Falta poco para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del próximo 13 de agosto y las generales del 22 de octubre.
A su vez, ya se eligió gobernador en diez provincias que desdoblaron sus comicios de las nacionales. En otros dos distritos se realizaron primarias para cargos locales y en uno se llevaron a cabo las elecciones legislativas. Es decir, que en más de la mitad del país los ciudadanos ya fueron a las urnas para votar a sus autoridades locales.
Si bien en nuestro país el voto es obligatorio, mucho se especula sobre cuál será la participación del electorado en las elecciones nacionales y cómo impactará el desencanto en la asistencia a las urnas.
Un pregunta clave en cada elección es la importancia que tiene el voto en blanco, y cómo impacta en cada una de las instancias electorales.
“El voto en blanco es un tipo de ‘voto válido’ y la cantidad de votos en blanco no es para ninguna agrupación política”, aclaró la Dirección Nacional Electoral.
“Herramienta”
Según explica la Cámara Nacional Electoral, existen diferentes tipos de votos: válidos, que se dividen en afirmativos y blancos, nulos, recurridos e impugnados. El blanco es considerado válido, pero no afirmativo para ninguno de los candidatos.
Una de las dudas más frecuentes es cómo funciona el voto en blanco, el cual se considera cuando el sobre está vacío, cuando contiene un papel sin imágenes, textos ni objetos extraños, o cuando tiene dentro una boleta oficializada, pero le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, únicamente la categoría faltante será considerada voto en blanco.
Según establece la Cámara Nacional Electoral en su página digital, el voto en blanco es “una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”.
Una de las creencias más comunes con el voto en blanco es que beneficia al candidato que más votos haya obtenido. Sin embargo, tal como explica su definición representa el rechazo a todos los candidatos.
¿Cómo se computa el voto en blanco?
El voto en blanco afecta de diferente manera al porcentaje final que obtiene cada candidato, según qué tipo de instancia esté atravesando la elección.
Por ejemplo, en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) los votos en blanco son considerados para el porcentaje final de cada candidato, mientras que en las generales y en un hipotético balotaje es diferente.
En las PASO, los votos en blanco son contabilizados para el recuento final, ya que es una instancia en la que los candidatos deben superar el 1,5% de los votos afirmativos para poder presentarse nuevamente en las elecciones generales.
Distinto es el caso en las generales y un posible balotaje, para los cuales los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional establecen que “se computan únicamente los votos afirmativos válidamente emitidos para proclamar ganadora una fórmula presidencial”.
Es decir, que para estas instancias de los comicios los que definirán al ganador serán únicamente los afirmativos, por lo que el voto en blanco no beneficiará al candidato más votado.
El Código Electoral Nacional, a través de su artículo 149, establece que “resultará electa la fórmula que obtenga más del cuarenta y cinco por ciento (45%) de los votos afirmativos válidamente emitidos.
En su defecto, aquella que hubiere obtenido el cuarenta por ciento (40%) por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y además existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos, sobre la fórmula que le sigue en número de votos”.
La participación electoral en las provincias que ya votaron
Hay diez provincias que ya eligieron a su próximo gobernador. En dos de ellas la participación electoral no llegó al 70%: Río Negro (68,15%) y Salta (69,46%).
En siete distritos la asistencia a las urnas se ubicó entre el 70% y el 80%. Son La Rioja (70,08%), Misiones (71,03%), Tierra del Fuego (71,28%), La Pampa (73,93%), Jujuy (74,74%) y Neuquén y San Luis (ambas con 76,2%). Tucumán, que eligió autoridades el 11 de junio, registró una participación electoral del 83,7%, la más alta hasta ahora en comicios provinciales.
Es decir que, en las jurisdicciones que ya votaron cargos ejecutivos, hubo una participación electoral que osciló entre el 68% y el 84%.
En Corrientes se realizaron elecciones legislativas (votará a su nuevo gobernador en 2025) el mismo domingo que en Tucumán.
Allí la participación fue del 66,03%, una tasa inferior al resto de los distritos, pero con la diferencia de que no se elegían cargos ejecutivos.
Por otra parte, el 11 de junio también se realizaron primarias en Mendoza, con una participación del 65,96% del padrón. Una semana más tarde se realizaron las PASO en Chaco, con una participación del 53,3%.
Los datos históricos desde 1983
“Desde el retorno de la democracia en nuestro país, la participación de las y los ciudadanos en los actos electorales siempre estuvo por encima del 70%; exceptuando las elecciones PASO del año 2021, realizadas en el contexto de la pandemia de COVID-19.
Con una participación cercana al 68% del padrón electoral, fue la elección con más baja participación”, informa el Observatorio Político Electoral, que depende del Ministerio del Interior de la Nación.
