Este miércoles, luego de una prolongada reunión que duró más de cinco horas, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares terminó acordando un aumento del 38%, el cual se abonará en dos tramos.
Este nuevo aumento para las empleadas domésticas -y sus diferentes categorías- se aplicará de la siguiente forma: 20 por ciento para febrero, sobre el sueldo de enero, y 18 por ciento para marzo, sobre el sueldo de febrero.
Las partes destacaron que, por primera vez, se logró que el cálculo del incremento salarial sea acumulativo, quedando por encima del Salario Mínimo, Vital y Móvil que recientemente el Gobierno fijó por decreto.
Otro de los puntos a destacar es que el Ejecutivo, los empresarios y la representación gremiales que el próximo 17 de abril habrá una nueva reunión, la cual ya fue fijada y acordada, para evaluar la marcha de los salarios y el impacto de la inflación en los mismos.
Si bien todavía no está los salarios conformados, se puede hacer un estimativo de los básicos, con todos los aumentos liquidados, que quedarán de esta manera:
Según el convenio colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará comprendida en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Dos puntos a tener en cuenta
A su vez, dependiendo el caso hay categorías donde rige un adicional por antigüedad equivalente al 1 por ciento por año trabajado sobre los sueldos mensuales que se abona a partir del 1° de septiembre de 2021 y que comenzó a computarse a partir del año 2020 sin efecto retroactivo.
También existe un adicional “por zona desfavorable” equivalente al 30% sobre cada mínimo para cada categoría, a aquellas personas que presten tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, o el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
El último aumento en el sueldo de los trabajadores de casas particulares fue en enero, cuando las remuneraciones por lo trabajado en diciembre tuvieron una suba del 10 por ciento. Dicho incremento se sumó al 12 por ciento de noviembre y al 12 por ciento de octubre.
Como dato de color, el encuentro se realizó en la sede de la secretaría de Trabajo, en medio de una nutrida marcha del Sindicato de Trabajadoras de Casas Particulares, que no participa de la paritaria.
En este último cónclave asistieron a la reunión funcionarios de los ministerios de Capital Humano, que encabeza Sandra Pettovelo, de Trabajo -a cargo de Omar Yasín-, y del Palacio de Hacienda. También estuvo la parte empresaria y los paritarios de gremios como la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP).
¿Qué tareas realiza cada categoría?
Supervisora
Es el personal encargado de llevar a cabo la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Por ejemplo, un supervisor que controla las tareas de limpieza de un grupo de empleados.
Personal para tareas específicas
Esta categoría incluye principalmente a los cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, como así también toda otra tarea doméstica que requiera habilidades especiales del personal para poder llevarla a cabo.
Caseros
Hace referencia al personal que presta tareas relacionadas con cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Es la única categoría que se presume sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas
Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Esta categoría es la que determina cuál es el sueldo de una niñera o de cuidadores domiciliarios (por ejemplo, una persona que cuida adultos mayores).
Personal para tareas generales
Se encarga de realizar tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Es la categoría más utilizada, ya que comprende a la empleada doméstica o mucama que presta servicios de limpieza y mantenimiento en casas de familia.
Fuente: iprofesional.com