Por Andrea Cecilia Zayas
Abogada
[email protected]
Más de un mes después de su aprobación, se ha publicado en el Boletín Oficial la legislación que amplía el registro de datos genéticos.
Esta es una de las iniciativas de seguridad que el oficialismo presentó en el Congreso, la que busca optimizar las investigaciones judiciales, mejorar la identificación de sospechosos y ayudar en la localización de personas desaparecidas. A continuación, desglosamos los aspectos más relevantes de esta nueva legislación.
¿Qué es el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal?
La Ley 27.759 crea un registro destinado a almacenar perfiles genéticos obtenidos a través de análisis de ADN en el contexto de investigaciones criminales. Este registro estará organizado en dos bases de datos: una de perfiles genéticos y otra de datos filiatorios, que no estarán relacionadas entre sí. La ley especifica que el registro funcionará bajo el ámbito del Ministerio de Justicia, asegurando un marco institucional claro para su gestión.
¿Quiénes podrán acceder y utilizar este registro?
El acceso al registro estará reservado a las autoridades judiciales y al Ministerio Público. Además, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán suscribir convenios para que sus respectivos poderes judiciales y ministerios públicos utilicen los servicios del registro. Esta colaboración interjurisdiccional busca facilitar un enfoque más cohesivo y eficiente en la investigación criminal, permitiendo que diferentes organismos trabajen en conjunto para esclarecer delitos.
¿Qué tipos de datos se almacenarán en el registro?
El Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal contemplará una amplia gama de perfiles genéticos, organizados para facilitar su uso en investigaciones judiciales. A continuación, se detallan los distintos tipos de datos que se incluirán:
• Perfiles de imputados y condenados: Se incorporarán los perfiles genéticos de aquellas personas que hayan sido procesadas o condenadas judicialmente. Esto incluye a quienes tengan un auto de procesamiento firme o una condena vigente. La inclusión de estos perfiles permitirá a las autoridades identificar rápidamente a posibles reincidentes en delitos y facilitar el esclarecimiento de casos.
• Perfiles de víctimas: La ley prevé el almacenamiento de perfiles genéticos de las víctimas de delitos, siempre que se cuente con su consentimiento expreso. Este aspecto es fundamental, ya que garantiza que las víctimas mantengan control sobre su información personal. Los perfiles de las víctimas solo se utilizarán en el contexto de la investigación del delito del que fueron objeto y se podrán retirar del registro a solicitud de la persona afectada en cualquier momento.
• Perfiles de personas desaparecidas: Se podrán incluir perfiles genéticos de familiares de personas desaparecidas o extraviadas que decidan aportar muestras de forma voluntaria. Este mecanismo es crucial para la identificación de personas no localizadas y la resolución de casos de desapariciones, permitiendo que las familias participen activamente en la búsqueda de sus seres queridos.
• Datos de personal de seguridad y judicial: El registro también almacenará perfiles genéticos de policías, funcionarios y empleados del Poder Judicial que participen en investigaciones criminales. Esto incluye a aquellos que estén directamente involucrados en la recolección de evidencia en la escena del crimen. La inclusión de estos perfiles ayudará a mantener la integridad de las investigaciones, ya que permitirá discriminar huellas que podrían confundirse con las de los delincuentes.
Además, la ley establece condiciones claras y rigurosas para la incorporación y manejo de estos datos. Se prohíbe el uso de perfiles genéticos de víctimas o familiares de desaparecidos para esclarecer delitos sin su consentimiento expreso, asegurando así la protección de los derechos de las personas afectadas. Asimismo, se contempla la posibilidad de que las víctimas o sus familiares soliciten la eliminación de sus perfiles del registro, garantizando su derecho a la privacidad y el control sobre su información personal.
¿Qué medidas de seguridad se implementarán para proteger los datos?
La protección de datos es una de las prioridades de la Ley 27.759. La información contenida en el registro se considera “dato sensible” y estará protegida por estrictas normas de confidencialidad. Solo se podrá acceder a esta información en el marco de una causa judicial específica, lo que limita su uso a fines claramente definidos. Además, el sistema informático del registro deberá garantizar la trazabilidad y la administración segura de los perfiles genéticos.
¿Qué sanciones se contemplan para el mal uso de los datos?
La ley establece penas de prisión de seis meses a cuatro años para quienes accedan o revelen información de forma ilegítima, especialmente en relación a los datos genéticos. En el caso de funcionarios públicos, se prevén penas adicionales de inhabilitación para ejercer sus funciones. Estas sanciones están diseñadas para disuadir cualquier intento de violar la privacidad y la integridad de la información registrada.
Fuentes:
– #Legislación Se promulga la ley que amplía los alcances del Registro Nacional de Datos Genéticos. (2024, October 14). Microjuris.com. AL DÍA | ARGENTINA. Recuperado en https://aldiaargentina.microjuris.com/2024/10/14/legislacion-se-promulga-a-ley-que-amplia-el-registro-de-datos-geneticos-con-foco-en-el-adn-de-violadores/
– Ley 27759/2024. Delitos contra la integridad sexual. Recuperado en https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/405000-409999/405186/norma.htm