La serie histórica muestra los registros más altos de participación en la década del 80: un 85,6% en las presidenciales de 1983, que significaron el retorno de la democracia y en las que resultó electo Raúl Alfonsín (Unión Cívica Radical), y un 85,31% en las de 1989, con el triunfo de Carlos Menem (Partido Justicialista).
En las dos siguientes elecciones presidenciales la participación bajó, aunque se mantuvo en niveles altos: 82,08% en 1995 para la reelección de Menem y 82,32% en 1999, en las que se impuso el radical Fernando de la Rúa (Alianza).
En la década siguiente volvió a bajar la participación electoral. Las primeras elecciones presidenciales tras la crisis de 2001 fueron las de 2003. En esos comicios la participación fue del 78,2%.
Menem obtuvo el primer puesto, pero luego renunció al balotaje y Néstor Kirchner (Partido Justicialista), que había salido segundo, llegó a la Casa Rosada.
En 2007, fue electa presidenta Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria) tras una participación del 76,18%. Cuatro años más tarde fue reelecta en comicios con una participación de 79,39% del padrón.
En 2015 continuó la senda de aumento: 81,07% en las generales y 80,77% en el balotaje, en el que Mauricio Macri (Cambiemos) superó a Daniel Scioli (Frente para la Victoria).
En las últimas elecciones presidenciales, las de 2019, Alberto Fernández (Frente de Todos) fue electo presidente con una participación del 80,4%.
Un dato para destacar: desde que existen las PASO (2011), siempre se registra una mayor concurrencia en las elecciones generales que en las primarias.
¿Para qué sirven las elecciones PASO?
Es el acrónimo de Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Primarias quiere decir que es una primera elección para definir candidaturas, no cargos.
Es decir que en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias no se elige quiénes serán presidente, diputados y senadores, sino quiénes serán los candidatos a dichos cargos. Son abiertas porque cualquier ciudadano puede votar en el frente electoral o partido político que quiera, sin necesidad de estar afiliado.
Son simultáneas porque se realizan el mismo domingo en todo el país (este año, el domingo 13 de agosto) y son obligatorias porque todos los ciudadanos empadronados tienen el mismo deber de votar que en una elección general.
De precandidato a candidato
Las PASO son elecciones nacionales que se realizan 2 meses y medio antes de cada elección general: el segundo domingo de agosto y el cuarto domingo de octubre, respectivamente. Este año serán el 13 de agosto y el 22 de octubre, respectivamente.
Sirven para definir por el voto popular una candidatura presidencial cuando un mismo frente electoral tiene 2 o más aspirantes a esa postulación.
Lo mismo ocurre cuando un espacio político tiene 2 o más listas de postulantes a diputados y senadores nacionales: para que en octubre ese espacio tenga una sola lista. En las PASO los postulantes se llaman precandidatos. En octubre ya son candidatos.
Fórmula única
Las PASO se realizan de igual manera porque son obligatorias y, en caso de que no haya una disputa interna, la única fórmula presidencial no compite contra ninguna otra.
De manera tal que para la opinión pública es un anticipo de la fortaleza electoral que podría lograr ese espacio en la elección general.
Por ejemplo, en 2011, año de debut de este sistema de primarias, la fórmula Cristina Fernández de Kirchner-Amado Boudou, del Frente para la Victoria, no tuvo rivales internos y cosechó el 50,24% de los votos, que en octubre de ese año creció al 54,11%.
Sin embargo, aunque no haya una disputa interna real en un frente electoral, todas las listas y las fórmulas deben superar en las PASO el 1,5% de los votos válidamente emitidos en ese distrito y para esa categoría (exigencia del artículo 45 de la ley de las PASO). Si no lo superan, no pueden presentarse a las elecciones generales de octubre.
¿Cómo era antes?
Los caminos institucionales tradicionales son los congresos partidarios, los acuerdos de cúpulas o la decisión de las élites partidarias.
Las PASO surgieron como regla nacional, con el propósito de permitir la competencia interna cuando no hay posibilidad de resolver candidaturas por estas vías, y brindar la posibilidad a las minorías partidarias de dar pelea en una elección primaria, al amparo de una ley nacional.
Segundo en Tierra del Fuego
Mientras el gobernador Gustavo Melella festejaba el 15 de mayo en el búnker del Centro San Martín de Río Grande el 54% de los votos que le permitió la reelección, sus colaboradores y los principales referentes de la oposición se mostraban sorprendidos y preocupados por los inéditos porcentajes de voto en blanco, que increíblemente ocupaba el segundo lugar, por encima de todos los candidatos de la oposición.
De acuerdo con el Juzgado Electoral de Tierra del Fuego, 14.053 personas (20,97%) no pusieron ninguna boleta en el sobre que luego depositaron en la urna. Se trata de algo menos de la mitad de los 35.493 sufragios que eligieron la lista del oficialismo, Forja.
