El Gobierno de Misiones oficializó este lunes el régimen especial que flexibiliza el pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los controles ruteros de la provincia, una medida que había sido adelantada por el gobernador Hugo Passalacqua en el inicio de sesiones legislativas.
A través del Decreto N° 713, publicado este lunes en el Boletín Digital, el Ejecutivo provincial instruyó al Ministerio de Hacienda a implementar un esquema excepcional y transitorio que permitirá, por el término de un año, suspender o flexibilizar la aplicación del pago a cuenta que se exige en los puestos de control fiscal en rutas.
La decisión se enmarca en un escenario económico complejo, caracterizado por restricciones financieras, aumento de costos y retracción de la actividad. En ese contexto, el Gobierno provincial consideró necesario avanzar con herramientas que reduzcan la presión sobre el sector privado.
El régimen vigente -establecido originalmente por el Decreto 2913/2007 y reglamentado por la Dirección General de Rentas- obliga a realizar pagos anticipados del tributo cuando ingresan mercaderías a la provincia o se prestan determinados servicios, como el transporte de cargas.
Si bien estos mecanismos funcionan como herramientas de control fiscal, también generan costos financieros y administrativos que impactan directamente en la operatoria de las empresas.
Menos carga administrativa y foco en el control
Con esta nueva disposición, la Provincia busca simplificar los procedimientos en los puestos de control de ingreso a Misiones, reduciendo la carga tanto para los contribuyentes como para el propio Estado.
La decisión alcanza de manera directa a cerca del 95% del padrón de contribuyentes y también contempla la exclusión automática del pago a cuenta para nuevos inscriptos, con el objetivo de fortalecer la radicación de inversiones.
Al mismo tiempo, se plantea una reorientación del control fiscal, concentrando los recursos en contribuyentes o situaciones de mayor riesgo, sin desmantelar el sistema vigente.
El decreto faculta tanto al Ministerio de Hacienda como a la Dirección General de Rentas a dictar las normas complementarias necesarias para su aplicación.
La medida entrará en vigencia el 1 de julio y tendrá carácter temporal (por un año), en línea con el objetivo de acompañar la coyuntura económica actual.









