El Gobierno Nnacional dispuso nuevas restricciones para frenar la escalada de los dólares financieros, a raíz de la fuerte suba de los precios que se produjeron en las jornadas.
Los bonos con legislación extranjera deberán permanecer como mínimo cinco días en las carteras de los clientes para luego ser vendidos, según una norma de la Comisión Nacional de Valores publicada hoy en el Boletín Oficial.
Esta disposición hace más riesgosa la operación con estos títulos dados los movimientos que pueden producirse durante el plazo de tenencia conocido en el mercado financiero como parking.
Según lo informado por Ámbito, la medida se tomó con la finalidad de frenar las tensiones que se habían evidenciado en las últimas horas en el mercado de los dólares paralelos y financieros, tanto en el dólar MEP como en el CCL que utilizan las empresas y que tocó a los $934.
También trascendió que el Gobierno prepara otras medidas que serán anunciadas durante la mañana, y que apuntan a elevar los controles vinculados con la verosimilitud de los datos que suele requerir la Comisión Nacional de Valores (CNV) a aquellas firmas financieras que realizan operaciones en el mercado del dólar financiero.
Es importante señalar que para los bonos emitidos bajo ley local se mantiene, hasta ahora, una tenencia mínima en cartera de un día hábil, por lo que el parking no se amplía. La información proviene de la Resolución General 979/2023 que fue publicada en el Boletín Oficial.
Como se dijo, se establece que en el caso de las “ventas de valores negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera”, deben observarse estos plazos mínimos de tenencia: “un día hábil en el caso de valores negociables emitidos bajo ley argentina, y cinco días hábiles en el caso de valores negociables emitidos bajo ley extranjera, “ambos plazos contados a partir de su acreditación en el agente depositario central de valores negociables”.
De esta manera el Gobierno avanza en la implementación de medidas que tienden a bajar la velocidad de la operatoria con bonos, incrementando a la vez el poder de fuego de la mesa de operaciones oficial que suele intervenir en mayor cuantía en las operaciones de bonos bajo legislación local (AL) con respecto a los de legislación extranjera (GD).
Fuente: Agencia de Noticias NA y www.ambito.com