El Registro del Estado Civil de Paraguay resolvió reforzar los controles sobre los nombres que pueden inscribirse al momento del nacimiento, con el objetivo de evitar aquellos considerados ridículos o que puedan generar burlas y problemas futuros a los niños. La medida se apoya en una ley sancionada en 1987, que durante años se aplicó de manera laxa y permitió la registración de nombres poco convencionales.
Entre los ejemplos que el organismo busca erradicar figuran Mamerto, Gato, Tutelar, Pilincho, Pollo Rebollo, Optimus Prime o Gloria Sádica, además de nombres inspirados en personajes de ficción o marcas comerciales. El endurecimiento de los controles reavivó el debate sobre la libertad de los padres a la hora de elegir nombres y el rol del Estado en la protección del derecho a la identidad.
Consultada sobre la situación en Argentina, la directora del Registro Provincial de las Personas de Misiones, Paula Echeverría, explicó en FM 89.3 Santa María de las Misiones que el país atraviesa un escenario diferente y ya no existe un listado de nombres prohibidos: “Hoy ya con la reforma del Código Civil y Comercial existe en principio la libertad de los padres o responsables del menor a la hora de elegir el nombre”, señaló.
Echeverría aclaró que, a diferencia de Paraguay, “si vemos las estadísticas provinciales y nacionales, vemos que el argentino y el misionero eligen nombres clásicos, breves. No hacemos uso de nombres extravagantes”, afirmó, y citó como ejemplos Valentina, Sofía, Emilia, Olivia y Gabriel, entre otros como Mateo, Liam.
No obstante, indicó que el Código Civil establece algunas limitaciones. “No podemos tener más de tres nombres, no se pueden inscribir apellidos como nombres y tampoco ponerle el mismo nombre a un hijo que ya tiene un hermano vivo”, detalló la funcionaria, al tiempo que remarcó que se trata de “muy pocas excepciones” a la libertad de elección.
La directora también se refirió a los llamados nombres extravagantes y al sentido común de los padres. “El Código Civil habla de no poner nombres extravagantes, que es un sinónimo de ridículo, un nombre que provoque la burla de otro, pero la verdad es que no se dan casos y tenemos un poco más de sentido común a la hora de elegir”, expresó.
Respecto a la posibilidad de cambiar un nombre en la adultez, Echeverría aclaró que “solo porque no me gusta el nombre, no. El Código Civil permite el cambio de nombre por justos motivos y es un trámite judicial”. Resaltó que estos casos se dan en situaciones puntuales, como víctimas de delitos graves o procesos vinculados a la identidad.
En cuanto a los apellidos, recordó que desde 2015 existe mayor flexibilidad. “Hoy podemos elegir solo el apellido de papá, solo el de mamá o los dos, y también el orden”, aunque indicó que siempre deben corresponder a los progenitores.
Finalmente, la funcionaria remarcó que “los padres deberíamos tener conciencia de la relevancia social y jurídica que tiene el nombre de una persona. El nombre forma parte de su derecho a la identidad y es como de por vida se van a dirigir hacia vos”.








