Misiones puso en vigencia una nueva ley destinada a fortalecer el acompañamiento interdisciplinario en los procesos de vinculación adoptiva y guarda con fines de adopción, con el objetivo de brindar más herramientas a las familias y reducir el riesgo de interrupciones en una etapa clave para niños, niñas y adolescentes.
Se trata de la Ley II – Nº 43, denominada Ley de Fortalecimiento de los Procesos de Vinculación Adoptiva, sancionada por la Cámara de Representantes el 18 de junio de este año y promulgada por el Decreto Nº 1155.
La norma establece que el Registro Único de Aspirantes a la Adopción de Misiones (RUAAM), dependiente del Superior Tribunal de Justicia, deberá garantizar instancias de formación, orientación y acompañamiento para las personas que participan en estos procesos. La finalidad central es favorecer la construcción de vínculos familiares estables y proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en familia.
Uno de los puntos centrales de la norma es que las acciones previstas podrán desarrollarse antes o durante los procesos de vinculación adoptiva y guarda con fines de adopción, e incluso mantenerse luego del inicio de la convivencia familiar cuando resulte conveniente para fortalecer la integración y la estabilidad del vínculo.
Entre las herramientas contempladas se incluyen talleres, encuentros grupales, espacios de orientación individual o familiar, jornadas formativas, dispositivos de acompañamiento interdisciplinario y actividades de intercambio de experiencias. Estos espacios deberán abordar contenidos vinculados al marco jurídico de la adopción, el derecho a la identidad, el acceso a los orígenes, la historia de vida de los niños, niñas y adolescentes, el trauma, el duelo, la resiliencia, la parentalidad adoptiva y la resolución pacífica de conflictos.
La ley también pone el foco en la prevención de interrupciones en los procesos de vinculación y guarda, una situación de alto impacto emocional para los niños, niñas y adolescentes involucrados. Por eso, apunta a que las familias cuenten con herramientas para comprender las particularidades jurídicas, sociales y emocionales de la adopción, además de acompañamiento técnico frente a los desafíos propios de la convivencia y la construcción del vínculo familiar.
Otro aspecto relevante es que la norma aclara expresamente que estas acciones tienen carácter complementario y que no constituyen un requisito para la inscripción en el RUAAM. Tampoco modifican las competencias, procedimientos ni requisitos ya establecidos por la normativa vigente en materia de adopción.
El equipo multidisciplinario del RUAAM tendrá entre sus funciones brindar orientación, asistencia profesional especializada, facilitar espacios de reflexión y fortalecimiento familiar, detectar tempranamente situaciones que puedan afectar el desarrollo del proceso y colaborar con los órganos judiciales competentes cuando sea requerido.
Además, la autoridad de aplicación podrá articular con profesionales, organismos públicos, instituciones académicas, colegios profesionales y organizaciones especializadas en niñez, adolescencia, familia, salud y educación, mediante convenios o mecanismos de cooperación institucional.
La ley también establece que toda la información obtenida en el marco de estas acciones tendrá carácter confidencial y deberá ser resguardada conforme a la normativa vigente sobre protección de datos personales y protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.
En cuanto al financiamiento, la implementación será atendida con las partidas presupuestarias asignadas al Poder Judicial de la Provincia y otros recursos que puedan obtenerse mediante convenios de cooperación, sin perjuicio de las adecuaciones presupuestarias necesarias.
Con esta norma, Misiones incorpora un marco específico para reforzar el acompañamiento en una de las etapas más sensibles del proceso adoptivo. El desafío, ahora, estará en la capacidad operativa del sistema para transformar esa previsión legal en dispositivos concretos, sostenidos y accesibles para las familias y los niños, niñas y adolescentes involucrados.
Qué establece
La Ley II – Nº 43 dispone que el RUAAM deberá garantizar instancias de formación, orientación y acompañamiento interdisciplinario en los procesos de vinculación adoptiva y guarda con fines de adopción.
Estas acciones podrán realizarse mediante talleres, encuentros grupales, orientación individual o familiar, jornadas formativas y dispositivos de acompañamiento técnico.
La norma apunta a prevenir interrupciones, fortalecer la construcción de vínculos familiares y acompañar a las familias antes, durante y después del inicio de la convivencia, cuando resulte necesario.
También aclara que estas instancias no modifican los requisitos para adoptar ni reemplazan los procedimientos legales vigentes.
“Pantallazo”






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