En un nuevo capítulo de la compleja política de precios de los combustibles, el Gobierno nacional publicó el Decreto 617/2025, que introduce cambios significativos en la aplicación de los impuestos que gravan la nafta y el gasoil. El texto, publicado este 29 de agosto, establece una derogación total de la normativa anterior y un nuevo cronograma de aumentos parciales que se aplicarán a partir del 1 de septiembre,el saldo completo entrará en vigencia recién el 1° de octubre. Esto implica una pausa táctica en el traslado de costos al consumidor, en un contexto de alta sensibilidad económica y electoral.
La decisión se enmarca en la necesidad del Gobierno de recomponer la recaudación a través de un impuesto que, durante años, se utilizó como una herramienta para contener los precios y la inflación, posponiendo su aplicación plena. Esta política, sin embargo, genera una deuda fiscal que se debe saldar.
Puntos clave
El documento oficial, firmado por el Presidente y los ministros de Economía y del Interior, se basa en la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”. En esencia, establece lo siguiente:
- Derogación del Decreto anterior: El artículo 2° del nuevo decreto deroga de manera explícita el Decreto 466/2024 y todas sus modificaciones. Esto simplifica la normativa, pero mantiene su efecto sobre los hechos imponibles que se perfeccionaron hasta el 31 de agosto de 2025.
- Aumento de impuestos “por partes”: A partir del 1º de septiembre, el Gobierno aplicará una porción de los aumentos pendientes del primer y segundo trimestre del año 2024. Los montos específicos de este incremento, tanto para el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos como para el Impuesto al Dióxido de Carbono, están detallados en la tabla que acompaña esta nota. Por ejemplo, el gasoil tendrá un incremento de $8,577 en el impuesto principal y de $0,978 en el de dióxido de carbono.
- Segundo tramo en octubre: El decreto establece que a partir del 1 de octubre de 2025 se aplicará el incremento total y completo de los impuestos, sumando a la parte que entra en vigor en septiembre el remanente de las actualizaciones correspondientes a todo el año 2024 y al primer y segundo trimestre de 2025. Esto significa que el “ajuste” final se completará al mes siguiente.

La decisión de aplicar un aumento escalonado y no de golpe tiene un claro objetivo: evitar un shock en los precios que pueda generar malestar social y presiones inflacionarias adicionales en este período electoral. Al fragmentar el incremento en dos meses consecutivos, el Gobierno diluye el impacto en las estaciones de servicio y, por ende, en el consumidor final.
Este mecanismo también cumple con el objetivo de ir recuperando la capacidad fiscal sin generar una corrida descontrolada de precios o un deterioro del poder de compra de la población. No obstante, el impacto será inevitable, afectando tanto a los automovilistas como a la cadena de valor que depende del transporte, como la logística y los productos de consumo masivo.
En resumen, el decreto 617/2025 pone punto final a la serie de prórrogas constantes y establece un camino para regularizar la situación del impuesto. Aunque el incremento se presenta como un ajuste gradual, su aplicación es un hecho y marca el fin de la contención fiscal en este segmento del mercado.





