El Gobierno nacional dispuso cambios en el sistema de prestación del servicio meteorológico para la navegación aérea al habilitar la participación de terceros y limitar la exclusividad del Servicio Meteorológico Nacional (SMN). La medida fue adoptada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
El punto central de la norma es la modificación del artículo 15 de la Ley 27.161: la Empresa Argentina de Navegación Aérea podrá prestar el Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea (MET) de forma directa o a través de terceros habilitados, lo que implica un cambio en el esquema vigente hasta ahora.
Hasta el momento, esa tarea estaba a cargo del SMN, que ahora continuará prestando el servicio solo de manera transitoria por un plazo de hasta 180 días hábiles, mientras se implementa el nuevo modelo.
El decreto establece además que los prestadores deberán cumplir con estándares técnicos y de seguridad definidos por la Administración Nacional de Aviación Civil, autoridad aeronáutica encargada de regular la actividad.
Entre los argumentos expuestos en los considerandos, el Ejecutivo sostiene que el esquema actual presenta limitaciones operativas, en particular por la concentración del servicio en un único proveedor y la falta de alternativas ante eventuales contingencias.
En ese sentido, advierte que una interrupción o prestación deficiente del servicio meteorológico puede generar demoras, cancelaciones y restricciones operativas en el sistema aéreo, con impacto en usuarios, cargas y actividad económica.
La norma también introduce cambios en el financiamiento: deroga el mecanismo que destinaba un 10% de la Tasa de Protección al Vuelo al Servicio Meteorológico Nacional, lo que implica una modificación en los recursos del organismo.
El DNU se fundamenta en la necesidad de adoptar medidas inmediatas ante un escenario que el Gobierno define como de riesgo operativo, al considerar que el trámite legislativo ordinario resultaría incompatible con la urgencia de garantizar la continuidad del servicio.
A partir de su publicación, el decreto ya se encuentra vigente y deberá ser analizado por la Comisión Bicameral del Congreso, que tiene a su cargo evaluar su validez.
El cambio introduce un nuevo esquema en un área sensible del sistema aeronáutico, donde el servicio meteorológico forma parte de una red interdependiente junto a la navegación, las comunicaciones y la seguridad operacional.





