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Jurídicos de Primera: Parto respetado versus violencia obstétrica

8 diciembre, 2025

Muchas mujeres ven transformado el momento de dar a luz en una experiencia traumática debido a prácticas de violencia obstétrica, es decir, maltrato o intervenciones abusivas durante el embarazo, parto o posparto. Esta forma de violencia suele permanecer invisible.

Con frecuencia el sistema de salud trata el embarazo como si fuera una enfermedad, cuando salvo complicaciones, la mujer embarazada está sana y un parto de bajo riesgo no debería medicalizarse en exceso. El resultado de esta visión es un abuso de medicalización y una patologización de un proceso natural, relegando a la mujer a un rol pasivo.

Frente a ello, el modelo de parto respetado propone lo contrario: que la madre sea considerada persona sana y protagonista de su propio parto, y no una paciente enferma a la que se le impone cada procedimiento.

Violencia obstétrica: un problema invisibilizado

La violencia obstétrica está reconocida legalmente como una modalidad de violencia de género ejercida por profesionales de la salud. La Ley 26.485 la define como “aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales”.

Dicho de otro modo, incluye cualquier conducta, acción u omisión del personal sanitario que cause humillación, maltrato o vulneración de los derechos de la mujer durante la atención perinatal. Es una de las formas de violencia contra las mujeres más naturalizadas, al punto que a veces ni siquiera se la reconoce como violencia.

¿Cómo se manifiesta la violencia obstétrica?

Puede presentarse mediante trato humillante o denigrante, a través del abuso de medicalización (exceso de intervenciones), o mediante la patologización innecesaria de un hecho biológico natural. En la práctica, esto se traduce en situaciones concretas, por ejemplo:

• Intervenciones médicas innecesarias: muchas mujeres son sometidas a cesáreas, episiotomías u otros procedimientos sin consentimiento informado ni justificación clínica.
• Coacción o presión: es frecuente que se presione a la embarazada para aceptar ciertos tratamientos o medicación para el dolor con los que no se siente cómoda.
• Abuso verbal: comentarios despectivos, gritos o burlas que avergüenzan a la mujer y minimizan sus decisiones, algo tristemente común en algunas salas de parto.
• Maltrato físico o negligencia: por ejemplo, dejar a la parturienta sin alivio adecuado del dolor, inmovilizarla contra su voluntad, o ignorar sus necesidades básicas durante el trabajo de parto.

Visibilizar la violencia obstétrica es el primer paso para erradicarla. Nombrarla permite entender que no son hechos aislados, sino parte de un patrón histórico en la atención médica que debemos cambiar.

¿Qué es un parto respetado?

Al hablar de parto respetado, nos referimos a un modelo de atención del nacimiento que respeta los tiempos naturales, las decisiones y la dignidad de la mujer.

En esencia, un parto respetado implica que, si el embarazo es saludable y de bajo riesgo, el proceso de parto se desarrolle sin intervenciones médicas arbitrarias: el cuerpo de la mujer tiene la sabiduría para parir y solo debería recurrirse a procedimientos invasivos cuando hay una indicación médica real.

La madre es considerada la protagonista del parto, capaz de tomar decisiones informadas, y no una mera paciente pasiva. El objetivo es que tanto la madre como el recién nacido (y su familia) vivan el nacimiento de la forma más natural, humanizada y conforme a sus deseos.

Un parto respetado se basa en reconocer a la mujer como persona sana (no enferma) y en centrar la atención en sus necesidades. También se procura el contacto inmediato y continuo con el bebé tras el nacimiento, promoviendo la lactancia e internación conjunta.

En resumen, en el parto respetado se ponen en el centro los derechos y el bienestar de la madre, el bebé y la familia, por encima de la comodidad del personal médico o de tradiciones hospitalarias antiquísimas.

Derechos en el embarazo, parto y posparto

En Argentina, el parto respetado está protegido por ley. La norma fundamental es la Ley Nº 25.929 “Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento”, sancionada en 2004 (conocida como Ley de Parto Humanizado). Esta ley -reglamentada en 2015- garantiza una serie de derechos para la persona gestante, el recién nacido y su familia en todo el territorio nacional.

Desde su entrada en vigencia, todos los establecimientos de salud, públicos y privados, así como las obras sociales y prepagas, deben adecuar sus prácticas a estos lineamientoschequeado.com.

En 2009, además, la Ley Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres incluyó a la violencia obstétrica dentro de las formas de violencia de género, reforzando el marco legal para prevenir y sancionar estos abusos.

