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Denunciar el divorcio exprés en el Registro de las Personas “es viable”

La medida es parte de la llamada “Ley Hojarasca” que prevé la reforma de decenas de normas que vienen de varias décadas atrás y que deberá ser debatida por el Congreso. Paula Echeverría explicó detalles de cómo se podría implementar.

15 octubre, 2024

El gobierno de Javier Milei envió al Congreso un proyecto de ley que busca simplificar y agilizar los trámites de divorcio en Argentina, permitiendo la disolución del matrimonio por vía administrativa cuando ambas partes estén de acuerdo, sin necesidad de recurrir a la Justicia. Esta propuesta modificaría el artículo 435 del Código Civil y Comercial, añadiendo una nueva opción para poner fin al matrimonio.

El texto que aún tiene vigencia de ley señala que las causas de disolución del matrimonio, son: a) Muerte de uno de los cónyuges, b) Sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, c) Divorcio declarado judicialmente.

Entre los abogados de todo el país se generó un debate respecto al impacto que tendría en el ejercicio de la profesión. Por ejemplo, el de la Ciudad de Buenos Aires, se expresó ayer en contra de la medida al considerar que “no se puede, bajo el pretexto de simplificar los trámites, poner en riesgo muchos de los derechos de los contrayentes”.

En Misiones, Paula Echeverría (directora del Registro Provincial de las Personas – RPP) fue consultada en FM 89.3 Santa María de las Misiones y canal 9 Norte Misionero si la medida es viable en la práctica. “Sí, por qué no? Lo que ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación es un proyecto que pretende incorporar un inciso que establece que la disolución del matrimonio, entre otras causales, se produce por la inscripción en la sede administrativa. Pero, hoy por hoy, lo que nos rige el divorcio establece que el matrimonio se disuelve por una sentencia judicial”.

Echeverría agregó que “con la última reforma de 2014, cualquiera de los cónyuges puede ir a solicitar el divorcio sin que haga falta el consentimiento de la otra parte. Ahora, lo que se pretende, es que al igual que cuando te vas a casar que se labra un acta con dos testigos, el divorcio sea similar con la particularidad que van a tener que estar presentes los dos cónyuges, solicitándola administrativamente ante el Registro de las Personas”.

 

Dos mil versus cinco mil

La directora del RPP coincidió que la medida traería agilidad “siempre que los cónyuges estén de acuerdo y siempre que no haya diferencias en el régimen patrimonial o la tenencia de menores, que son cosas que no se solucionan por la vía administrativa, serán de resolución por incidente en la Justicia. Eso el proyecto de ley no lo prevé. Pero el divorcio en sí será posible resolverlo por vía administrativa”.

Paula Echeverría aseguró que de este modo “se reducen costos y tiempo y, la verdad, hay muchos casos donde la cuestión de bienes está zanjada, no tienen hijos y el trámite se convierte en una cuestión meramente administrativa y no judicial, engorroso, costoso. Los colegas abogados van a decir que es un perjuicio porque será un procesal judicial menos que podremos iniciar. Pero administrativamente sería positivo, hay algunos países que ya lo tienen implementado”.

Resta saber si, con la reglamentación, se dispone del pago de una tasa mínima para este trámite.

En Misiones, el Registro tuvo el año pasado unos 2.000 divorcios en números redondos sobre 5.000 casamientos anuales que se tienen en la provincia.

Para Echeverría “nos ha pasado que van a consultar personas que están separadas de hecho desde hace años y no saben dónde está viviendo su excónyuge”. En esos casos “se debe hacer judicialmente para notificar la demanda incluso por edicto si se desconoce el domicilio de la pareja”.

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Tags: ArgentinaDivorcioFM 89.3MisionesPaula Echeverría
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