales recupera parcialmente el terreno perdido aumentando 161% entre 2002 (su punto más bajo) y el año 2005.
Actualmente los precios ya comenzaron a deteriorarse. Se describe que “al valor de $250 el kilo de hoja verde, el atraso respecto al precio de góndola llevó a que el productor solo perciba 5,9% del precio. En la práctica, y dado que, a la fecha de realización de este informe, se paga $370 el kilo, el productor percibe 8,7% del precio”.
Los pequeños productores pretenden llevar este valor a $500, lo que equivaldría a casi 12% del precio de góndola (similar al laudo de abril de 2023).
El CEPA considera que la desregulación del precio planteada en el DNU 70, implica que las industrias procesadoras de yerba mate puedan decidir arbitrariamente el precio de pago al productor sin ninguna regulación de precios al productor que garantice la cobertura de costos para afrontar una nueva cosecha. “Resulta difícil imaginar, en este contexto, que los productores logren recibir $500 por kilo de hoja verde”, advierte.
“Esta cuestión se agrava por la decisión del Gobierno de dejar exento de IVA adicional y Ganancias por 120 días a las importaciones de productos de primera necesidad incluyendo yerba canchada y molida en paquetes. Además, se garantizó el pago a treinta días desde el ingreso de la mercadería”, describe el informe.
Y analiza: “en este contexto, se evidencia que el DNU 70 desbalancea aún más la cadena productiva yerbatera, cuya morfología expresa atomización en la producción y concentración en la industria. Si el INYM y las regulaciones asociadas al mismo, buscaban darle herramientas al sector con menor poder relativo en un claro escenario de mercado imperfecto, su eliminación agrava el estado de cosas”.
“El precio al productor difícilmente logre recuperarse en los próximos meses, ya que la medida dispuesta por el DNU deliberadamente incide en la (des)organización al interior de la cadena de valor”, remarca el CEPA.
Qué pierde el INYM con el DNU de Milei
El INYM pierde los registros de identificación de la producción, elaboración, industrialización, y comercialización de la yerba. La promoción de distintas formas asociativas entre productores primarios de yerba mate y en particular a las cooperativas yerbateras de la zona productora.
La realización de acuerdos semestrales entre los distintos sectores participantes del INYM, que coadyuvan en la regulación del precio de la materia prima. El mismo resulta de un acuerdo en el INYM basado en el precio promedio de venta al consumidor de los productos elaborados con yerba mate según las condiciones y estándares de calidad que fije la reglamentación, el cual mediante acta pertinente los sectores deberán respetar.
La constitución, a través del INYM, de fondos con fines específicos.
Con este DNU, el INYM pierde las facultades para implementar medidas que faciliten el equilibrio de la oferta con la demanda, y, en caso necesario, establecer en forma conjunta con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, medidas que limiten la producción.
En efecto, el INYM no solo permitía a los productores ser parte de la discusión del precio (para no salir perjudicados) sino que establecía cantidades de hectáreas para poder plantar permitiendo a los pequeños su participación.
Además, con la derogación de la Ley N°27.114 -que imponía limitaciones al fraccionamiento de la yerba mate con exclusividad en Misiones y Corrientes-, se abre el juego a la compra de materia prima por parte de otras provincias para industrializarse fuera de la zona productora. La Ley justamente buscaba promover la radicación y creación de los establecimientos necesarios para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate en la región productora.
Como si esto no fuese poco, tampoco podrá decomisar la yerba que se esté transportando, exhibiendo y comercializando sin contar con la estampilla que certifica el pago de la tasa de inspección y fiscalización.