¿Cuáles son exactamente los derechos que reconoce la Ley 25.929? A grandes rasgos, la persona embarazada y su familia tienen derecho a:

• Información y consentimiento: a ser informada claramente sobre todas las intervenciones médicas que pudieran ocurrir durante el trabajo de parto, parto y posparto, de modo de poder optar libremente entre las alternativas disponibles.
• Trato digno e individualizado: a ser tratada con respeto, de forma individual y personalizada, garantizando su intimidad durante todo el proceso asistencial y teniendo en cuenta sus pautas culturales y deseos particulares.
• Consideración como persona sana: a que se la reconozca y se la haga participar como protagonista de su propio parto, facilitando su participación activa.
• Parto natural, sin intervenciones injustificadas: a un parto en el que se respeten los tiempos biológicos y psicológicos propios, evitando prácticas invasivas (tactos excesivos, episiotomías de rutina, etc.) y el suministro de medicación que no esté justificado por su estado de salud o el de su bebé.
• Acompañamiento: a estar acompañada durante el trabajo de parto, el parto y el posparto por una persona de su confianza y elección (ya sea el padre del bebé, pareja, familiar o quien ella designe).
• Información durante el parto y posparto: a ser informada regularmente sobre la evolución de su trabajo de parto y el estado de salud de su hijo o hija.
• Contacto con el bebé: a tener a su lado a su recién nacido y no ser separada de él durante la estadía en la clínica u hospital, salvo que el bebé requiera cuidados especiales.
• No a prácticas con fines de investigación: a no ser sometida ni ella ni su bebé a ningún examen o intervención con propósitos de investigación o experimentales, salvo consentimiento informado.
El personal de salud, que no puede alegar desconocimiento: ningún médico, obstetra o institución puede negarse a cumplir estos derechos, en cualquier punto del país. De hecho, la normativa argentina en esta materia es considerada pionera a nivel mundial. No obstante, el desafío sigue siendo su cumplimiento efectivo: todavía hoy muchas maternidades no han adecuado sus protocolos a estas pautas y continúan con prácticas antiguas.

La provincia de Misiones y el parto humanizado

A nivel local, Misiones adhirió a la Ley Nacional 25.929 mediante su Ley Provincial XVII Nº 61 (antes Ley 4421), garantizando así que los derechos de parto respetado rigen también en el ámbito provincial. Todas las instituciones de salud de la provincia, públicas y privadas, deben cumplir con las disposiciones de la Ley de Parto Humanizado.

En este orden, el Ministerio de Salud provincial realiza campañas de concientización para que las embarazadas conozcan sus derechos y para capacitar al personal de salud en atención humanizada.

Cabe destacar que la adopción de la ley a nivel provincial también invita a los municipios a adherirse y promover el parto respetado en cada comunidad.

Si bien persisten denuncias de maltratos en la provincia, existe un marco legal robusto para reclamar y sancionar cualquier hecho de violencia obstétrica también en Misiones.

¿Cómo reclamar un parto humanizado y respetado?

Si estás embarazada o planeando estarlo, estas son algunas recomendaciones para garantizar un trato respetado en el sistema de salud:

• Informate y planificá con anticipación: leé acerca de la Ley de Parto Respetado y comprendé cuáles son tus derechos. Prepará un plan de parto escrito donde detallarás tus preferencias (quién querés que te acompañe, qué intervenciones aceptás o no, etc.) y compartilo con tu obstetra o partera antes del nacimiento.
• Asegurá tu acompañamiento: tenés derecho a estar acompañada por quien vos elijas. Comunicá al personal de salud quién será tu acompañante y no permitas que te nieguen esa presencia fundamental.
• No aceptes intervenciones o apuros infundados: ningún profesional debe acelerar tu parto sin motivo médico. No tienen por qué inducirte contracciones con oxitocina sintética ni fijar una fecha límite para “que nazca el bebé” si todo viene evolucionando normalmente.
• Elegí la posición más cómoda para parir: no dejes que te obliguen a permanecer acostada boca arriba durante todo el parto, ya que esa es la postura menos recomendada y más dolorosa para dar a luz. Tenés derecho a moverte, caminar, usar posiciones verticales o como tu cuerpo te pida en cada etapa.
• Contactá con tu bebé desde el primer minuto: pedí (y asegurate) el contacto piel a piel inmediato con tu hijo/a apenas nazca. No hay necesidad de separar al bebé de su madre para pesarlo, bañarlo o hacer controles de rutina en los primeros minutos, salvo que requiera cuidados urgentes. Insistí en que te lo entreguen apenas nazca y que permanezca contigo; este derecho es tuyo y también del recién nacido.

Además de lo anterior, es útil asistir a cursos de preparación para la maternidad/paternidad o buscar grupos de apoyo sobre parto respetado en tu comunidad.

El conocimiento es poder: mientras más informada estés, con más firmeza podrás expresarte y hacer respetar tus decisiones el día del nacimiento.

¿Dónde y cómo denunciar la violencia obstétrica?

