El Gobierno intensificó las restricciones cambiarias para el turismo al exterior. A través de una resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó del 35% al 45% la retención impositiva para quienes hagan gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito.
De esta forma, todas las operaciones en dólares pasarán a tener una mayor percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales. El otro impuesto que tiene el “dólar turista”, conocido como impuesto PAIS, continuará con la alícuota del 30%.
Asimismo, no habrá modificaciones en la carga impositiva del “dólar ahorro”, la compra de moneda extranjera para atesoramiento de las personas físicas que tiene un tope mensual de USD 200. En ese caso, la carga impositiva continuará siendo del 65%.
Según un comunicado oficial, la AFIP decidió instrumentar “medidas tendientes a robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”.
“La Resolución General 5232 adecua la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para un conjunto de las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%”, señaló el comunicado.
“La actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior. La normativa excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento que continuará en 35%. Las adecuaciones en la percepción entrarán en vigencia el 14 de julio”, agregó la resolución.