Ingresó a la Cámara de Representantes de Misiones un proyecto de reforma electoral impulsado por Carlos Rovira, de Encuentro Misionero, que plantea cambios centrales en el sistema político provincial y municipal. La iniciativa modifica la Ley de Lemas, la Ley Electoral y establece nuevas reglas para la organización de los comicios.
El primer punto fuerte del proyecto es la reducción del número de sublemas. Según la propuesta, cada lema provincial o municipal podrá solicitar el reconocimiento de hasta cuatro sublemas por municipio. El objetivo declarado es ordenar la oferta electoral, evitar la dispersión de listas y facilitar la identificación de opciones por parte del votante. La reforma mantiene la posibilidad de participación interna dentro de cada espacio político, pero fija un límite considerado “razonable” para mejorar la organización electoral. En sus fundamentos, el proyecto sostiene que la proliferación de listas genera dificultades para la administración de los comicios, la fiscalización y el ciudadano.
El segundo eje es la creación de la Boleta Única por Agrupación Política, que será el instrumento oficial, obligatorio y exclusivo para votar en los actos electorales provinciales y municipales. Cada agrupación tendrá una sola boleta, organizada en dos secciones: una para cargos provinciales y otra municipales.La sección provincial incluirá gobernador, vicegobernador y diputados provinciales. La sección municipal contendrá las candidaturas a intendente, viceintendente, concejales y, cuando corresponda, defensor del pueblo y convencionales constituyentes municipales.
En el caso municipal, la boleta se dividirá en hasta cuatro columnas, una por cada sublema oficializado. Si un lema tiene menos de cuatro sublemas, solo se imprimirán las columnas correspondientes, sin espacios vacíos ni reservas. Cada bloque deberá incluir el nombre del lema, el nombre del sublema, una letra o símbolo identificatorio, la lista de candidatos y un casillero de selección individual.

La boleta deberá tener 30 centímetros de ancho por 25 de alto, encabezado uniforme, impresión a color, fotos de candidatos, tipografía legible y casilleros de al menos un centímetro por un centímetro. El Tribunal Electoral podrá fijar especificaciones técnicas complementarias, siempre que no alteren la estructura general de la ley. El proyecto también modifica la convocatoria electoral. Establece que las elecciones provinciales y municipales deberán realizarse entre el 31 de enero y el 31 de mayo del año electoral correspondiente. La convocatoria deberá hacerse con al menos 90 días de anticipación y publicarse al día siguiente en el Boletín Oficial.
Además, los municipios deberán adherir a la convocatoria provincial dentro de los diez días posteriores al vencimiento del plazo. La iniciativa también permite que consultas populares, plebiscitos o referéndums coincidan con elecciones provinciales. Otro punto incorporado es la posibilidad de que Misiones adhiera a una elección nacional o convoque comicios concurrentes si el Poder Ejecutivo Nacional fija una fecha fuera del período electoral provincial previsto.
Finalmente, el proyecto deroga el artículo 78 de la Ley Electoral vigente. En sus fundamentos, la iniciativa plantea que la reforma busca modernizar el sistema, reducir costos, simplificar la logística, evitar faltantes o sustitución de boletas y fortalecer la transparencia, la accesibilidad y la confianza ciudadana en el proceso electoral.