Si a pesar de todo has sufrido violencia obstétrica o un trato indigno durante tu atención, es importante saber que podés denunciar estos hechos. Lo primero es manifestar tu disconformidad en el propio centro de salud: pedir hablar con los directivos o dejar asentada una queja por escrito (en el Libro de Quejas del hospital o clínica) puede ser un paso inicial.

Además de la queja interna, existen mecanismos formales externos para denunciar y así generar una investigación o sanción, a saber:

• Defensoría del Pueblo de la Nación: cuenta con un formulario online específico para casos de violencia obstétrica y permite hacer la denuncia de forma sencilla. El procedimiento es rápido y sin necesidad de patrocinio legal – no se requieren abogados, testigos ni pruebas documentales al iniciar la denuncia.
• CONSAVIG (Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género): Depende del Ministerio de Justicia de la Nación. Se puede presentar un reclamo administrativo ante esta Comisión relatando lo ocurrido La CONSAVIG evalúa cada caso de violencia de género –incluida la obstétrica– y coordina acciones para sancionar a los responsables. El trámite es gratuito y puede iniciarse sin necesidad de abogado.
• INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y Racismo): El INADI recibe denuncias cuando se considera que hubo discriminación o vulneración de derechos. La violencia obstétrica, al ser violencia hacia la mujer, puede encuadrar como un caso de discriminación por género.
• Línea 144: Es la línea telefónica nacional gratuita que brinda atención, contención y asesoramiento ante situaciones de violencia de género en todo el país. Funciona las 24 horas, todos los días, y atiende todos los tipos de violencia reconocidos en la Ley 26.485, incluida la violencia obstétricaargentina.gob.ar. (También existe la opción de contactarse por Whatsapp al +54 11 2771-6463, o mediante la aplicación “144”).
• Teléfono 0800-122-5878: Es una línea especializada del Ministerio de Justicia de la Nación para consultas sobre derechos y denuncias de violencia obstétrica. Este número complementa a la Línea 144 en la asistencia a víctimas de este tipo de violencia.

En la provincia de Misiones, además, podés recurrir a las áreas locales de atención a víctimas de violencia de género (por ejemplo, la Secretaría de Acceso a la Justicia, dependiente del Poder Judicial, y líneas provinciales de ayuda) que te orientarán y acompañarán en el proceso de denuncia.

Recuerda que denunciar es un derecho y también una manera de impulsar cambios: muchas prácticas no cambiarán si los casos quedan en silencio.

Como se suele decir, la violencia obstétrica se puede y se debe denunciar. No estás sola: hay leyes que te protegen y organizaciones dispuestas a apoyarte para que tus derechos como madre sean respetados antes, durante y después del parto.

Tags: embarazopartoParto HumanizadoParto respetadoViolencia Obstétrica
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Julio “Chun” Barreto, exintendente de Montecarlo
📻 En diálogo con #ElAireDeLasMisiones, Juan Carlos Pereira, presidente del Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA), explicó el panorama actual de las obras de viviendas en Misiones y destacó el esfuerzo de la Provincia para finalizar proyectos que habían quedado sin financiamiento.

🏡 Pereira señaló que para fines de agosto y septiembre comenzarán las entregas progresivas de viviendas de la Convocatoria 250 en Posadas, mientras que también avanzan proyectos en Apóstoles, Libertad y Oberá. Además, anticipó que para fin de año se prevé entregar alrededor de 150 soluciones habitacionales.

🏗️ El titular del IPRODHA recordó que en su momento se encontraban en ejecución unas 3.000 viviendas que quedaron sin financiamiento, con distintos niveles de avance. En ese sentido, destacó que la Provincia está reactivando obras paralizadas para atender la demanda habitacional y, al mismo tiempo, fortalecer el sector de la construcción.

👷‍♂️ "Pretendemos alcanzar a generar entre 500 y 1.000 puestos de trabajo en forma progresiva", afirmó Pereira, quien remarcó que cada inversión busca no solo brindar una solución habitacional, sino también generar empleo genuino y movilizar las economías locales.

📅 Además, adelantó que trabajan en una nueva convocatoria para Posadas, prevista para septiembre u octubre, y en proyectos de pequeñas localidades con grupos de entre 4 y 10 viviendas, con el objetivo de ampliar la cobertura provincial.

🏘️ Sobre el déficit habitacional, estimó que Misiones necesita entre 80.000 y 90.000 viviendas para llevar a cero el déficit cuantitativo, además de otras soluciones cualitativas. Frente al alto costo de la construcción, destacó estrategias como los lotes con servicios y módulos habitacionales básicos.

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⚽ La FeMiFu confirmó fechas, licencias deportivas y el calendario de las competencias masculinas y femeninas, mientras avanza la reorganización de los torneos nacionales. 🏆 #FederalA #Deportes 

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