La madre de la joven denunció que fue abusada sexualmente por el acusado, quien habría aprovechado su estado de ebriedad. Según la Fiscalía no se pudo comprobar que la joven víctima estaba alcoholizada.
El sábado 12 de julio de 2012 una adolescente de 16 años fue a un boliche de Eldorado junto a dos amigas, sin embargo salió del local bailable junto a un joven, con quien fue a un motel.
Horas después la madre de la joven involucrada denunció que fue abusada sexualmente por el citado muchacho, quien aprovechó su estado de ebriedad. Luego de esta acusación el acusado llegó a juicio oral, siendo absuelto a pedido del fiscal Federico Rodríguez, ya que a su criterio, no existen elementos que prueben con grado de certeza que la chica estuvo inconsciente o semiinconsciente cuando se produjo el hecho. De esta manera el Tribunal no tuvo otra opción que absolver al imputado.
Durante la jornada de ayer declaró un testigo considerado clave, un remisero que llevó a la pareja desde la agencia donde trabaja (ubicada al lado del boliche y en inmediaciones al kilómetro 9 de Eldorado) hasta el motel.
El trabajador del volante, quien también fue a buscar a los jóvenes al referido alojamiento, dijo que fue él quien sugirió a la familia de la menor radicar la denuncia porque la chica no estaba bien y que incluso tardó como una hora en recordar donde quedaba su domicilio (en proximidades al barrio Ziegler de esa misma localidad), porque el hombre bajó antes del remís.
Durante el juicio hubo otros testimonios, como ser las acompañantes de la adolescente y otras personas, que no aportaron mayores datos de interés para las partes. Una vez finalizada la ronda de testimoniales se pasó a los alegatos.
El fiscal refirió entre otras cuestiones que existían muchas dudas debido a la falta de evidencia para corroborar si la joven estaba en estado de conciencia o semiinconsciencia.
Luego, el funcionario judicial solicitó la absolución del imputado, a lo que adhirió la defensa del mismo.
Los jueces Atilio León, María Teresa Ramos y Lyda Gallardo se vieron obligados a absolver al acusado, por el principio del beneficio de la duda.
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