El Gobierno nacional dispuso que ciertas embarazadas deberán realizar el trámite para acceder a la Asignación por Embarazo de manera presencial en las oficinas de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), según la resolución 1273/2024.
Esta medida aplica a personas gestantes, cónyuges o convivientes registrados como monotributistas sociales, empleadas del servicio doméstico bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo y quienes mantienen cobertura de obra social por tres meses tras el cese laboral.
Las embarazadas inscriptas en el Programa Sumar, del Ministerio de Salud, quedarán exceptuadas del trámite presencial, ya que sus datos serán remitidos directamente a la ANSeS. Además, se estableció que cualquier demora en la transferencia de información por parte del Ministerio de Salud no será imputable a las beneficiarias, garantizando el cobro de la asignación incluso si ya ocurrió el nacimiento o la interrupción del embarazo.
El beneficio consiste en una prestación mensual del 80% del monto asignado, que podrá solicitarse a partir de la semana 12 de gestación. El 20% restante será liquidado tras la acreditación del nacimiento, interrupción o defunción, cumpliendo con los controles médicos exigidos por el Programa Sumar.
Durante los próximos 180 días, mientras se gestiona un nuevo convenio de intercambio de datos, las embarazadas no incluidas en el Programa Sumar deberán presentar las solicitudes personalmente. Además, será necesario acreditar ante ANSeS el estado de embarazo, nacimiento, defunción o interrupción correspondiente al beneficio solicitado.
Esta medida busca garantizar el acceso al beneficio mientras se ajustan los mecanismos administrativos de intercambio de información.
Fuente: Agencia de Noticias NA