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Montecarlo busca familias interesadas en la protección de niños sin cuidados parentales

Las familias deben sumarse al registro del Sistema de Acogimiento Familiar Alternativo, luego capacitarse y así podrán brindar contención a aquellos niños judicializados de manera temporal.

27 marzo, 2024

Con el propósito de conformar el Registro Único de Familias Aspirantes al Acogimiento Familiar de Misiones, el municipio de Montecarlo, a través de la Dirección de Niñez, lleva adelante una campaña para sumar a quienes puedan brindar el cuidado y contención a los niños, niñas y adolescentes que por resolución administrativa o judicial, debieron ser separados de su familia de origen.

Hasta el momento ese municipio, al igual que otros de la provincia, no cuentan con familias interesadas en garantizar el cuidado integral, de carácter temporal, transitorio y no institucional.

Milton Fernández, explicó a PRIMERA EDICIÓN que “la Ley II Nº36 que garantiza los derechos de los niños que se encuentran en esta situación alcanza a todos los municipios de la provincia que son quienes deberían encargarse de difundir el programa y a la vez organizar la inscripción con la Defensoría de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Es por eso que sería bueno que si hay una familia interesada que se inscriba en su municipio”.

En el mismo sentido, Fernández remarcó que en Montecarlo “hasta el momento no tenemos ninguna familia inscripta, por eso también vimos esta necesidad y estamos lanzando esta comunicación para que las personas puedan conocer más de qué se trata, las asesoraremos y así podrán formar parte de este sistema”.

El funcionario contó que “lo que buscamos siempre es que la gente entienda que inscribirse en este registro que se llama Registro Único de Familias Aspirantes al Acogimiento Familiar Alternativo (RUFAAFA) no necesariamente significa inscribirse para adoptar sino que solamente van a funcionar como una familia de cuidado integral, de carácter temporal y no institucional durante el tiempo que el niño esté institucionalizado”.

 

Herramienta útil

A modo de ejemplo, Fernández planteó que “si la Justicia hoy llevara adelante una medida de protección excepcional y sacara a un niño de un lugar donde está siendo vulnerado su derecho, en vez de llevarlo a un hogar o institución, se usaría este tipo de herramienta, que es la familia de acogida, que le va a dar el calor, proteger, contener, todo lo que implica una familia como institución social básica, la primera institución que aporta todos los valores que por ahí tiene que tener un niño, niña o adolescente”.

Aclaró que “si la Justicia determina que pueda ser recibido por una familia de acogida no significa que los hogares funcionen mal, sino que solamente viene a complementar todo el sistema que también se hace a través de los hogares. Son medidas excepcionales de protección en favor de los niños y se evalúa todo el contexto de cada caso en particular”.

Las familias interesadas de Montecarlo deberán acercarse hasta la Secretaría de Desarrollo Social y Humano de dicho municipio, de lunes a viernes de 6.30 a 12.30, donde recibirán toda la información necesaria. Entre los requisitos primarios, deben ser mayores de 25 años de edad, no contar con antecedentes penales y no estar inscripto en el Registro Único de Aspirantes a la Adopción.

Resaltó que actualmente están “en la etapa de instalación del concepto para que conozcan que es el acogimiento familiar alternativo, no es para adoptar, sino que van a funcionar como una familia de cuidado integral de carácter temporal y no institucional, durante el tiempo en el que el niño, niña o adolescente esté institucionalizado”.

Remarcó que “la ley no especifica el tiempo de permanencia de un niño, niña o adolescente en una de estas familias de carácter transitorio, pero nosotros estimamos que no superan los 180 días hábiles el tiempo que por ley el niño puede estar institucionalizado en un hogar. La ley dice que no debe pasar ese tiempo. Eso se puede renovar si todavía no se resolvió la situación que llevó a esa medida de la justicia, es decir, si el niño no volvió con su familia de origen, o irá a una familia adoptante. La familia de acogida puede renovar la solicitud y el niño puede continuar con ellos, pero la idea es que se resuelva lo antes posible la adopción, o en todo caso, el egreso con su familia de origen”.

 

Trabajo clave

Actualmente en Montecarlo, comentó Fernández, “tenemos el Hogar Divina Misericordia de Jesús, para niñas, que funciona muy bien, posee una buena administración, no depende del Estado aunque lo acompaña y apoya, hace algunos aportes, pero es una organización no gubernamental. Hoy allí hay aproximadamente 15 niños, pero eso es variable porque va en función de las medidas de protección que se tomen, o que se adopten desde municipios cercanos, por lo general, y es por eso que se usan esas residencias. La mayoría son niños menores de 14 años, porque el hogar tiene una reglamentación al respecto”.

Reiteró que “la idea es que tengamos esas familias de acogida inscriptas, para tener también otra herramienta y que los niños no bajen necesariamente a un hogar, que puedan ir a esas familias que puedan darles el acompañamiento que necesitan durante el proceso al cual está sometido él y su familia”.

 

Cuidado y contención en un ámbito familiar y comunitario

El Sistema de Acogimiento Familiar Alternativo es impulsado por la Defensoría de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes con el acompañamiento de la Red Latinoamericana de Acogimiento Familiar (RELAF), sumado a la adhesión a la Red Federal de Acogimiento Familiar. Además cumple con la Ley Provincial N° II-36, que tiene como objetivo garantizar la protección de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) que se encuentran sin cuidados parentales en la provincia de Misiones. Se busca asegurar, en un ámbito familiar y comunitario, el derecho a la convivencia familiar, mediante la atención y cuidado a NNyA cuyos derechos han sido vulnerados.

Se contempla la convocatoria y registro de familias, denominadas “Familias de Acogida”. Estas familias tienen la función principal de brindar cuidado y contención a los NNyA que, por resolución administrativa y/o judicial, debió ser separado de su familia de origen.

En este sentido, la Familia de Acogida se hace responsable en términos amplios, de aspectos básicos tales como: vivienda, educación, alimentación. La medida prevé una etapa de capacitación de las familias postulantes, a cargo de un equipo interdisciplinario especializado en niñez y adolescencia.

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Tags: AdopciónFamilia de AcogidaMontecarlo
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