Niños expuestos al acoso sexual a través de redes sociales en Internet. La problemática en alerta no excede a Misiones ni a la región.
Durante los últimos meses la labor de rastreo de presuntos pedófilos y abusadores de menores que utilizan soportes de comunicación digital aumentó de la mano de las distintas denuncias penales.
Instrucción 6 a cargo de Ricardo Walter Balor, para que se rastree y detenga a quien, utilizando el falso perfil de una adolescente, atosigaba a su hijo para que grabara y le enviara videos desnudo, con insistente hincapié en sus genitales.
La estrategia para engañar al niño se basó en el contacto como par, como una muchacha que quería conocerle el rostro a través de la red Instagram. Una vez que lo logró, le pidió la primera imagen desnudo, la víctima accedió sin darse cuenta que se lo podía identificar, se lo reconocía en la fotografía.
Desde ese momento el padecimiento para el menor fue doble, literalmente fue chantajeado a que se filmara desnudo en múltiples poses sexuales, de lo contrario los archivos anteriores le serían enviados a sus amigos.
Ya no se trataba de dos niños en comunicación virtual sino de un victimario impiadoso chantajeando a su víctima con el escrache social.
La situación fue límite para el menor cuando a uno de sus amigos, reales, de infancia, de colegio, de barrio y cotidianidad le fue enviada la imagen y se lo consultó, le preguntó qué significaba o qué le había sucedido.
El niño estalló en la desesperación y recurrió a sus padres. Estos sin dudar, fueron a la Policía provincial y se dio intervención a la Justicia y a la Dirección Cibercrimen para iniciar la investigación.
A la par de la pesquisa, fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN, ratificaron que se investiga el perfil del usuario en Instagram y se pudo establecer que detrás del rostro y nombre falso se escondería un acosador que persigue a cerca de 200 menores de características similares, varones y menores de 15 años.
Las mismas fuentes destacaron la reacción de los padres en denunciar lo sucedido de inmediato, para atrapar al autor y para poner a resguardo a posibles nuevas víctimas.
Alertaron también que el aumento de casos relacionados o directamente contemplados por el delito de grooming es preocupante y ya no se replica únicamente en temporada de clases, por el contrario, se replican hoy en vacaciones y en cualquier espacio de contacto.
Encuadre legal
De acuerdo al artículo 128 del Código Penal “será reprimido con prisión de tres a seis años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus genitales”.
En cuanto a grooming amplía en el 131: “Será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas o cualquier otra tecnología de transmisión, contactare a un menor, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.