El Ministerio de Trabajo dictó este lunes por la noche la conciliación obligatoria por 15 días para evitar un paro en el servicio de colectivos y trenes previsto para este martes, en reclamo al pago de un bono de 50.000 pesos para los jubilados del sector y frente al impacto salarial del impuesto a las Ganancias.
De esta manera, el Gobierno frenó la medida de fuerza por 24 horas que había determinado la Unión General de Asociaciones de Trabajadores del Transporte (UGATT).
El paro nacional masivo iba a afectar al 80 por ciento de las actividades del transporte público. Entre ellas colectivos, trenes, remises, camiones, recolectores, controladores aéreos y todos los puertos del país.
“La Unión Tranviarios Automotor (UTA) comunica a sus afiliados y a la sociedad en general que se han iniciado conversaciones con el gobierno, a fin de buscar alternativas para arribar a soluciones urgentes, frente al reclamo por la recomposición en los haberes de nuestros jubilados. De tal manera, acordamos establecer un plazo para que se presenten las pautas oficiales que den respuesta al pedido formulado por la Unión General de Asociaciones de Trabajadores del Transporte (UGATT)”, precisó el gremio que encabeza Roberto Fernández.
En un comunicado difundido a la prensa, la UTA agregó: “Por lo tanto, anunciamos que momentáneamente queda suspendida la medida de fuerza anunciada para mañana martes 8 de noviembre. Entendemos que las autoridades nacionales han comprendido la emergencia y justicia de nuestro pedido, y confiamos en su compromiso, para que en los próximos días puedan hacernos llegar una propuesta que garantice los derechos de nuestros mayores, y respete la dignidad que se merecen, tras años de esfuerzo brindando un servicio esencial a toda la sociedad”.
En la resolución del Ministerio de Transporte se da “por iniciado un período de conciliación obligatoria por el término de quince días, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11° de la normativa preindicada, debiendo retrotraerse la situación a la existente con anterioridad al inicio del conflicto y por el plazo de duración del presente procedimiento conciliatorio”.
Asimismo, se intimó “al sector empleador enunciado en el artículo 1°, durante el período y con los alcances dispuestos en el Artículo 2°, a abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal, respetando las disposiciones previstas”.
Además, se exhorta “a las partes en conflicto a mantener la mejor predisposición y apertura para negociar los temas sobre los cuales mantienen diferencias y contribuir, de esa manera, a la paz social y a mejorar el marco de las relaciones laborales en el seno de las empresas involucradas”.
Fuente: agencia Noticias Argentinas