miércoles, abril 1, 2026
Primera Edición
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
Primera Edición
No Result
View All Result

¿Cómo establecer reglas en la empresa familiar?

10 junio, 2023

En los últimos años, se ha incrementado la multiplicidad de variables que influyen tanto en las estructuras organizativas de las empresas como en el comportamiento de quienes las integran. Para las empresas familiares, el desafío es doble porque tienen la complejidad del sistema familiar conformado por tres subsistemas diferentes que responden a sus propios intereses:

– Subsistema empresa: formado por todos los que trabajan en el negocio familiar. Su objetivo es satisfacer las necesidades de los accionistas y de sus clientes.
– Subsistema familia: compuesto por personas unidas por vínculos de parentesco, matrimonio o convivencia. Su objetivo es brindar afecto, cuidado y contención a sus miembros.
– Subsistema propiedad: integrado por los accionistas. Su objetivo es obtener la mayor rentabilidad del capital invertido en la empresa.

Cuando la empresa está en una etapa inicial, es común que el fundador ocupe las tres posiciones (empresa, familia y propiedad), pero, a medida que evoluciona y se van incorporando los restantes miembros de la familia, queda en evidencia que no todos están en la gestión y son propietarios al mismo tiempo. Es aquí donde suelen aparecer las primeras diferencias de criterios, aunque la mayor parte de los conflictos se deban más a desacuerdos familiares generados por la confusión de límites entre la empresa y la familia que a problemas empresariales.

Con mucho esfuerzo, la empresa y la familia crecen, pero también crecen los conflictos por la difícil interacción entre la racionalidad de los negocios y la emocionalidad en los vínculos. Estos conflictos societarios familiares suelen potenciarse con los nacimientos, las defunciones, los matrimonios, los divorcios y la incorporación de parientes políticos; es la razón por la que, muchas veces se viven situaciones en las que es muy difícil llegar a una solución.

En este punto, es importante destacar que toda normativa proporciona un marco de referencia y determina una pauta de actuación, de ahí que, en el ámbito de las empresas familiares, resulte indispensable determinar acuerdos para establecer reglas claras. El marco de formalidad será el requerido por el Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), la Ley General de Sociedades 19550 (LGS) y demás normativas relacionadas conforme a la eficacia que se desee lograr entre las partes y frente a terceros:

– Acuerdos con fuerza moral entre los miembros de la familia: establecen pautas de conducta que deben respetar los miembros de la familia propietaria de una empresa para mantener los valores y la cultura de la familia empresaria, la participación de sus miembros, la comunicación, etc. Estas reglas conforman, de manera implícita, la idiosincrasia de la familia, por lo que suelen volcarse en el protocolo familiar a fin de facilitar su interpretación uniforme y transmisión a las próximas generaciones.

La fuerza de estos acuerdos radica en el deber moral (mencionado en el art. 728 del CCCN) que genera el conocimiento de un beneficio para la familia y su empresa, pero no confiere una acción legal para exigir su cumplimiento, por lo que su inobservancia solo acarrea el reproche familiar.

– Acuerdos con eficacia jurídica entre los miembros de la familia: establecen obligaciones entre los miembros de la familia en relación con la empresa, tales como brindar información periódica sobre la situación del negocio a los propietarios que trabajen o no en la misma; especificar los requisitos para ingresar a los puestos de trabajo; evitar actividades en competencia entre sus integrantes; mantener la confidencialidad, la transmisión y adquisición de participaciones; establecer la sindicación de acciones; favorecer la prevención y la resolución de conflictos, etc. Si bien el protocolo familiar suele hacer referencia al contenido y alcance de estas normas, se deben formalizar en documentos separados, ya que no tienen reflejo en la documentación social: están fuera del alcance de la legislación societaria.

Estos acuerdos generan obligaciones entre los miembros de la familia que los suscriben, se basan en el principio de la autonomía de la voluntad y la preservación de la empresa (arts. 957, 958, 959, 1010 y 1024 CCCN). Una vez celebrados, su incumplimiento acarrea no solo la sanción moral de la familia y sanciones patrimoniales, sino también la exigencia de su cumplimiento o su resolución por mediación, por arbitraje o por vía judicial, según corresponda.

– Acuerdos con eficacia jurídica frente a terceros: establecen obligaciones relacionadas que son oponibles a terceros, tales como mayorías reforzadas, adquisición y transmisión de participaciones, derecho de preferencia, política de dividendos, incorporación de herederos, mediación y arbitrajes societarios, etc. Si bien el protocolo familiar suele hacer referencia al contenido y alcance de estas normas, para producir sus efectos deben trasladarse a la documentación social con su correspondiente inscripción.

Estos acuerdos generan obligaciones entre los miembros de la familia que los suscriben y tienen eficacia frente a terceros, puesto que se basan en el principio de autonomía estatutaria (arts. 5, 11 incs. 8. °, 9. ° y 50 LGS), por lo que su incumplimiento no solo acarrea la sanción moral de la familia y sanciones patrimoniales, sino también la exigencia de su cumplimiento, su resolución o su declaración de nulidad por vía arbitral o judicial, según corresponda.

