La noche del sábado 27 de febrero de 2021 en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas se registró uno de los homicidios más extremos que se recuerden en esta capital provincial. El colombiano Gustavo Rojas Gallego (32) fue atacado a golpes y puñaladas en el departamento que alquilaba sobre la calle 66.
Uno de los dos acusados por el crimen, que registró 16 puntazos y acciones características de tortura previa, también es colombiano y aguardaba en prisión que en agosto próximo el Tribunal Penal 1 de la Primera Circunscripción Judicial lo juzgara junto a su presunto cómplice directo, un joven misionero de 28 años.
Pera los jueces integrantes del Tribunal, Viviana Gladis Cukla y Gustavo Arnaldo Bernie, le otorgaron el beneficio del arresto domiciliario con una tobillera electrónica a Brayan Damián Casso Acosta, nacido en Miranda, departamento Cauca (cerca de Cali) en Colombia hace 29 años.
La morigeración fue otorgada a un joven sin problemas de salud y en un contexto que los recursos limitarían la medida prevista para encausados y condenados mayores de 70 años y con problemas graves, enfermedades que no pueden ser tratadas en el contexto de un pabellón del Servicio Penitenciario Provincial.
Tanto Casso Acosta como Juan Ramón Ramírez están acusados como “coautores” de los delitos de “homicidio agravado por criminis causa y robo en concurso real”, imputados de alta peligrosidad y que de acuerdo a la letra del Código Penal Argentino enfrentarían la posibilidad de un veredicto condenatorio a prisión perpetua.
De fuentes consultadas en el Tribunal de calle La Rioja casi Rivadavia, PRIMERA EDICIÓN pudo establecer que la intención directa de beneficiar a Casso Acosta con la prisión domiciliaria, pese al alto riesgo de profugarse y no cumplir con ninguno de los puntos específicos para tal medida, se inició en octubre de 2023 y habría surgido con las solicitudes de Cukla, presidenta del TP-1, que fueron insistentes y en el contexto de que el SPP no cuenta con tobilleras electrónicas y mucho menos el monitoreo específico. “Las que hay son muy pocas y (se otorgan) a personas muy mayores y con la salud comprometida”, remarcó una voz incuestionable penitenciaria.
Sin embargo, la orden no se dilató en cuanto al apuro que denotaba y el miércoles pasado el beneficiado encartado de matar y robar regresó a una vivienda familiar de la zona sur de Posadas.
Durante el transcurso de aprobar el beneficio y la obtención de la tobillera, se planteó el rechazo a la prisión domiciliaria. Lo hizo el fiscal Martín Alejandro Rau (TP-1) quien le solicitó a los jueces mencionados el mecanismo para apelar el beneficio.
El Tribunal votó de manera negativa con la mayoría de Bernie y Cukla, en sentido contrario se expresó, como subrogante, Carlos Jorge Giménez (TP-2). Durante las últimas horas y de fuentes consultadas en el Superior Tribunal de Justicia, trascendió que ingresó un recurso casatorio del fiscal mencionado y los nueve ministros comenzaron a analizar la situación.
¿Y la querella?
“Bien, gracias por preguntar, el Tribunal no nos notificó absolutamente nada de la prisión domiciliaria, no existe al parecer”, respondió Ignacio Raúl Peña, abogado patrocinante de la familia de Rojas Gallego como querellante en la causa que espera ser esclarecida en juicio oral en agosto próximo.
El penalista contextualizó: “Las circunstancias para que una persona pueda gozar del beneficio de la prisión domiciliaria y tobillera electrónica son especialísimas. La más común es la edad y el estado de salud cuando el lugar de detención no reúne los elementos para tratar al detenido, pero son excepcionales (…) Cuando la cuantía de pena es elevada, la persona debe permanecer detenida porque existen riesgos procesales, riesgos de fugarse, de entorpecer la investigación, por ejemplo. Por eso se dispone de la prisión preventiva durante el proceso”.
“Más aún ante un hecho como este en que una persona es brutalmente asesinada y los dos acusados enfrentan acusaciones que comprenden una condena de prisión perpetua”. Agregó: “Si bien la norma indica que nadie debe estar detenido durante más de dos años sin condena, la realidad de la praxis provincial y nacional muestra que los recursos no alcanzan para investigar y juzgar en ese tiempo. Por ello la estadística carcelaria indica que la cantidad de detenidos sin condena es altísimo, es gente que espera el juicio”.
Y puntualizó: “El Tribunal decide poner en riesgo a todo lo logrado en el expediente y le otorga el beneficio a este joven colombiano. Lo mandó a su casa, es una bofetada a la familia de la víctima y a todos los detenidos que los mismos jueces tienen detenidos por delitos infinitamente menores y sin condena”.
“Lo también alarmante es que esto se hizo sin notificar a la querella, todo a espaldas. La mayor parte de los límites de Misiones es con Brasil y Paraguay y sabemos de lo permeable que es la frontera. Se entra y sale con absoluta facilidad. Y peor aún, es que el beneficio es para uno solo de los dos acusados por los mismos delitos. ¿Cuál es el criterio tan importante para otorgarle el beneficio a uno y no al otro?”.
Peña también se refirió a la postura negativa a la posición fiscal que rechaza el beneficio: “La decisión fue tomada en contra de la opinión de la Fiscalía del Tribunal Penal 1. Ahora el acusado solo tiene que abrir la puerta de su casa e irse sin problemas sabiendo que enfrenta una posible condena a prisión perpetua”.
“El Tribunal no le da participación a la querella y la familia de la víctima fue amenazada de muerte ya en la etapa de instrucción y no podemos tener la posibilidad de explicarle a los jueces esta situación. Es aberrante, se contrarían criterios de igualdad, de razonabilidad de la Justicia”.