El Gobierno implementó una nueva normativa que permite a los kioscos vender ciertos medicamentos, lo cual estaba restringido únicamente a farmacias. Esta modificación se formalizó a través del Decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, que actualiza la reglamentación de la Ley N° 17.565 sobre el expendio de medicamentos en farmacias habilitadas y otros comercios.
Esta medida busca facilitar el acceso a necesidades de la población en algunos elementos de necesidad básica y optimizar las condiciones de comercialización. Por ello, en los comercios no habilitados como farmacias, la venta estará limitada a antiácidos y analgésicos, aunque la autoridad competente podría ampliar esta lista en el futuro.
Cabe aclarar que la normativa establece que todos los productos deben tener medidas de seguridad para preservar sus propiedades fisicoquímicas y sean accesibles dentro de un marco seguro.
Por otra parte, los medicamentos que requieren receta médica seguirán siendo vendidos exclusivamente en farmacias habilitadas y bajo la supervisión de un farmacéutico responsable. Además, se permite la comercialización de estos medicamentos a través de canales electrónicos seguros, garantizando que la venta y entrega se realice de manera adecuada y conforme a los requisitos establecidos por la Autoridad Sanitaria.
En cuanto a los medicamentos de venta libre, podrán ser exhibidos en góndolas dentro de las farmacias, siempre que se mantengan en cajas cerradas con su respectivo prospecto y su venta está restringida a mayores de 18 años, previa validación del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Fuente: C5N