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Cuáles son los cambios en los requisitos para ingresar a trabajar en el Estado

Hoy se conoció el decreto presidencial que fija un nuevo sistema de ingreso con evaluación, reorganización del personal y desvinculaciones.

5 agosto, 2024

A través del decreto 695/2024, el Gobierno argentino estableció una serie de modificaciones significativas en el sistema de empleo público, que se centran en la implementación de un nuevo sistema de ingreso, así como en la reestructuración y reubicación del personal estatal.

Este decreto, publicado durante la madrugada en el Boletín Oficial, reglamenta el Título II de la normativa vigente.

Una de las principales innovaciones es la introducción de una “Evaluación General de conocimientos y competencias” para trabajar en el Estado. Esta evaluación será anónima y la diseñará y reglamentará la Autoridad de Aplicación. La identificación del candidato se realizará únicamente una vez calificado.

El decreto establece que la máxima autoridad de la jurisdicción o del organismo descentralizado correspondiente al cargo concursado será responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos, “así como de las previsiones pertinentes de las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública”. En casos pertinentes, la Unidad de Recursos Humanos podrá consultar a la Oficina Anticorrupción, la cual deberá expedirse en un plazo de cinco días.

Además, las personas designadas deberán presentar una declaración jurada patrimonial y sus antecedentes laborales cuando la función a desempeñar lo requiera. También se ha estipulado que “no podrá efectuarse ninguna designación sin la correspondiente acreditación del certificado de aptitud psicofísica”.

El desempeño del empleado será evaluado constantemente y, para ser promovido, el personal deberá someterse nuevamente a una instancia de evaluación. Esta medida busca garantizar que los empleados estatales mantengan un alto nivel de competencia y rendimiento a lo largo de su carrera.

El régimen de contrataciones incluye la contratación por tiempo determinado y la designación en plantas transitorias. Estas modalidades están destinadas a actividades de carácter transitorio o estacional. Los contratos especificarán las funciones del empleado, la equiparación escalafonaria y la duración del trabajo. El personal contratado bajo este régimen no gozará de estabilidad y su contrato podrá ser rescindido en cualquier momento.

Desde su llegada al poder, la gestión libertaria ha iniciado un proceso de reorganización de la planta del Estado. Esto ha incluido la no renovación de cientos de contratos y la disponibilidad de aquellos que integran la planta permanente. Para gestionar esta reestructuración, se ha creado el Registro Nacional de Personal en Situación de Disponibilidad.

El decreto establece una escala para asignar el período de disponibilidad del personal afectado:

  • Hasta 15 años de antigüedad: 6 meses.
  • Más de 15 años y hasta 30 años de antigüedad: 9 meses.
  • Más de 30 años de antigüedad: 12 meses.

Durante este período, el personal percibirá un importe mensual equivalente a su retribución escalafonaria, “con exclusión de todo otro concepto remunerativo o no remunerativo”.

Para el cálculo de la indemnización, se considerarán las retribuciones percibidas hasta el momento del pase a disponibilidad y “se computarán los servicios no simultáneos prestados en calidad de personal permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional hasta el momento en que se hubiera notificado fehacientemente al interesado dicho pase, excluidos aquellos que hayan generado con anterioridad una indemnización por aplicación de medidas de reestructuración, retiro voluntario, despido o similar, y los que hayan concluido por una causa que no generó derecho a indemnización”. Los empleados con sumarios en curso no podrán cobrar la indemnización hasta que se cierre el expediente.

Asimismo, los empleados de licencia por enfermedad, maternidad y/o accidente no podrán pasar a disponibilidad. Aquellos próximos a jubilarse —dentro de un período máximo de 12 meses— serán reubicados transitoriamente hasta que se resuelva su situación.

En cuanto a las reubicaciones y movilidades, el decreto dispone que la afectación definitiva de un agente a otra dependencia será considerada como traslado, condicionada a la existencia de una vacante financiada. Además, se podrán disponer permutas a solicitud de agentes de igual situación escalafonaria, siempre que no afecten la necesidad del servicio.

Por su parte, el Gobierno ha establecido un sistema de puntaje y sanciones para quienes incumplan sus funciones. Las infracciones contempladas incluyen llegadas tarde, incumplimiento del horario fijado, inasistencias y condenas judiciales, entre otras. Esta normativa busca garantizar el cumplimiento de las responsabilidades laborales y mantener la eficiencia del servicio público.

Con la implementación de nuevas evaluaciones, la reorganización del personal y la introducción de un régimen de contrataciones más flexible, el Gobierno busca mejorar la eficiencia y la transparencia en la administración pública.

 

Fuente: Infobae. 

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Tags: cambiosempleo públicoEstado NacionalevaluacionesPersonalRequisitos
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