La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto este martes la absolución de César Milani en la causa que investiga el presunto encubrimiento de la desaparición del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, ocurrida durante la última dictadura militar.
La decisión implica que el expediente volverá a la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá realizar una nueva revisión del fallo que había beneficiado al exjefe del Ejército.
La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci. Luis Rabbi Baldi Cabanillas acompañó la decisión con fundamentos propios, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
El caso tiene como eje la desaparición de Ledo, quien tenía 20 años y cumplía el Servicio Militar Obligatorio en el Batallón de Ingenieros de Construcciones de La Rioja. En abril de 1976, una fracción de esa unidad, de la que también formaba parte Milani, fue enviada a Tucumán.
Ledo fue visto por última vez durante la madrugada del 17 de junio de ese año, cuando salió del campamento ubicado en Monteros para realizar una recorrida junto al entonces capitán Esteban Sanguinetti.

Según la investigación judicial, el joven fue posteriormente privado ilegalmente de su libertad y asesinado tras permanecer detenido de manera clandestina.
Cinco días después de su desaparición, Milani, que por entonces se desempeñaba como subteniente, confeccionó un sumario militar en el que se atribuyó a Ledo una supuesta deserción.
La acusación sostuvo que ese trámite fue utilizado para encubrir lo ocurrido con el conscripto. Milani, en cambio, rechazó durante todo el proceso haber tenido participación en la desaparición y negó haber conocido personalmente a Ledo.
El cuestionamiento de la Corte
Para resolver, la mayoría de la Corte se remitió a los argumentos desarrollados por la Procuración General de la Nación, que había cuestionado la forma en que Casación confirmó la absolución.
Uno de los puntos centrales estuvo relacionado con la firma que aparece en la documentación mediante la cual se inició el sumario por la supuesta deserción del soldado.
De acuerdo con la postura recogida por el máximo tribunal, no se habría valorado adecuadamente que el propio Milani reconoció públicamente que esa firma le pertenecía.
También se tuvieron en cuenta las circunstancias en las que desapareció Ledo. Entre otros elementos, se señaló que sus pertenencias personales, incluidos sus anteojos, permanecieron en el campamento pese a que oficialmente se había informado que había desertado.
Por su parte, Rabbi Baldi Cabanillas consideró arbitraria la decisión anterior porque se había rechazado una pericia caligráfica solicitada por el Ministerio Público Fiscal para analizar la firma incorporada al expediente.
Rosenkrantz se pronunció en sentido contrario y sostuvo que correspondía desestimar el recurso extraordinario, al considerar que no se habían logrado refutar los argumentos utilizados para confirmar la absolución.
La causa contra Milani
Milani había sido juzgado en 2019 por el Tribunal Oral Federal de Tucumán y resultó absuelto. Durante aquellas audiencias negó haber conocido a Ledo y rechazó haber participado en maniobras de encubrimiento.
En el mismo proceso fue condenado Esteban Sanguinetti, quien era superior de Milani cuando se produjo la desaparición del soldado.
Sanguinetti fue considerado responsable como partícipe secundario de los delitos de privación ilegítima de la libertad y homicidio agravado por alevosía en perjuicio de Ledo.
La absolución de Milani fue posteriormente confirmada por instancias superiores, aunque el Ministerio Público Fiscal recurrió esa decisión hasta llegar a la Corte Suprema.






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