Pasadas las 22, el voto en blanco le ganaba al principal rival de Melella, Héctor “Tito” Stefani, del PRO, que alcanzaba los 7.073 sufragios provinciales, un 10,20% del total, pero también a Laura Andrea Almirón de Pauli, de Republicanos Unidos, que a nivel nacional recibió el apoyo del precandidato presidencial Javier Milei y acumulaba el 7,36%.
Por detrás de todos ellos se ubicaban Pablo Daniel Blanco, que encabezó la boleta de Juntos por el Cambio y obtuvo el 5,73% de los votos, y Lucía Zulma Fernández, del Frente de Izquierda y Trabajadores-Unidad, que terminó última, con el 2,77%.
Características del voto en Argentina
Además de los válidos, los nulos y los impugnados completan los tipos de votos posibles de cara a una elección. A continuación, las principales características de cada uno de ellos:
Votos nulos:
• Se emite mediante boleta no oficializada. Por ejemplo, boletas de elecciones anteriores y/o de otros distritos.
• En el sobre junto con la boleta se hallan incluidos objetos extraños a ella, tales como monedas, estampitas, etcétera.
• Boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo.
• Boletas oficializadas de distintas listas de una misma agrupación política para la misma categoría de cargos.
• Boletas oficializadas que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contengan, por lo menos, el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir.
• Boletas oficializadas que contienen inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en los casos de tachaduras, agregados o sustituciones.
Votos de identidad impugnada:
• Voto sobre el cual Usted, el Vicepresidente (vocal auxiliar) o los/as fiscales consideran que el votante no es el titular del documento cívico que presenta.
• Debe seguir este procedimiento en el caso de que se presente un elector identificado –con un grisado- en el padrón como “ausente por desaparición forzada”.
• Los votos de identidad impugnada serán contabilizados, pero no abiertos ni escrutados en la mesa.
• Se enviarán cerrados a la Justicia Nacional Electoral para que ésta decida sobre su validez o nulidad.
Características del sufragio:
• Universal: todos los argentinos y argentinas, independientemente de su sexo, raza, religión, etc., son titulares del derecho al sufragio a partir de los 16 años de edad.
Todos los electores o electoras que tengan 16 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las Elecciones Primarias y en las Elecciones Generales. Esto significa que quienes tengan 15 años pero cumplan los 16 hasta el día de las Elecciones Generales, inclusive, deberán concurrir a votar.
Los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva, tienen derecho a emitir su voto en todos los actos eleccionarios que se celebren durante el lapso en que se encuentren detenidos.
• Igual: el voto de todas las personas tiene el mismo valor. Este principio se expresa de la siguiente manera: “un ciudadano, un voto”.
• Secreto: el voto se emite en ciertas condiciones que impiden conocer qué eligió cada elector o electora y nadie puede ser obligado, antes o después del acto electoral, a revelar su voto.
• Libre: ninguna persona puede ser forzada a votar a favor o en contra de alguna agrupación política o candidatura determinada.
• Obligatorio: todo elector o electora que se encuentre habilitado está obligado a votar.
Sufragar es obligatorio, pero…
El voto es considerado un derecho pero también una obligación, que -en caso de no ser cumplida- puede ocasionar multas y sanciones. No obstante, es importante aclarar que el Código Electoral Nacional no establece ninguna penalidad para los votantes de 16 y 17 años.
El Código Electoral Nacional establece que están obligadas a votar todas aquellas personas que figuran en el Registro Nacional de Electores, que es donde figuran todos los electores habilitados. Por el contrario, quienes no aparezcan en el padrón electoral no podrán votar.
Los electores mayores de 18 años y menores de 70 años que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $ 50 y $ 500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas (Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral).
Alejandro Tullio, profesor de Derecho y Administración Electoral en la Universidad Nacional de San Martín y director de la Dirección Nacional Electoral entre 2001 y 2015, explicó a Chequeado que “el Código Electoral establece sanciones para quienes no voten, como la imposibilidad de renovar el pasaporte o realizar otros trámites; sin embargo, es suficiente con el pago de la multa para quedar nuevamente habilitado”.
El Código Electoral Nacional dispone que algunos votantes no están obligados a sufragar. Se trata de los jueces y auxiliares que deban cumplir funciones durante los comicios; y las personas que se encuentran a más 500 kilómetros del lugar de votación.
También están exceptuados los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor; y el personal de organismos o empresas de servicios públicos que deba realizar tareas que le impida asistir al comicio.
La justificación del no voto debe realizarse en el Registro de Infractores al deber de votar, ante la Cámara Nacional Electoral o la secretaría electoral correspondiente al domicilio de la persona.
Fuente: Medios Digitales