Tres artículos del Reglamento del Senado desmienten las explicaciones de los legisladores que afirmaron haber votado en contra o no haber acompañado el aumento de sus dietas a más de siete millones de pesos en bruto.
El Artículo 205 determina que “los proyectos de decreto, resolución (tal el caso de lo aprobado en la víspera), comunicación o declaración pueden votarse: Por signos, que consisten en ponerse de pie o en levantar la mano; nominalmente, o por medios electromecánicos, en caso en que la Cámara así lo decida por mayoría absoluta de los presentes”.
Si los senadores que dijeron haber estado en contra del aumento hubieran querido que su voluntad se expresara claramente, pudieron haber propuesto que la votación fuera nominal e identificar –así- uno por uno quién aprobó y quién rechazó. Eso no ocurrió.
El Artículo 212 del Reglamento explica que “el voto será por la afirmativa o por la negativa” pero contempla también que “el senador presente, con autorización del Cuerpo, puede abstenerse de votar”.
Ningún senador se abstuvo.
El mismo artículo determina que “ningún senador puede protestar contra la resolución de la Cámara, pero tiene derecho a pedir la consignación de su voto en el acta y en el Diario de Sesiones”.
De tal modo, quienes afirman que votaron en contra tenían la posibilidad de que esa negativa quedara asentada expresamente, pero ninguno mocionó tal cosa.
Finalmente, el Artículo 39 del reglamento asigna a los secretarios del Senado, entre otras funciones, la de “anunciar el resultado de toda votación y, cuando algún senador lo solicite, el número de votos en pro y en contra”.
Así, si un senador hubiera querido que su voto en contra del aumento quedara expresamente manifestada debió haber pedido por Secretaría que se lo consignara, cosa que tampoco ocurrió.
Fuente: Agencia de Noticias NA