La Justicia federal dispuso este miércoles una multa de $100.000 diarios contra el jefe de Gabinete de Ministros, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar que obliga al Gobierno nacional a aplicar disposiciones de la Ley de Financiamiento Universitario relacionadas con la recomposición salarial de docentes y no docentes y la actualización de las becas estudiantiles.
La decisión fue adoptada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick, titular del Juzgado Nº 11, quien consideró acreditado que el Poder Ejecutivo no cumplió con la orden judicial pese a las intimaciones realizadas durante las últimas semanas.
La sanción consiste en la aplicación de astreintes, multas económicas de carácter coercitivo destinadas a conseguir el cumplimiento de una resolución judicial. No reemplazan los fondos que deben transferirse ni constituyen una indemnización para las universidades, sino que buscan presionar al funcionario responsable para que se ejecute lo ordenado.
El magistrado estableció que los $100.000 diarios corresponden a una primera etapa y dejó abierta la posibilidad de incrementar el monto o modificar los funcionarios alcanzados si persiste el incumplimiento.
Una intimación que no obtuvo respuesta suficiente
La resolución responde a una presentación realizada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), organismo que reúne a las autoridades de las universidades nacionales, en el marco de la causa judicial iniciada contra el Estado por la aplicación de la Ley 27.795.
El planteo sostuvo que el Gobierno continuaba sin cumplir la medida cautelar, pese a que ya había recibido intimaciones judiciales para acreditar la actualización de los salarios universitarios y los fondos destinados a becas.
El juez Cormick había establecido un plazo de cinco días para cumplir con esas obligaciones, bajo advertencia de aplicar multas por cada jornada de demora. Posteriormente, el apercibimiento fue reiterado el 30 de septiembre.
Ante una nueva presentación del CIN, el magistrado consideró que el incumplimiento persistía y resolvió hacer efectiva la sanción económica.
La multa recae sobre el titular de la Jefatura de Gabinete y no sobre el Estado nacional de manera genérica. Para fundamentar esa decisión, el juez tuvo en cuenta las responsabilidades constitucionales del cargo en la administración general del país.
Qué establece la Ley de Financiamiento Universitario
El conflicto tiene su origen en la aplicación de la Ley 27.795, que establece mecanismos destinados a garantizar recursos para el funcionamiento de las universidades públicas, recomponer los salarios de sus trabajadores y actualizar las becas estudiantiles.
Los artículos 5 y 6, comprendidos en la medida cautelar, están vinculados específicamente con las remuneraciones del personal docente y no docente y con las ayudas económicas destinadas a estudiantes.
La legislación contempla una recomposición salarial para compensar la pérdida del poder adquisitivo y mecanismos de actualización vinculados con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Sin embargo, el Poder Ejecutivo promulgó la norma mediante el Decreto 759/2025, condicionando su aplicación a la determinación de las fuentes de financiamiento correspondientes.
Esa decisión dio origen a una controversia judicial impulsada por el CIN y universidades nacionales, que reclamaron el cumplimiento efectivo de las disposiciones aprobadas por el Congreso.
El Gobierno cuestionó las exigencias económicas
En su defensa, el Estado nacional sostuvo que la medida cautelar imponía obligaciones económicas sin determinar con suficiente precisión las sumas que debían abonarse para considerarla cumplida.
Según los argumentos expuestos en su apelación, el Gobierno aseguró que había otorgado aumentos presupuestarios y salariales desde diciembre de 2023 y que esas actualizaciones debían ser consideradas al evaluar el cumplimiento de la ley.
También señaló que había convocado a negociaciones paritarias y ofrecido incrementos adicionales durante 2026, por lo que rechazó las interpretaciones que exigían una recomposición salarial superior.
El Ejecutivo planteó, además, que el Presupuesto nacional de 2026 no contemplaba partidas suficientes para afrontar determinados incrementos reclamados, y cuestionó que una resolución cautelar obligara a realizar pagos cuyo monto consideraba indeterminado.
No obstante, esos argumentos no modificaron la decisión del juez, quien consideró que la medida judicial continuaba incumplida.
La disputa judicial continúa
La aplicación de las multas se produce mientras sigue abierto el conflicto judicial sobre la implementación de la Ley de Financiamiento Universitario.
El 6 de octubre, Cormick declaró la inconstitucionalidad de la cláusula del Decreto 759/2025 que condicionaba la ejecución de la norma a la disponibilidad de recursos definidos por el Congreso y ordenó su aplicación.
El Gobierno apeló esa sentencia, por lo que el expediente principal se encuentra bajo análisis de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
Sin embargo, la medida cautelar que ordena cumplir con la recomposición salarial y la actualización de becas continúa vigente, independientemente de que el pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión todavía esté sujeto a revisión judicial.
De acuerdo con los antecedentes de la causa, esa cautelar había sido confirmada por instancias superiores y quedó firme en junio de 2026, después de que la Corte Suprema rechazara un recurso presentado por el Estado nacional.
Una nueva marcha universitaria en medio del conflicto
La resolución judicial se conoce en la víspera de la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para este jueves 15 de octubre, en el marco de los reclamos por el presupuesto de las instituciones públicas, la recomposición de los salarios y la implementación efectiva de la legislación.
La movilización reunirá a distintos sectores de la comunidad universitaria, que mantienen sus reclamos frente al deterioro del poder adquisitivo y las dificultades presupuestarias.
En este escenario, la decisión judicial agrega un nuevo elemento al conflicto entre el Gobierno nacional y las universidades: la posibilidad de que las sanciones económicas aumenten mientras continúe el incumplimiento de la medida cautelar.
La resolución no establece una nueva partida presupuestaria ni resuelve definitivamente la controversia sobre la ley, pero incorpora una herramienta judicial para exigir que se ejecuten las obligaciones ya ordenadas.






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