Mientras varias comunas misioneras enfrentan complicaciones por la caída de los convenios para acceder al sistema de la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA); en Posadas, el funcionamiento de los juzgados de faltas, está ajena al conflicto, realiza su labor con normalidad y asegura la realización de todos los trámites.
“Esto se debe a que la ciudad cuenta con un régimen propio en materia de Tránsito y un sistema informático local que nos permite operar de forma autónoma”, dijo a PRIMERA EDICIÓN la jueza, Noelia Silvana López, titular del Juzgado de Faltas II de la Municipalidad capitalina.
“Desde 2009, la ciudad capital adhirió a la Ley Nacional de Tránsito, pero nunca se incorporó al régimen de penalidades ni al sistema de scoring nacional, dado que el mismo fue sancionado con posterioridad (2011) es así que cuando se comenzó a aplicar el scoring en la ciudad en 2010 el régimen de penalidades y scoring aplicables fue el local (actualmente ordenanza XVI 112). Manteniendo su propio código de faltas, que fue actualizado hace dos años, con definiciones y requisitos en el labrado de actas y restitución de vehículos, reincidencias y sanciones”, amplió la magistrada consultada a raíz de los inconvenientes que afectaron a Eldorado y otras comunas, porque la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor ( DNRPA) no renovó convenios para acceder a los informes de dominio, lo cual, en las últimas semanas complicó la tarea en ese tribunal de faltas.
La situación en Eldorado, en particular, se había agravado de tal manera que llevó a la Justicia Municipal a que se impulsen modificaciones en los requisitos para restitución de los vehículos y secuestrados preventivamente. Ahora el Ejecutivo de esa localidad se encuentra gestionando la viabilidad de firmar convenios con ATM, como ya existe en el caso de Posadas, para no volver a verse afectada en fallas de renovaciones de claves.
Documentación exigida
Respecto a cómo es el sistema cuando se trata de vehículos retenidos, el municipio capitalino exige que quien lo retire sea el titular registral, debiendo presentar la documentación vigente y válida para circular: cédula verde, licencia, seguro y verificación técnica (VTV).
“En caso de que la documentación no coincida con quien figura como el titular del acta de infracción, se requiere un formulario 08 cerrado y el inicio del trámite de transferencia”, amplió a este Diario la funcionaria judicial.
“No se valida la titularidad ante el registro en sí porque no es de nuestra competencia. Si el titular no coincide con quien retira el vehículo, se solicita la presentación del papeleo tal y como está contemplado en el nuevo Código de Faltas de la ciudad”, reiteró.
“A diferencia de otros municipios que utilizan el sistema de la DNRPA, Posadas cuenta con un sistema informático propio. Para validar la información del vehículo, en caso de no tener la documentación física, se exige el logueo en Mi Argentina al momento de presentarse en el juzgado. No se aceptan capturas de pantalla ni PDF impresos, ya que se necesita verificar en tiempo real la autenticidad del documento digital. Si existe alguna sospecha de adulteración en la cédula verde o en la licencia, se retiene el documento y se remite el caso al juzgado de instrucción para su investigación penal, ya que los juzgados de faltas no cuentan con peritos para determinar falsificaciones o adulteraciones porque no forma parte de nuestras atribuciones”.
Relación con ATM
La jueza López también remarcó que la Municipalidad de Posadas utiliza una plataforma llamada “Sistema Posadas”, que integra distintas secretarías y dependencias, incluido el Tribunal de Faltas.
“Desde allí se accede al padrón automotor, alimentado por los datos de ATM (Agencia Tributaria Misiones). Si una persona vendió un vehículo pero no realizó la denuncia de venta ni la transferencia, el municipio no tiene forma de enterarse. Esto genera inconvenientes, sobre todo cuando se cita al presunto titular por una infracción y este ya no tiene la tenencia del vehículo”, amplió.
López aclaró no obstante que, en los casos de infracciones no nominadas (sin identificar al conductor), se cita al titular registral.
“Es fundamental que los propietarios respondan a la primera citación presentando la denuncia de venta para ser desvinculados; de lo contrario el proceso sigue y le puede recaer la responsabilidad”, dijo enfática.
Y amplió: “Si una persona no responde a las citaciones, puede ser declarada en rebeldía. Una vez dictada la sentencia y transcurridos cinco días hábiles sin que haya sido apelada, la Municipalidad puede iniciar un juicio por vía de apremio para cobrar la multa, lo que incluye costas judiciales y honorarios profesionales”.
“No hay cruce de datos con otras jurisdicciones”
Por otra parte, la magistrada al frente del Juzgado de Faltas II, explicó que el municipio de Posadas no consulta ni cruza información con otras provincias respecto de multas. “Solo verifica antecedentes dentro de la provincia si están cargados en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (REPAD). Solo se bloquea la renovación de la licencia si hay una retención de licencia activa, no por tener actas en trámite, sin sentencia firme”, sostuvo.
Y luego aclaró: “A diferencia de otros municipios, en Posadas las actas de infracción no se consideran antecedentes hasta que hay sentencia firme. Por lo tanto, es posible renovar la licencia aun teniendo actas pendientes, siempre y cuando no haya una retención de licencia”, acotó.
De acuerdo al comportamiento de los conductores multados, la jueza señaló que la mayoría de los vehículos retenidos suelen ser retirados, especialmente los automóviles y camionetas.
“En el caso de motovehículos antiguos, hay un mayor porcentaje que queda en el depósito. Es importante destacar que el retiro del vehículo no está necesariamente atado al pago de la multa. Si el conductor acredita que tiene la documentación necesaria para circular (presentó seguro, licencia, VTV, etc.), el Juzgado puede autorizar la restitución”, explicó.
Si bien, la jueza declaró que el pago de la multa no es condición excluyente para retirar el vehículo, sí remarcó que la deuda queda activa y se puede ejecutar judicialmente.