La notificación lleva la firma del prosecretario del Tribunal Electoral, Carlos Schtainer y fue notificado ayer a las partes intervinientes. Los sectores, cada uno por su lado, pidieron al Tribunal Electoral que considere los puntos que cada parte cree que no les favorecía.
La referente de la línea Poder Cívico, Karina Capli explicó a PRIMERA EDICIÓN que “nosotros nos presentamos diciendo que nos parece que el error no fue subsanado y lo argumentamos. El partido hizo lo mismo, fundamentó que se presentó una nueva Carta Orgánica, que se trata de la reformada en diciembre pasado. Pero, resulta que también presentamos un pedido de nulidad de estos artículos modificados, que ‘oh casualidad’ el fallo de la Justicia Federal salió el 29 de este mes. Y fue con este documental que las autoridades del partido acudieron al Tribunal Electoral diciendo que ellos estaban actuando con esa Carta Orgánica”.
“Sin embargo, aún así, las autoridades de la UCR no cumplieron con la misma porque dice expresamente que la lista estará a cargo del Comité Provincia aprobada por la Convención por el 2/3 de los miembros. Y repasemos: sí son 120 personas, se necesita al menos 90 para cumplirlo y el domingo pasado, la votación resultó 59 a 17, por lo tanto ni siquiera en eso cumplieron”, aclaró Capli.
La abogada además mencionó que “esa reforma no estaba vigente hasta la semana pasada porque había un proceso legal cuestionándola. Salió el fallo del Federal y el Partido presentó como prueba una nueva Carta en la Secretaría Electoral de la Nación”. No obstante, siguió, “ese fallo de la Justicia Federal tampoco está firme porque, a partir del 29 de este mes, tenemos hasta cinco días hábiles para cuestionar y nosotros vamos a apelar”.
Agregó: “Ahora lo que llama la atención es que habiendo un proceso de convocatoria a elecciones salió el fallo de la reforma de los artículos, donde se los habilita a elegir a los candidatos”.
La referente de Poder Cívico comentó que “en uno de los considerandos del fallo, el Tribunal Electoral le dice al Partido que ‘recién’ se hace mención de una presunta modificación a su Carta Orgánica, lo que no figura aquí. Es decir, que no consta en los registros de este Tribunal por lo tanto no resulta de aplicación en el proceso en curso”.
En tanto, a raíz de un planteo de intromisión a la situación interna del partido, el Tribunal consideró que “no es así, ya que nos corresponde el control de legalidad establecida y que se cumplan las leyes”.
A partir de este nuevo “round”, las autoridades de la UCR tienen que cumplir con la manda judicial, sino no participarán en las elecciones del 2 de junio para los cargos provinciales y municipales.
“Nosotros vamos a esperar que el Partido llame a los comicios. Tuvimos la razón porque tuvieron que llamar a reunión de la Convención. Desde agosto del año pasado que venimos reclamando y pidiendo esto”, cerró Capli.
Antecedentes
Cabe recordar que el pasado 27 de marzo, el Tribunal Electoral de la Provincia rechazó los planteos de nulidad presentados por el convencional Ramiro Canale, convalidando, de esa manera, la inscripción del centenario partido dentro del Frente “Juntos por el Cambio”. Canale había cuestionado que la UCR tenía permiso solamente para participar en el Frente “Cambiemos” y que la Convención Radical no podía modificar esa decisión.
Por otra parte, el Tribunal consideró que la manera cómo la Convención eligió a los candidatos que colocará en ese frente fue “irregular”. Por ello ordenó al partido que convoque a elecciones internas para que los afiliados puedan elegir a través del voto a sus candidatos. Según los fundamentos que utilizaron los miembros del Tribunal Electoral para sustentar el fallo, la Carta Orgánica de la UCR establece en sus artículos 111 y 121 que los candidatos deben ser elegidos mediante internas.
La Convención había designado a Luis Pastori como candidato a vicegobernador y ubicó a Jorge Lacour, Cintia Cardozo y Héctor Falsone en la lista de diputados.