En definitiva, contar con normas explícitas sobre el papel que juega la familia en la empresa familiar no solo reduce tensiones y brinda previsibilidad, sino también conforma una base sólida para lograr el éxito empresarial conjuntamente con la armonía familiar.

Tags: Empresa FamiliarJurídicos de Primera
ShareTweetSendShareShare
Previous Post

Liga Posadeña: Guaraní goleó y se escapa

Next Post

La imaginación

Radio en Vivo

Videos

Vecinos de las chacras 176, 179 y 180 de Posadas advierten que la inseguridad y los robos aumentaron en los últimos años en los alrededores de la chacra 181. Ante la falta de respuestas, los residentes se organizaron en un grupo de WhatsApp para visibilizar los reclamos y exigir mayor presencia del Estado.

⚠️ También alertaron sobre el crecimiento del consumo problemático de drogas entre jóvenes, lo que genera preocupación en las familias del barrio. “A la noche hay que dormir con un ojo abierto porque todo el tiempo están dando vueltas para robar”, contó una residente que vive en la zona desde hace más de cinco décadas.
Los equipos de Misiones en las categorías +40 y +50 se entrenan con miras a la sexta edición del certamen, del que son las campeonas defensoras. “El básquet es una pasión que siempre llevamos presente”, aseguraron a EL DEPOR.
Vecinos en esa zona periférica de Posadas denuncian robos a toda hora, falta de patrullaje por conflictos de jurisdicción y graves deficiencias en los desagües que causan inundaciones y contaminación.

📌Toda la información en www.primeraedicion.com.ar
Yamilia pertenece al cuerpo de los Bomberos Voluntarios de Leandro N. Alem y dialogó con PRIMERA EDICIÓN para contar su historia y trabajo. Es la única mujer de Alem encargada de conducir los vehículos oficiales.
Thiago Laphitz (12) charló con EL DEPORTIVO sobre su reciente convocatoria al equipo nacional para competir en el Torneo Promesas Olímpicas 2026 de Chile. “Me siento muy feliz de representar a mi provincia y al país”, aseguró.
Con apenas 17 años, este artista posadeño presentará su primera muestra, donde comparte su universo creativo y un mensaje inspirador sobre el talento y la expresión en jóvenes con autismo.
Suscribirse

FM 89.3

📻 Más allá de las palabras es un programa que te hará pensar, cuestionarte y abrir tu mente a nuevas posibilidades. Es un programa para todos aquellos que estén interesados en explorar los misterios de la vida y del universo.

🎙️ No te pierdas  ¡Es el programa que no puedes dejar de escuchar y ver!

🌐 fm893.com.ar

💻 Youtube: FM Santa María de las Misiones 89.3

📲 Facebook: FM Santa María de las Misiones 89.3
📻 Más allá de las palabras es un programa que te hará pensar, cuestionarte y abrir tu mente a nuevas posibilidades. Es un programa para todos aquellos que estén interesados en explorar los misterios de la vida y del universo.

🎙️ No te pierdas  ¡Es el programa que no puedes dejar de escuchar y ver!

🌐 fm893.com.ar

💻 Youtube: FM Santa María de las Misiones 89.3

📲 Facebook: FM Santa María de las Misiones 89.3
Rolando Kegler, presidente de la Junta de Estudios Históricos de Misiones
Rubén Oscar Quagliozzi, Vicepresidente del colegio de Odontólogos de Misiones
📻 En Primera Plana, Silvia y Marcelo te informarán sobre lo que sucede en Misiones y el mundo. 

🎙️ No te pierdas "Primera Plana", de lunes a viernes de 18 a 20 hs. en la FM 89.3. ¡Es el programa que no puedes dejar de escuchar y ver!

🌐 fm893.com.ar

💻 Youtube: FM Santa María de las Misiones 89.3

📲 Facebook: FM Santa María de las Misiones 89.3
Marcelo Fernández   presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA)
Suscribirse

Lo más leído

  • El Gobierno definirá el salario mínimo, vital y móvil por decreto

    Con subas escalonadas, otorgan aumento para empleados públicos nacionales

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La quita de subsidios eléctricos ya duplica facturas y golpea a cooperativas en Misiones

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Una mujer fue hallada sin vida en el mirador de la avenida Urquiza en Posadas

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ANSES abril 2026: cuándo cobran jubilados y pensionados

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Dónde podría haber lluvias y tormentas este martes 31 de marzo en Misiones?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • “Cambié mis 15 por conocerte”: joven misionera irá por el sueño de conocer a Lionel Messi

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Una mujer robó vinos valuados en más de $6 millones en el centro de Posadas

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • El INYM rechazó por mayoría fijar un precio de referencia para la yerba mate

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Misiones tendrá un inicio de abril inestable, con lluvias aisladas y máximas de hasta 34 grados

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Separaron de sus funciones a un policía denunciado por delitos contra la integridad sexual en El Soberbio

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

Diario Primera Edición
Corrientes 2434, Posadas, Misiones
Todos los derechos reservados © 2022

[email protected]
[email protected]
+54(0376)4420407 / 4 440054 / 4427639 / 4426712
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores