Las redes sociales se han convertido en un canal más donde hacer circular recomendaciones ante la pandemia del coronavirus. Sin embargo, también circula muchísima información falsa que sin saberlo, muchos comparten a sus contactos.
De esa forma se expande la alarma cuando en realidad lo que debería primar es la calma. Y si se forma una cadena de información que podría ser falsa, es porque hubo alguien que la inició irresponsablemente. Este es el caso de un vecino de Eldorado, quien fue demorado por la Policía por realizar posteos alarmistas en su perfil de Facebook.
Fue el Juzgado de Instrucción 3 de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del magistrado Martín Brites, desde donde se ordenó iniciar una investigación contra un hombre de 42 años, quien había publicado textualmente: “Pinta pororó, 14 casos sospechosos en el SAMIC. Al lado de Pediatría encima los ponen. Dios mío”.
En otros posteos sostenía que se había desatado una guerra mediática, al citar una publicación de un medio que cuestionaba las supuestas amenazas de autoridades provinciales contra noticias falsas. Además afirmaba que hasta el mismo presidente de la República tendría coronavirus, dado que la Primera Dama estuvo en nuestra provincia en contacto con supuestos infectados.
El juez entendió que se podía estar frente a un caso tipificado como de Intimidación Pública, artículo 211 del Código Penal Argentino. Asimismo, el caso reuniría todas las características para iniciar una causa de acción privada por “injuria”.
De esta manera tomó intervención la autoridad policial, quien informó al sospechoso de la situación que se presentaba con las publicaciones que había hecho circular.
En horas del mediodía de ayer, se presentó en la Comisaría Segunda de Eldorado, y tras ser notificado formalmente quedó demorado en averiguación de sus antecedentes, mientras la Justicia define su situación procesal.
De ser hallado responsable de los delitos tipificados en el artículo 211 podría caberle una pena de dos a seis años de prisión, además de la sanción que tendría por el delito de “injuria”.
Encuadre legal
Artículo 211 del Código Penal.
“Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos”.